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29 febrero 2008

Justicia asegura que se siguen cumpliendo los plazos fijados para que el campus judicial funcione en 2010

La Consejería de Justicia de la Junta considera que se están cumpliendo los plazos previstos para que la creación del campus judicial de Sevilla, que se ubicará en terrenos de la Autoridad Portuaria, sea una realidad en 2010. Un portavoz del departamento que dirige María José López explicó ayer que la Administración pretende convocar en marzo, tan pronto como finalicen las elecciones autonómicas, a los operadores jurídicos que constituyeron una comisión de seguimiento del proyecto para presentarles el primer borrador del pliego de condiciones del concurso. Este documento técnico incorpora todos los detalles del campus judicial y constituye uno de los aspectos más importantes para su diseño. La Consejería tiene previsto además que la comisión, en la que están presentes representantes de la Fiscalía y de la judicatura, puedan realizar una visita a la Ciudad de la Justicia de Barcelona, todavía en construcción, y a la ciudad tecnológica de Telefónica en Madrid. Todo ello con la idea de mostrarles algunos ejemplos de cómo será, a nivel tecnológico y funcional, el futuro complejo judicial que albergará a todos los órganos que actualmente están dispersos en varias sedes .El proyecto de Ciudad de la Justicia se encuentra, a nivel administrativo, a la espera de la firma de un convenio entre el Ministerio de Fomento con la Administración autonómica y la Autoridad Portuaria para la cesión de los suelos que acogerán el campus tecnológico de la Justicia. El consejo de administración del Puerto de Sevilla aprobó en diciembre pasado el protocolo de colaboración que abre el camino para "estudiar la viabilidad y régimen administrativo" para el desarrollo del proyecto.Con respecto a la forma de financiar la construcción de la ciudad Judicial, la Junta baraja un contrato de concesión administrativa que incluya tanto la obra como la gestión externa de todos los servicios de mantenimiento del recinto judicial. A cambio, la Administración abonaría un canon fijo anual de unos tres millones de euros y el contrato tendría una validez de entre 35 y 50 años, con lo que el importe final rondaría los 200 millones de euros.Los tres millones que pagaría la Consejería a la empresa adjudicataria de la construcción y gestión de los servicios es una cifra muy inferior a la que actualmente se destina al pago de los alquileres de las distintas sedes judiciales. La ventaja que supondría además este sistema es que la Junta no tendría que comenzar a pagar hasta que la obra hubiera concluido y el campus esté en marcha.Justicia sigue manteniendo que las obras de la futura sede judicial pueden iniciarse en la próxima primavera, tal y como se anunció en su día cuando se conoció el cambio de emplazamiento desde la parcela del barrio de los Remedios a los terrenos de la Autoridad Portuaria de Sevilla.

28 febrero 2008

La consejera de Justicia, la más valorada del Gobierno andaluz

La consejera de Justicia y Administración Pública, María José López, es la más valorada del Gobierno andaluz, según un sondeo de Ipsos para Diario de Sevilla. La encuesta otorga una valoración de 5,67 a María José López, por encima de otras consejeras como Evangelina Naranjo o María Jesús Montero, quienes sin embargo gozan de un mayor conocimiento por parte de los ciudadanos. La pregunta de la encuesta, que solicitaba una puntuación de cero a diez, planteaba la valoración de los consejeros autonómicos "por su actuación y labor política".

La Fiscalía pide una multa para el presunto autor del botellazo a Juande Ramos

La Fiscalía de Sevilla hizo público ayer su escrito de acusación contra Ángel Chaves Ruiz, el presunto autor del botellazo a Juande Ramos en el derbi del 28 de febrero de 2007 y para el que solicita que se le imponga una multa de 4.680 euros.

El Ministerio Público, que imputa al ex portero del Castilleja, un delito de desórdenes públicos y una falta de lesiones, reclama además que se prohíba al acusado acudir a espectáculos públicos durante un periodo de dos años y que indemnice con 360 euros al ex técnico sevillista por las lesiones causadas.

El escrito de acusación de la Fiscalía recoge que la noche en que ocurrieron los hechos, el acusado había asistido como espectador al derbi que, con una gran afluencia de público, se celebraba en el estadio Manuel Ruiz de Lopera. En un momento del partido, Ángel Chaves, que ocupaba una localidad muy próxima al banquillo del equipo del Sevilla F. C., lanzó una botella que impactó al entrenador, todo ello "a pesar de conocer las graves consecuencias que, dada la naturaleza del partido y el elevado número de espectadores que asistían al mismo, podía originar con su acción". La agresión, añade la Fiscalía, provocó una "grave alteración del desarrollo del encuentro que desembocó en la suspensión del partido". A causa del impacto, Juande Ramos sufrió lesiones consistentes en una contusión parieto occipital que precisó una asistencia facultativa y curó a los siete días, de los cuales dos estuvo impedido para sus ocupaciones habituales y permaneció un día hospitalizado en observación.

Fuentes del caso confirmaron ayer que la Fiscalía hispalense ha pedido la pena máxima de multa que contempla el Código Penal para el delito de desórdenes públicos, aunque no ha considerado necesario solicitar ninguna petición de cárcel, dado que este delito puede llevar aparejada una sanción de entre tres y seis meses de cárcel que, en la práctica, podría ser sustituída por una multa.

La petición del fiscal se produce después de que dos testigos ratificaran en el juzgado que el presunto agresor fue Ángel Chaves, quien, según explicaron, llegó a decir con sorpresa "¡Le he dado!" y acto seguido se echó las manos a la cabeza en señal de preocupación.

27 febrero 2008

Caso Contsa: Un inversor reclama en el proceso concursal casi un millón de euros


Un acreedor personado en el proceso concursal declarado por el juzgado de lo Mercantil de Sevilla reclama a Contsa 903.991 euros en concepto de impago de intereses y del capital que invirtió en la empresa de José Salas Burzón.

Este perjudicado ha sido el primero en reclamar la deuda en el juzgado de lo Mercantil y su demanda, presentada el pasado 17 de enero, ha motivado que la juez haya declarado el concurso "necesario" de Contsa, puesto que la suspensión de pagos "voluntaria" que elevó la empresa al juzgado es posterior a la intervención llevada a cabo por este acreedor.

