La Consejería de Justicia y Administración Pública destinará durante 2008 más de 32 millones de euros a la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita, cuyo reglamento entró en vigor el pasado 1 de julio y que contempla una subida del 11,2% en las retribuciones de los abogados del turno de oficio, según ha anunciado la consejera, Evangelina Naranjo, que se ha reunido con el presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, José María Rosales, y el decano del Colegio de Abogados de Sevilla, José Joaquín Gallardo, tras la elección el pasado 11 de julio de la nueva Junta de Gobierno del Consejo Andaluz.
Con el objetivo de ofrecer cada año un mejor y más eficiente servicio de asistencia gratuita, al que acuden los ciudadanos que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse su defensa jurídica ante los tribunales, la previsión presupuestaria para el presente año por parte de la Consejería de Justicia es de 32 millones de euros, de los cuales 30 millones se transfieren al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (para su distribución entre los 11 colegios andaluces) y 2 millones al Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales (para su distribución entre los 9 colegios andaluces).
La Junta de Andalucía ha hecho un considerable esfuerzo económico y ha ido aumentando progresivamente los fondos para la justicia gratuita, llegando a quintuplicar en diez años las partidas presupuestarias dirigidas a este servicio, pasando de los 6 millones de 1997 a la cantidad prevista citada de 32 millones durante 2008.
En el marco del nuevo reglamento elaborado para este tipo de asistencia letrada, que entró en vigor el pasado 1 de julio, se prevé además un incremento del 11,2% en las remuneraciones de los letrados del turno de oficio. Se trata del primer aspecto que verá la luz con el citado reglamento, que incluye la creación de las comisiones mixtas entre la Administración de la Junta y los consejos andaluces de Colegios de Abogados y Colegios de Procuradores de los Tribunales, encargadas de abordar las diversas cuestiones previstas en la norma y consensuar, a través de órdenes, su desarrollo normativo.
Los libramientos y forma de pago de las actuaciones profesionales de turno de guardia y turno de oficio, así como los libramientos y forma de pago de los gastos de gestión y funcionamiento colegial, se efectúan trimestralmente a los abogados en función del número de actuaciones profesionales realizadas y acreditadas, por lo que la citada subida en las retribuciones de los abogados se apreciará a partir del 1 de octubre de este año.
En relación con los recursos personales y materiales necesarios para la organización y prestación del servicio, con la implantación del nuevo modelo de financiación se consigue una mejor previsión del presupuesto en aras de aumentar la eficiencia. Como principal novedad incluida en el nuevo reglamento, la Consejería abonará a principios de año el 75% del pago total de este servicio a los 20 colegios de abogados y procuradores, que podrán disponer así de la liquidación necesaria para atender los honorarios que les evite el coste financiero correspondiente.
Prioridad para las víctimas de violencia de género
El nuevo reglamento permitirá a las víctimas de violencia de género tener acceso a una segunda opinión si manifiestan su disconformidad con la estrategia procesal planteada. Asimismo, el texto aprobado por el Consejo de Gobierno posibilita además la libre elección de abogado o abogada del turno de oficio especializado en esta materia. Además, los colegios darán prioridad a la tramitación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita cuando las efectúen víctimas de violencia de género, asumiendo una misma dirección letrada la defensa de la víctima en todos los procesos o procedimientos derivados del mismo acto de violencia.
Dicha normativa, que también reconoce los turnos de oficio especializados en menores y extranjería, modifica la composición y funciones de las comisiones de asistencia jurídica gratuita, con sede en cada una de las capitales de provincia y adscritas a la Consejería de Justicia y Administración Pública, y que son los órganos competentes para reconocer este derecho, que garantiza la defensa ante los tribunales de justicia de las personas que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse este servicio.
El reglamento prevé, asimismo, un nuevo sistema de guardias. La Junta de Andalucía no establecerá el número de letrados de guardia por partido judicial y colegio sino que, en el último trimestre de cada año, se determinará el número de guardias que corresponde a cada colegio para el ejercicio siguiente, siendo el propio órgano colegial el encargado de organizar la prestación de las guardias y determinar las necesidades de cada partido judicial, ampliando así el marco organizativo de los colegios.
Desde la perspectiva del compromiso social con la Justicia, la asistencia gratuita es uno de los servicios públicos que el Estatuto de Autonomía contempla en su Título V, en concreto en su artículo 150.1, donde se establece que corresponde a la Junta de Andalucía la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita, un derecho constitucional que pretende asegurar a todas las personas el acceso a la tutela judicial efectiva.