El auto del juzgado de lo Mercantil que declaró el concurso, de fecha 20 de febrero, ha dado además un plazo de un mes a los más de 1.200 afectados para que comuniquen a los administradores concursales "la existencia de sus créditos". Esa comunicación, según la ley concursal, deberá efectuarse mediante un escrito firmado por el acreedor, quien también podrá personarse en el procedimiento concursal representado por un procurador y un abogado.

La resolución también acuerda el nombramiento de tres administradores concursales (un abogado, un economista, y otro profesional que será designado por otro acreedor) y, como ocurre en los concursos necesarios, "suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio" de la entidad Contsa. Estas funciones pasarán ahora a realizarlas los tres administradores designados.

La resolución también ordena inscribir en el Registro Mercantil la declaración de concurso, con expresa mención a la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado, en este caso el presidente de Contsa Corporación Empresarial, José Salas Burzón.

El juzgado también ha acordado la anotación preventiva en los registros de la propiedad donde consten inscritos los bienes inmuebles de Contsa y que se encuentran en el inventario de bienes y derechos aportados por la empresa al juzgado. La ley concursal fija en su artículo 6 que el empresario tiene la obligación de aportar en el proceso un inventario de bienes y derechos, con expresión de su naturaleza, así como una relación de los acreedores, de la cuantía y el vencimiento de los créditos y de las garantías personales o reales constituidas.

Algunos perjudicados, que se reunieron en la Plaza de España el pasado 12 de febrero, después de que Contsa hiciera pública la suspensión de pagos, han mostrado su confianza en que recuperarán sus ahorros con los bienes que el grupo tiene en Rumanía, Checoslovaquia e incluso en Miami.

El propio presidente de Contsa ha asegurado que si se dan condiciones favorables podría empezar en un año a entregar dinero a cuenta a los inversores más necesitados, mediante la venta de los activos de la empresa, ya que existe una diferencia de 30 millones de euros entre el activo (80 millones) y el pasivo (54 millones) de la empresa. Este será el planteamiento que el intermediario financiero transmitirá a los inversores en la reunión que ha convocado para el próximo lunes en el hotel Al Andalus de la capital hispalense y en la que pretende además explicar las circunstancias que han llevado a falta de liquidez y la consiguiente suspensión de pagos de la entidad.

Si los acreedores, que en principio están dispuestos a dar un voto de confianza a Salas, aceptan esta propuesta, el empresario podría presentar en el juzgado de lo Mercantil una propuesta de convenio anticipada que, en el caso de ser aceptada por los administradores judiciales nombrados en el procedimiento concursal, permitiría aplicar el plan de pagos diseñado por José Salas Burzón.

El auto del juzgado de lo Mercantil recuerda, por último, que el presidente de la entidad tiene el deber de comparecer personalmente en el juzgado y ante los administradores concursales "cuantas veces sea requerido", así como de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.

Memoria de la Audiencia: Sevilla vuelve a estar como en el año 2000, suma ya un retraso de más de 2.000 causas

La Audiencia de Sevilla acumula 2.027 causas pendientes de resolver, de las cuales 1.162 son asuntos penales y el resto (865) civiles, según refleja el informe anual elevado por el presidente de la institución, Miguel Carmona, al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Esta cifra refleja una tendencia al incremento de asuntos, sobre todo en la jurisdicción penal, que no se alcanzaba desde hace ocho años, en concreto, en 2000, cuando se acumularon 4.082 asuntos sin resolver.

El presidente de la Audiencia, Miguel Carmona, resta importancia en su informe a este incremento de casos pendientes, ya que, según considera, "en líneas generales todas las secciones mantienen un nivel aceptable de respuesta, de modo que el nivel de asuntos en tramitación, pese a haber crecido, está aún en cifras aceptables". El magistrado advierte, no obstante, del "deterioro" de dos secciones penales (la Tercera y la Séptima), en las que se han alcanzado "por primera vez desde hace muchos años cifras superiores a los 300 asuntos en tramitación, similares a las que se tenían tras la entrada en vigor del nuevo Código Penal", en 1996. Lo mismo ocurre con la Sección Quinta, que supera los 300 casos en tramitación y vuelve a una situación que se dejó atrás en 2002, cuando se aplicaron unos planes extraordinarios de refuerzo para reducir el notable atraso que afectaba tradicionalmente a la jurisdicción Civil.

En cualquier caso, el presidente de la Audiencia señala que las cifras de causas pendientes están "dentro de la normalidad" en unos órganos que resuelven asuntos en segunda instancia, a través de lo recursos contra las decisiones de los juzgados, y enjuicia de forma directa otros delitos graves. A pesar de estas cifras, el informe señala que la duración media de los asuntos en la Audiencia es de "poco más de dos meses".

El año pasado, la Audiencia de Sevilla alcanzó uno de los niveles más altos en cuanto al número de asuntos ingresados, con 8.666 casos, y resolvió 8.323, con lo que el volumen de casos pendientes pasó de 1.684 a los 2.027 contabilizado a 31 de diciembre pasado.

El informe analiza algunas de las circunstancias que han podido incidir en esta situación y hace hincapié en el incremento de los recursos de apelación contra las sentencias dictadas por los jueces de lo penal, que alcanzó los 1.182 asuntos, así como en los recursos presentados en materia de Vigilancia Penitenciaria, que se situaron en 460, lo que significa que estos procedimientos presentados por los reclusos se han duplicado en sólo tres años (en 2004 hubo 247 recursos).

La memoria también destaca un "incremento en la complejidad de los asuntos" y señala que el descenso ligero en el volumen de asuntos resueltos (en el año 2006 se resolvieron 8.496) obedece, entre otras causas, a las bajas prolongadas por motivos de enfermedad de varios magistrados de la Audiencia.

Tras analizar todos los datos, el magistrado Miguel Carmona considera "de especial preocupación" que en los cuatro últimos años el número de asuntos que resuelven los jueces es ligeramente inferior a los que se registran.

La situación puede incluso agravarse a lo largo de este año, dado que los jueces de la Audiencia así como los de todos los órganos judiciales de Sevilla, han decidido por unanimidad que limitarán en, al menos, un 20 por ciento su trabajo para ajustarse a los módulos laborales que fija como adecuados el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), una medida adoptada como protesta después de que el Ministerio de Justicia haya mantenido la congelación de los salarios de los jueces.

26 febrero 2008

Una nueva anécdota...

Ocurrió hace unos días a las puertas de los juzgados. Un abogado se había citado con su cliente, de raza gitana, para explicarle cómo había terminado el juicio que había tenido y la sentencia que había puesto el juez.
--Lamento decirte que el juez te ha condenado, pero no te preocupes que vamos a apelar la sentencia --comentó el letrado.
--¡A pelarla, A pelarla! ¡A pelarla se va a ir el juez! --manifestó el condenado con absoluta espontaneidad.
Todo un ejemplo de que el lenguaje jurídico sigue causando confusión entre los ciudadanos.

23 febrero 2008

Las defensas piden la nulidad de las escuchas telefónicas y revelan que la Policía no entregó en el juzgado las cintas originales

Dos años después de que se destapara el escándalo por el presunto intento de soborno a la ex concejal de Camas Carmen Lobo, las defensas de los cuatro imputados revelaron que la Policía no ha aportado las cintas originales de los pinchazos telefónicos practicados durante la fase de investigación, sino una selección realizada por los propios investigadores en soporte informático.Este extremo, que fue reconocido ayer por la propia Fiscalía durante una vista celebrada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial para resolver sobre tres recursos pendientes, llevó a los abogados defensores a pedir la nulidad de estas escuchas telefónicas y de todas las pruebas derivadas de ellas. El abogado José María Calero, que defiende al ex alcalde de Camas Agustín Pavón, recordó en su exposición que la jurisprudencia ha sentado la base de que el resultado de las intervenciones telefónicas puede aportarse al juzgado en cualquier formato, incluido el CD, pero siempre que las grabaciones sean "íntegras y originales", un requisito legal que, según afirmó, no se cumple en este caso puesto que las grabaciones están "troceadas", presentadas en distintos archivos informáticos correspondientes a diversos días y comenzando por la noche previa al Pleno municipal del 13 de septiembre de 2005 en la que el intermediario Eusebio Gaviño entregó un sobre con 12.000 euros a la edil Carmen Lobo a cambio presuntamente de que votara a favor de determinadas propuestas. El letrado defensor argumentó que el auto que acordó las escuchas es "nulo de pleno derecho" porque adolece de la falta de motivación suficiente, se concedió únicamente a raíz de "la denuncia de Francisco Gordo", un ex militante de IU que reconoció a la Policía su "enemistad" con el entonces alcalde, y además tampoco existió un control judicial de la medida. José María Calero anunció su intención de plantear la nulidad de las escuchas ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y el Tribunal Constitucional, pero consideró que los magistrados de la Audiencia deberían aceptarla porque acudir a estas instancias judiciales superiores "provoca un gasto, un perjuicio y un desgaste de la Administración de Justicia que habría de evitarse".El fiscal Arcadio Martínez se opuso a la nulidad del auto que posibilitó las intervenciones telefónicas porque, si bien reconoció que la resolución es "manifiestamente mejorable" en cuanto a su motivación, el Tribunal Supremo al referirse a estos autos sin bastante fundamento ha puesto de manifiesto que pueden "completarse con la investigación policial" y examinar cada caso concreto. El fiscal también argumento que aunque los pinchazos se autorizaron sólo con la declaración de Francisco Gordo, la denuncia "no es genérica, sino que da detalles, reuniones, nombres y lugares" del presunto delito de cohecho que se intentaba consumar, por lo que "era posible creer que se había intentado comprar el voto de Carmen Lobo".El letrado José Manuel García-Quílez, que representa a Gaviño, añadió que el delito denunciado no tenía la suficiente gravedad como para que se acordara una medida tan excepcional y recordó, como prueba de la escasa gravedad, que todos los acusados fueron puestos en libertad por la propia Policía sin ser conducidos ante el juez.Junto a la nulidad de las escuchas, las defensas también recurrieron las decisiones del juez que transformó la causa en un procedimiento de la ley del jurado, y argumentaron que el caso se "cerró en falso" por cuanto, según dijo el letrado Pedro Pérez-Montero, "está acreditado que ha existido una trama-trampa con una verdadera provocación del delito".El abogado José Manuel Ramos Cardona, que representa al ex edil José del Castillo, estimó que cuando se inició el proceso del jurado no existían más que "sospechas" de la participación de su cliente, no una "verosimilitud".

Dos afectados ratifican la denuncia a Contsa y la juez declara la suspensión de pagos

La titular del juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla, Pilar Llorente, inició ayer la investigación de las denuncias presentadas por varios afectados por la suspensión de pagos presentada por la empresa Contsa. De los tres inversores que han denunciado delitos de estafa y apropiación indebida por los préstamos participativos que suscribieron con la sociedad, dos de ellos ratificaron ayer las acusaciones ante la juez mientras que el tercero ha decidido retirar la denuncia para evitar "el juicio paralelo".Uno de los perjudicados no sólo confirmó en su comparecencia que se considera estafado, sino que además aportó nuevos datos relacionados con la forma de actuar de la sociedad y con las inversiones realizadas en dinero negro. Manuel Jiménez Hurtado aseguró que un apoderado de Contsa confirmó en una reunión con varios inversores que existían "dos listas: A y B", y que esta última procedía de fuera de España. Este afectado, que ha recibido las críticas de la mayoría de los inversores por acudir a la vía penal, explicó que antes de emprender las acciones legales se reunió hasta en tres ocasiones con representantes de la entidad, durante los días 20 y 30 de enero y 1 de febrero, para intentar que le devolvieran los 36.000 euros que había invertido.En la última reunión, declaró Manuel Jiménez, un abogado de la empresa le comunicó que el apoderado que había intervenido en nombre de la sociedad en su contrato conocía desde seis meses antes -en mayo de 2007- la falta de liquidez que pesaba sobre la empresa. "Me engañaron 600 veces, por activa y por pasiva, es un engaño monumental porque tenían falta de liquidez" y no le advirtieron del "alto riesgo" que conllevaba la inversión, sostiene este jubilado que entregó a Contsa los ahorros de su vida y sólo recibió el pago de una mensualidad de los intereses acordados.Un segundo perjudicado, que no quiso identificarse, ratificó la denuncia después de haber invertido varias decenas de miles de euros en la empresa.La próxima intervención de la instructora tendrá lugar el 7 de marzo, cuando tome declaración como imputados al presidente del grupo Contsa, José Salas Burzón, y a un apoderado de la sociedad.De forma paralela a la vía penal, el juzgado de lo Mercantil de Sevilla ha declarado el proceso concursal de Contsa, una decisión que se produce después de que la juez haya valorado las dos peticiones de concurso vinculadas a esta sociedad y que han sido acumuladas en un mismo proceso. Aunque el presidente de Contsa, José Salas Burzón, anunció públicamente el pasado 11 de febrero que la entidad había presentado un concurso voluntario de acreedores, al no poder hacer frente a los pagos, lo cierto es que uno de los inversionistas ya había llevado el caso al juzgado de lo Mercantil varias semanas antes.El inversor presentó con fecha 17 de enero un concurso "necesario" contra Contsa, ante el impago de las cantidades invertidas.Una vez que la juez de lo Mercantil tuvo sobre su mesa las dos peticiones de concurso, ha dictado un auto en el que ha acumulado ambas solicitudes y ha declarado el concurso de Contsa. La decisión lleva aparejada el nombramiento de tres administradores concursales: un abogado, un economista y un tercero que será designado por el conjunto de acreedores. La finalidad del proceso iniciado consiste en reflotar la empresa y, en caso de que no sea posible, proceder a la liquidación y el pago a los acreedores. La suspensión de pagos de Contsa afecta a unas 1.200 personas, que invirtieron en la sociedad a cambio de una alta rentabilidad, de hasta el 35 por ciento.Contsa quiere comenzar a pagar en un año mediante la venta de bienes, ya que, según Salas, la sociedad cuenta con 80 millones en su activo mientras que el pasivo ronda los 54 millones.