Los modelos normalizados de solicitud de asistencia letrada se facilitarán en las dependencias judiciales, en los Servicios de Orientación Jurídica de los colegios de abogados y en las sedes de las comisiones de asistencia jurídica gratuita.
Con el objetivo de ofrecer cada año un mejor y más eficiente servicio de asistencia gratuita, al que acuden los ciudadanos que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse su defensa jurídica ante los tribunales, la previsión presupuestaria para el presente año por parte de la Consejería de Justicia es de 32 millones de euros, de los cuales 30 millones se transfieren al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (para su distribución entre los 11 colegios andaluces) y 2 millones al Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales (para su distribución entre los 9 colegios andaluces).
La Junta de Andalucía ha hecho un considerable esfuerzo económico y ha ido aumentando progresivamente los fondos para la justicia gratuita, llegando a quintuplicar en diez años las partidas presupuestarias dirigidas a este servicio, pasando de los 6 millones de 1997 a la cantidad prevista citada de 32 millones durante 2008.
En el marco del nuevo reglamento elaborado para este tipo de asistencia letrada, que entró en vigor el pasado 1 de julio, se prevé además un incremento del 11,2% en las remuneraciones de los letrados del turno de oficio. Se trata del primer aspecto que verá la luz con el citado reglamento, que incluye la creación de las comisiones mixtas entre la Administración de la Junta y los consejos andaluces de Colegios de Abogados y Colegios de Procuradores de los Tribunales, encargadas de abordar las diversas cuestiones previstas en la norma y consensuar, a través de órdenes, su desarrollo normativo.
Los libramientos y forma de pago de las actuaciones profesionales de turno de guardia y turno de oficio, así como los libramientos y forma de pago de los gastos de gestión y funcionamiento colegial, se efectúan trimestralmente a los abogados en función del número de actuaciones profesionales realizadas y acreditadas, por lo que la citada subida en las retribuciones de los abogados se apreciará a partir del 1 de octubre de este año.
En relación con los recursos personales y materiales necesarios para la organización y prestación del servicio, con la implantación del nuevo modelo de financiación se consigue una mejor previsión del presupuesto en aras de aumentar la eficiencia. Como principal novedad incluida en el nuevo reglamento, la Consejería abonará a principios de año el 75% del pago total de este servicio a los 20 colegios de abogados y procuradores, que podrán disponer así de la liquidación necesaria para atender los honorarios que les evite el coste financiero correspondiente.
Prioridad para las víctimas de violencia de género
El nuevo reglamento permitirá a las víctimas de violencia de género tener acceso a una segunda opinión si manifiestan su disconformidad con la estrategia procesal planteada. Asimismo, el texto aprobado por el Consejo de Gobierno posibilita además la libre elección de abogado o abogada del turno de oficio especializado en esta materia. Además, los colegios darán prioridad a la tramitación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita cuando las efectúen víctimas de violencia de género, asumiendo una misma dirección letrada la defensa de la víctima en todos los procesos o procedimientos derivados del mismo acto de violencia.
Dicha normativa, que también reconoce los turnos de oficio especializados en menores y extranjería, modifica la composición y funciones de las comisiones de asistencia jurídica gratuita, con sede en cada una de las capitales de provincia y adscritas a la Consejería de Justicia y Administración Pública, y que son los órganos competentes para reconocer este derecho, que garantiza la defensa ante los tribunales de justicia de las personas que no disponen de recursos económicos suficientes para costearse este servicio.
El reglamento prevé, asimismo, un nuevo sistema de guardias. La Junta de Andalucía no establecerá el número de letrados de guardia por partido judicial y colegio sino que, en el último trimestre de cada año, se determinará el número de guardias que corresponde a cada colegio para el ejercicio siguiente, siendo el propio órgano colegial el encargado de organizar la prestación de las guardias y determinar las necesidades de cada partido judicial, ampliando así el marco organizativo de los colegios.
Desde la perspectiva del compromiso social con la Justicia, la asistencia gratuita es uno de los servicios públicos que el Estatuto de Autonomía contempla en su Título V, en concreto en su artículo 150.1, donde se establece que corresponde a la Junta de Andalucía la competencia para ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita, un derecho constitucional que pretende asegurar a todas las personas el acceso a la tutela judicial efectiva.
Los modelos normalizados de solicitud de asistencia letrada se facilitarán en las dependencias judiciales, en los Servicios de Orientación Jurídica de los colegios de abogados y en las sedes de las comisiones de asistencia jurídica gratuita.