22 febrero 2008

Caso Farruquito: La Audiencia elevó la multa porque cuestiona los ingresos que declaró el artista al tribunal

La Audiencia de Sevilla decidió elevar de nuevo las multas impuestas al bailaor Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, porque considera que el artista no declaró la realidad de su situación económica a la hora de pedir la rebaja de las sanciones y alude a los gastos de su boda como un indicio de que su capacidad económica era superior.

El auto de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, que revoca la decisión del juzgado de lo Penal de reducir a la mitad las multas y vuelve a elevar a 72.000 euros la cuantía que debe pagar Farruquito, explica que el bailaor declaró en 2005 haber recibido unos ingresos de 12.811 euros, pero "no fue así" porque, según los magistrados, la información fiscal disponible -copia del IRPF y de la información facilitada por la Agencia Tributaria- "puso de relieve que existieron más, no sólo rentas por trabajo propiamente".

El tribunal afirma que Farruquito, que en la actualidad cumple en Sevilla-II la condena de tres años que le impuso la misma sala por el atropello mortal de Benjamín Olalla, ingresó otras cantidades de la Sociedad General de Autores (11.955,15 euros) y 13.999,98 euros de las sociedades limitadas "La Len Varó" y "Tirajais". La Audiencia señala en este extremo que "no se han aclarado" las relaciones de estas entidades con Juan Manuel Fernández Montoya. "No podemos evitar echar en falta una investigación relativa a la posible o posibles participaciones del mismo en entidades jurídicas (entre las que podrían resultar que estuvieran las dos citadas, en cuyo caso se estarían ocultando espuriamente datos a los tribunales de Justicia), pues son, en el tráfico mercantil, el medio en que se gestionan compañías, producciones, o montajes artísticos", precisa textualmente la resolución de la Audiencia.

Pero no es el único argumento que esgrime el tribunal para acreditar que Farruquito dispuso de unos ingresos superiores. "Tampoco podemos obviar lo que es de común conocimiento por la difusión que alcanzó en los medios de comunicación incluso de ámbito nacional, como es un concreto acontecimiento relativo a la vida privada del Sr. Fernández Montoya, indicativo en su forma, siquiera como signo externo, de una capacidad económica superior a la que se quiere hacer ver, dato éste que si se menciona, lo es simplemente para abundar en los argumentos ya indicados", advierte el tribunal en clara alusión a las circunstancias que rodearon la boda del artista, en septiembre de 2005, cuando todavía no se conocía la sentencia que le obligaba a entrar en la cárcel.

Todas estas circunstancias llevan al tribunal a elevar de nuevo las multas hasta las cuantías que fueron fijadas originariamente, puesto que, según razona el auto, "no se dispone hasta el momento de datos suficientes y convincentes que indiquen que en la actualidad la situación patrimonial real haya variado en la medida que su defensa pretende".

Un caso de violencia de género lleva dos años paralizados porque los juzgados no se ponen de acuerdo sobre la competencia

Parece increíble pero es totalmente cierto. Una denuncia de una mujer por presuntas amenazas y acoso de su ex pareja lleva dos años paralizada por culpa de la "burocracia" judicial, dado que en este tiempo sólo se ha tomado declaración al acusado y a un testigo porque los cinco juzgados por los que ha pasado el caso no se ponen de acuerdo sobre quién debe asumir la investigación de los hechos.

La controversia jurídica se produce porque la mujer aseguró que el supuesto autor de las amenazas es su ex pareja, mientras que éste asegura que sólo eran amigos y no formaban una pareja. En función de cómo se considere la relación que mantenían la investigación de la denuncia corresponde a un juzgado de Instrucción o a los específicos de Violencia sobre la Mujer, si se entiende que eran compañeros sentimentales.

La primera denuncia se remonta al 11 de febrero de 2006, cuando la mujer acudió al juzgado de Guardia para declarar que su ex novio le había seguido con su moto al salir del trabajo y había propinado varias patadas a su coche.

El juzgado de instrucción número 6, que estaba de guardia, incoó unas diligencias previas y remitió la causa al juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1, que abrió otras diligencias pero que no localizó al denunciado hasta noviembre de 2006, fecha en la que declaró como imputado. El denunciado dijo que era sólo "amigo" de la chica y que se veía frecuentemente con ella, por lo que el juzgado de Violencia se inhibió de conocer el asunto y lo remitió al juzgado de Guardia, entonces el Instrucción número 4, que volvió a incoar un procedimiento y lo remitió a reparto, recayendo la causa en el juzgado de Instrucción número 17. Este nuevo órgano, a su vez, se desentendió de las actuaciones, que acabaron por antecedentes en el juzgado de Instrucción número 6, que en marzo de 2006 no aceptó la causa y la devolvió a los órganos de Violencia de sobre la Mujer.

El decanato intervino para trasladar el proceso al juzgado de Violencia número 3, que se inhibió en favor del número 1, y éste devolvió la causa, otra vez, al juzgado de Instrucción número 6 para que planteara una cuestión de competencia que hoy debe deliberar la Audiencia Provincial.

Durante estos dos años, la víctima y el supuesto agresor se han cruzado, al menos, otras cinco denuncias, algunas de las cuales han acabado en condena por una falta de malos tratos y coacciones, o en la absolución del acusado.

Un perjudicado de Contsa retira la denuncia para evitar los "juicios paralelos"

Una de las dos personas que presentaron una denuncia en el juzgado contra la empresa Contsa no ratificará hoy la acusación por presunta apropiación indebida de 90.000 euros porque quiere evitar "los juicios paralelos" y para no causar "un mayor daño" a los responsables de la empresa que, según considera, están siendo "víctimas de una opinión pública, en general, mal informada".

El denunciante, que prefiere mantener su anonimato, considera oportuno en un comunicado esperar a que "sean los propios clientes quienes decida soberanamente, tras la reunión del 3 de marzo, las medidas a seguir". "Que la opinión de una mayoría sea la que sirva de directriz para todos y no que por una simple denuncia de un cliente aislado, como la mía, se desate un frente de lucha que no conduce a nada", relata la nota.

El denunciante apunta además que "no está convencido" de que en este caso se haya cometido un delito de apropiación indebida y lo argumenta afirmando que "en un delito económico siempre se persigue el resarcimiento de la responsabilidad civil y, en este caso, no sería posible ejecutar resolución alguna en beneficio individual, una vez presentada la solicitud de concurso" de acreedores. El denunciante cree "lógico" esperar la declaración del concurso, "que aclarará bastante la situación de la empresa y de las inversiones de todos los afectados".

El afectado sostiene finalmente que dará la "última oportunidad" al presidente de Contsa, José Salas, para que dé explicaciones a sus clientes y al juzgado Mercantil, todo ello con la finalidad de evitar "exponerlo a otras luchas con la Fiscalía, los juzgados penales y el seguimiento mediático, que arrastrarán fácilmente a la figura de la presunción de culpabilidad, tan injusta como frecuente en nuestros tiempos y lugares".

Quien sí va a ratificar la denuncia, e incluso puede ampliarla, es Manuel Jiménez Hurtado, que también está citado hoy en el juzgado después de que denunciara una presunta estafa por invertir 36.000 euros y cobrar sólo los intereses de un mes.

20 febrero 2008

Orden de alejamiento e imputación por delito de atentado para un menor que agredió a su profesor de Latín

Un juez de menores ha impuesto a un alumno una orden de alejamiento que le impide acercarse a 500 metros de su profesor de Latín, al que amenazó en reiteradas ocasiones y agredió porque le había recriminado su comportamiento en clase.

La medida judicial fue impuesta de manera cautelar y a instancias de la Fiscalía de Menores de Sevilla que, de manera pionera, ha aplicado la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las agresiones a los médicos en su condición de funcionarios públicos. El Ministerio Público ha imputado al chico, que tiene menos de 14 años, sendos delitos de amenazas y de atentado al docente, lo que en la práctica supone endurecer el castigo. Con anterioridad a la doctrina del Supremo, esta conducta podría ser considerada como una simple falta, que se sanciona con una multa.

Los hechos que han motivado la intervención de la fiscalía se remontan al pasado 14 de febrero cuando el menor reiteró las amenazas que profería desde hace tiempo a su profesor de Latín, en el I.E.S. La Paz, ubicado en el barrio de Rochelambert. El menor intimidó al docente con frases del tenor de "voy a por ti" o "voy a venir con toda mi pandilla de las Tres Mil Viviendas", y a continuación le agredió lanzándole una patada a los genitales, aunque le alcanzó en las piernas.

El profesor denunció los hechos y la Policía Nacional se personó en el instituto y detuvo al agresor, que fue puesto a disposición de la Fiscalía de Menores, como ocurre en estos casos. Por estos hechos iba a celebrarse un juicio rápido, pero la ausencia del docente, que está de baja tras sufrir una crisis de ansiedad, impidió que tuviera lugar una vista oral que habría concluido, con toda probabilidad, en la condena del joven. A la espera del juicio, la Fiscalía hispalense solicitó que se impusiera al joven, de forma cautelar, una medida de libertad vigilada y una orden de alejamiento de 500 metros del centro docente y del profesor agredido por cualquier medio.

El juzgado adoptó la medida e informó de la situación a la delegación de Educación, dado que la orden implica el traslado forzoso del menor a otro centro educativo, al prohibir que se acerque a menos de 500 metros del instituto y del profesor, con quien tampoco podrá comunicarse por cualquier medio posible.

Desde la Delegación de Educación explicaron ayer que aún no habían recibido la comunicación del juzgado, si bien precisaron que la Administración "acatará" la decisión adoptada por la Justicia y, en consecuencia, el menor será trasladado probablemente.

La decisión de la Fiscalía y del juez de Menores supone un hito en la lucha contra los delitos que sufren los profesores dentro de las aulas. Desde la Fiscalía apuntan que esta resolución significa una sanción "ejemplarizante" para los menores que puedan llevar a cabo conductas como las del menor ahora imputado.

El juzgado de lo Mercantil declaró 66 concursos en tres años

El juzgado de lo Mercantil de Sevilla admite ocho de cada diez concursos de acreedores de las empresas sevillanas en situación de crisis. En los poco más de tres años que han transcurrido desde que se creó este órgano judicial -septiembre de 2004-, al amparo de la nueva ley concursal, el juzgado ha recibido 82 peticiones de concurso por suspensión de pagos o quiebras, de las cuales se declararon 66, lo que representa el 80 por ciento de las peticiones.

El juzgado de lo Mercantil rechazó en este mismo período 11 solicitudes de concurso, mientras que en otros dos casos se produjo el desistimiento por parte las personas o entidades que lo presentaron, dado que el concurso puede ser voluntario -si lo solicita la propia empresa en crisis- o necesario, cuando lo pide un acreedor.

La estadística de este juzgado arroja un dato interesante a este respecto: el 75 por ciento de los concursos -61 casos- son voluntarios, y el 25 por ciento restante son necesarios -21 empresas-.

Actualmente, el juzgado tramita unos 65 concursos. Por el tipo de entidad que lo solicita, el 60 por ciento -49 casos- se trata de sociedades de responsabilidad limitada, un 25 por ciento son anónimas -21 casos-, y sólo 12 solicitantes son personas físicas, en su mayoría administradores de otras sociedades.

La mayoría de los concursos declarados por el juzgado son procedimientos abreviados, con un pasivo inferior al millón de euros y en los que interviene un único administrador concursal. En los últimos tres años han sido declarados 41 concursos abreviados, lo que supone el 62 por ciento de los procedimientos.

En este tiempo, el juzgado de lo Mercantil de Sevilla tramitó otros 25 concursos por el procedimiento ordinario -38 por ciento del total-, en el que la empresa cuenta con un pasivo que supera el millón de euros y que requiere la designación de tres administradores concursales: un abogado, un economista y un tercero designado por uno de los acreedores.

Este último procedimiento sería el aplicable al grupo empresarial Contsa, que ha acudido de forma voluntaria al juzgado Mercantil para presentar un concurso de acreedores ante la imposibilidad de hacer frente a los pagos a las 1.200 personas que han suscrito préstamos participativos. Contsa cuenta con un activo de 80 millones y un pasivo de 54 millones, según ha manifestado el empresario José Salas Burzón, presidente del grupo, que ha convocado el día 3 de marzo una junta de acreedores para explicar a los afectados las circunstancias de la suspensión de pagos y proponer un plan de viabilidad que permita en un año entregar dinero a cuenta del capital invertido.

La finalidad de un concurso es llegar a un convenio para reflotar la empresa y, en caso de no ser posible, proceder a la liquidación de la misma y al reparto entre los acreedores. El procedimiento incorpora la posibilidad de que el deudor o los acreedores presenten al juzgado una propuesta de convenio, que puede incluir la reducción de hasta un 50 por ciento de los créditos ordinarios o el aplazamiento del pago durante cinco años, según los mecanismos de quita y espera que contempla la ley concursal.

El juzgado de lo Mercantil de Sevilla, que inició su andadura con sólo cinco funcionarios y en la actualidad tiene otros tres de refuerzo, ingresó en 2006 un total de 704 asuntos, dado que además de los procesos concursales se encarga de asuntos mercantiles de competencia desleal, de propiedad industrial, marcas y patentes, entre otras cuestiones.

Fuentes de este juzgado destacaron la "profesionalidad" y el "rigor" con el que actúan los administradores concursales y destacaron que esta labor está coadyuvando a que salgan adelante los procedimientos concursales. Las mismas fuentes criticaron el hecho de que no exista unas dependencias adecuadas para los administradores concursales, que tienen que consultar los expedientes en una mesa que se les ha habilitado en las oficinas del juzgado de lo Mercantil.

19 febrero 2008

Caso Farruquito: La Audiencia vuelve a subir a 72.000 euros la multa que debe pagar el artista

Era lo lógico. La Audiencia Provincial ha revocado la decisión del juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla de rebajar de 72.000 a 36.000 euros la multa que debe pagar el bailaor Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, condenado a tres años de prisión por el atropello mortal de Benjamín Olalla en septiembre de 2003.
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha anulado la decisión del juzgado, que rebajó la multa al bailaor por el receso de su situación económica, y ha vuelto a imponer la multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros por el delito de omisión del socorro y otra multa también de 12 meses con la misma cuota por inducción a la simulación de delito. Su ingreso en prisión le ha supuesto una merma de sus ingresos, pero como a cualquier persona que es encarcelada, según el argumento que defendió la Fiscalía para oponerse a la rebaja de la multa.

15 febrero 2008

Caso Contsa: dos denuncias en el juzgado por presunta estafa

La presunta estafa denunciada por uno de los acreedores de la corporación empresarial Contsa no es la única que está siendo investigada en los juzgados de Instrucción de la capital andaluza.
Un segundo acreedor, del que no ha trascendido su nombre, presentó este mismo mes otra denuncia por hechos similares relacionados con los préstamos participativos a la sociedad Contsa. Esta nueva acción penal, que hasta ahora no se conocía, es anterior a la que ejerce Manuel Jiménez Hurtado, dado que fue presentada unos días antes del 5 de febrero, fecha en la que el jubilado puso en conocimiento de la Justicia que la empresa Contsa se había apropiado supuestamente de 36.000 euros de sus ahorros.
El caso correspondió al juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla, que ya ha incoado unas diligencias previas y ha citado a declarar a Manuel Jiménez para el próximo día 22 de febrero, con la finalidad de que ratifique los hechos denunciados, según han confirmado a este periódico fuentes judiciales.
La casualidad de los turnos de reparto establecidos en los juzgados de Instrucción ha hecho que la denuncia del segundo acreedor, aunque presentada unos días de la de Manuel Jiménez y por la que se incoaron otras diligencias previas, haya correspondido al mismo juzgado de Instrucción, el número 17, cuya juez titular ha decidido acumular ambos procedimientos para tramitarlos en uno solo, al tratarse de hechos similares y en los que hay una coincidencia respecto a las personas denunciadas.
Desde que estalló el escándalo de Contsa, una vez que se conoció que la empresa había presentado un concurso voluntario de acreedores, los pequeños inversionistas se han mostrado a favor de conceder un voto de confianza al presidente de la sociedad, José Salas Bursón. Algunos de los 1.200 afectados por la suspensión de pagos han criticado el inicio de las actuaciones penales por parte de Manuel Jiménez, por cuanto consideran que esta vía penal puede perjudicar sus intereses y le han requerido encarecidamente para que retire la acusación.
De cualquier forma y en el hipotético supuesto de que alguno de los denunciantes desistiera de la vía penal, resultará muy difícil que la actuación judicial no continúe la investigación. Quien no tiene ninguna intención de retirar la denuncia, en principio, es Manuel Jiménez, que ha anunciado que acudirá al juzgado para ratificarla, según confirmaron ayer fuentes próximas al denunciantes, que añadieron que la única forma de que el jubilado desistiera consiste en que se le reembolsaran los 36.000 euros invertidos más parte de los intereses.
Al estar el hecho sub iudice habrá que ver además la postura que adopta la Fiscalía de Sevilla. El Ministerio Público podría estar en contra del sobreseimiento de la investigación e incluso plantearse la posibilidad de actuar de oficio, una vez que ha trascendido que muchas de las personas que firmaron contratos con Contsa invirtieron dinero negro, lo que podría dar lugar incluso a una nueva investigación por un delito de blanqueo de capitales, en función de la cuantía invertida.
Algunos bufetes de abogados de la ciudad están siendo ya consultados por inversores de Contsa que habrían desembolsado cantidades millonarias y que intentan conocer a través de los juristas cuáles son las posibilidades reales para recuperar los capitales invertidos en la inmobiliaria.
Mientras tanto, el empresario José Salas ha convocado una junta de acreedores para el próximo 3 de marzo, en la que pretende explicar personalmente a los 1.200 afectados las circunstancias de la suspensión de pagos y proponerles un plan de viabilidad que permitiría en un año comenzar a entregar dinero a cuenta del capital invertido a aquellos inversores con las necesidades más acuciantes. La fórmula consistiría principalmente en la venta de activos de la empresa, ya que, según ha manifestado el propio Salas, Contsa cuenta con 80 millones de euros en su activo mientras que el pasivo ronda los 54 millones.

14 febrero 2008

La Fiscalía retira los cargos de malos tratos contra El Lute

La Fiscalía de Sevilla retiró hoy los cargos de malos tratos contra Eleuterio Sánchez, El Lute, aunque siguió manteniendo una petición de condena de diez meses de prisión por un delito de amenazas a su ex mujer. El Ministerio Público llegó a la conclusión de que no había prueba de cargo, más allá de la denuncia de su ex pareja, de que El Lute le agrediera en su domicilio el día 16 de abril de 2007. Con respecto al otro hecho denunciado, haberle dicho que "estaba condenada a muerte" después de sorprenderla en Punta Umbría con otro hombre, la Fiscalía sí estimó que había quedado acreditado, de ahí que solicitara la condena.
El Lute dijo al juez, en el ejercicio del derecho a la última palabra, que la denuncia tiene un trasfondo económico, no penal, porque su mujer "no aportó ni un juego de sábanas al matrimonio" y ahora quiere quedarse con la mitad de su patrimonio de soltero. A los periodistas, El Lute declaró que fue condenado a muerte por el régimen franquista, en base a la ley de bandidaje y terrorismo sin haber herido a nadie, y ahora en la democracia se le vuelve a juzgar con una ley especial, en alusión a la ley de violencia de género.
Su ex mujer, por su parte, defendió que fue agredida por El Lute y dijo que no quiere aprovecharse de él, sólo que se haga justicia. El caso ha quedado visto para sentencia en el juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla.

13 febrero 2008

Los jueces sevillanos se limitarán a cumplir los módulos

Los jueces sevillanos acordaron hoy limitarse a cumplir el 100 por 100 de los módulos de trabajo que establece el CGPJ, en protesta por la congelación salarial, tal y como habían aconsejado las cuatro asociaciones judiciales con representación en la carrera. Adjuntamos una nota de las asociaciones:
"Las Asociaciones de Jueces y Magistrados -Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente-, a través de la CIP, rechazamos de plano el contenido de la carta que nos ha dirigido el Ministerio de Justicia por inexacta, confusa y errónea, y exponemos lo siguiente:

I.- ANTECEDENTES NORMATIVOS HASTA 2006.

Por Acuerdo Administración/Sindicatos del año 2002 se incorporó a la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, la modificación de las cuantías de las pagas extraordinarias, incluyendo en estas un 20% del complemento de destino.
Las sucesivas leyes de presupuestos incorporaron los porcentajes siguientes: el 40% para el año 2004 (L. 61/2003), el 60% para el año 2005 (L. 2/2004), y para el año 2006, un 80% del complemento de destino en la paga extraordinaria de junio y el 100% en la de diciembre (L. 30/2005).
Jueces, Magistrados y Fiscales, en virtud del artículo 19.3 de la LPGE para el año 2003, desarrollado por Acuerdo del Consejo de Ministros (BOE 4-7-03), en la paga extraordinaria de diciembre de 2006 sólo percibimos, aproximadamente, un tercio del complemento de destino, en lugar del 100% del resto del sector público.
Desde este momento la Carrera Judicial sufre una injustificada discriminación con el resto del sector público si tenemos en cuenta que la Ley 15/03, de Retribuciones de las Carreras Judicial y Fiscal, dispone en su artículo 4.3º: Los magistrados y jueces tendrán derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año por importe cada una de ellas igual a una mensualidad de sueldo y antigüedad reconocido, y en su caso una cantidad proporcional al complemento de destino en los términos que se fijen por ley para el conjunto del sector público estatal, que se harán efectivas los meses de junio y diciembre, siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero de los meses indicados”.
Y la Disposición Adicional primera, punto 1, de la citada norma señala que “Las cuantías fijadas en los anexos de esta ley se actualizarán de acuerdo con los incrementos retributivos anuales que proceda aplicar a los miembros de las carreras judicial y fiscal de acuerdo con lo establecido en los presupuesto generales del estado para el conjunto del sector público estatal a partir del ejercicio económico 2003”.
Se intentó justificar la medida alegando que nuestra estructura salarial era diferente del conjunto del sector público, porque, salvo excepciones, no tenemos complemento especifico y únicamente percibimos sueldo, trienios y complemento de destino, y, como este último supone un porcentaje que puede rondar el 60% del sueldo, aplicarnos las citadas normas supondría una subida salarial excesiva para la Carrera Judicial.

II.- ANTECEDENTES NORMATIVOS POSTERIORES A 2006.

1.- En virtud del Acuerdo de Mesa General de la Administración Publica para el año 2007-2009, suscrito el 25-9-06, en el ejercicio 2009 todo el sector público percibirá doce pagas anuales iguales y dos adicionales en los meses de junio y diciembre, cada una por importe de una paga mensual; se incorpora así en la paga extra, junto al complemento de destino, el complemento específico.
Pese a ello, cuando se aprueba inicialmente en el Congreso la LPGE para el año 2007 se excluye a las Carreras Judicial y Fiscal del ámbito de aplicación de ese acuerdo.
¿Qué motivo existe ahora para no aplicarnos ese acuerdo suscrito para beneficio de todo el sector público?. Desde luego, ya no hay ninguna especialidad que lo justifique.
Las Asociaciones Judiciales redactaron conjuntamente una propuesta de enmienda a la LPGE, que se adjunta, que suponía la aplicación a la Carrera Judicial de las mejoras reseñadas, que fue asumida y defendida por CiU en el Senado, y aprobada con el nº 3711. Pero, cuando la ley se remitió al Congreso para su aprobación definitiva, la enmienda fue derrotada por 7 votos, votando en contra los diputados del PSOE y PNV.
De ese modo, la LGPE para 2007, con incumplimiento de lo establecido en su articulado, no incorporó el 1% de la masa salarial para incrementar las pagas extraordinarias de Jueces y Magistrados, y únicamente aplicó el 2% sobre el Anexo del año anterior.
2.- Como el agravio era tan evidente como injusto, para mitigarlo, que no resolverlo, el anterior equipo ministerial:
a.- Mediante Decreto de Consejo de Ministros de 26 de enero de 2007 incorporó a las pagas extraordinarias del año 2007 de jueces y magistrados la cantidad de 629,34 €, dividida en dos pagas. Cantidades que, más las expresadas en el Anexo X de la Ley de Presupuestos para el 2007, no alcanzaron en algunas categorías el tercio del complemento de destino, en otros grupos sí se alcanzó.
b.- por comunicación individualizada de 1/2/2007, que se adjunta, se nos garantizó un incremento para los años 2008 y 2009 en las pagas extraordinarias, hasta alcanzar la cantidad de 1.851,05 € anuales.
3.- Los PGE para el año 2008 han consagrado definitivamente el agravio que venimos sufriendo con las pagas extras, pues, el nuevo equipo ministerial, rechazando todas las propuestas negociadoras que planteó la CIP, ni siquiera ha respetado los términos del compromiso expresado en la comunicación de 1/2/07, y si bien es cierto que en las pagas extras del año 2008 se incluyen unas cantidades aleatorias hasta alcanzar casi los 2/3 de los complementos, como al conjunto del sector público, para colmo ese incremento se financia en gran parte con la importante congelación salarial del complemento de destino, que sólo ha subido el 0,5% en el año 2008.
Por ello, resulta sarcástica la carta aclaratoria del MJU que, con mala fe, omite estos datos que justifican la subida salarial aplicable a la Carrera Judicial en el año 2008, que, no olvidemos, es menor que el IPC del año 2007, en ningún caso superior al resto del sector público y supone la consolidación de un injustificado agravio; y, desde luego, desdice la manifestación del Secretario de Estado del MJU, quien en la reunión mantenida el 27 de noviembre de 2007 reconoció sentirse defraudado por no haber conseguido las mejoras que merecía la Carrera Judicial, responsabilizando del fracaso al Ministerio de Hacienda.
¿Qué fiabilidad podemos conceder a unas manifestaciones que condicionan nuestras mejoras retributivas a “disponibilidades presupuestarias” en un año en el que ha existido un superávit del 2% en las cuentas públicas?. Ninguna.

III.- PREVISIONES FUTURAS

De aplicarse lo dispuesto en el Acuerdo de 25-9-06 a la Carrera Judicial, como procede, en el año 2009 deberíamos cobrar dos pagas extras completas en los mismos términos que el sector público. Pero esas no son las previsiones del MJU, que anuncia que la equiparación se logrará en el año 2010 y a costa de sufrir la congelación del complemento de destino, que sólo subiría el 0,5% en 2009 y el 1,5% en 2010.
Podrá advertirse que hasta la fecha sólo hablamos de hipótesis, pero si, incumpliendo la Ley de Retribuciones, no se nos aplica en materia de pagas extras el citado Acuerdo de Mesa General de la Administración Publica, nuestras retribuciones quedan a expensas de la voluntad del MJU, como se deduce de la desoladora carta remitida por el Secretario de Estado.
Si el MJU lleva a cabo sus previsiones, con nuestra oposición desde luego, la percepción de las 2 pagas extras completas (una mensualidad de sueldo, trienios, complementos de destino y específico), se lograría con un enorme sacrificio para la Carrera Judicial, no en vano:
1- en el periodo 2003-2006 sólo percibimos en la paga extra 1/3, aproximadamente, del complemento de destino, cuando el sector público percibió el 100%.
2.- se conseguirá, si es que se consigue, 1 año después (2010) que el resto de la función pública (2009).
3.- se financiará en gran parte con la congelación salarial que sufriremos en el período 2008-2010.
4.- durante el resto de nuestra vida laboral perderemos las actualizaciones salariales aplicables a esas cantidades no recibidas por la congelación sufrida durante el periodo 2008-2010.


IV.- DEFICIENCIAS ESTRUCTURALES.

La Carrera Judicial no es responsable de las deficiencias estructurales de la Administración de Justicia, somos, junto con los ciudadanos, perjudicados de primer orden, ya que las deficiencias provocan la sobrecarga laboral que sufrimos, que repercute negativamente en la calidad de la justicia que impartimos y, por ello, en nuestro prestigio profesional, que se ve muy mermado pese a nuestro incondicional esfuerzo.
Así se pone de manifiesto, con toda crudeza, en el avance de la encuesta sociológica publicada el 17 de enero de 2008 en la página web del Consejo General de Poder Judicial.
Los resultados son contundentes y demoledores, el 71% de la carrera judicial piensa que se enfrenta a una carga de trabajo excesiva y solamente en 13% está de acuerdo con su nivel retributivo.
El MJU, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Española, debería ser el primer interesado en promover condiciones de trabajo adecuadas y remover los obstáculos que lo impidan, que redunden en un mejor funcionamiento de la justicia, con objeto de que sirva con eficacia y objetividad los intereses generales de los ciudadanos.

V.- PRODUCTIVIDAD.

La cuestión no es que se hayan creado 624 órganos judiciales, esfuerzo que se valora, sino cuántos más son necesarios a la vista de la sobrecarga que sufre la Administración de Justicia.
Prueba de ello es que entre 1.000 y 1.200 jueces superan el 120% del módulo máximo de actividad, que otros tantos superan el 100% y que, pese a este esfuerzo, las estadísticas judiciales constatan el grave atasco que sufren muchos órganos judiciales.
Para solventar la sobrecarga laboral que sufren estos jueces haría falta crear inmediatamente, al menos, entre 200 y 240 nuevas plazas judiciales, contando con que así no garantiza la solución a esas deficiencias estructurales, que son más profundas.
Desde luego, la CIP ha mostrado su insatisfacción al MJU sobre esta materia porque advertimos que lo que debía haberse desarrollado como un método para primar provisionalmente la extrema dedicación de algunos jueces ante las deficiencias coyunturales y servir como indicador efectivo para atajarlas inmediatamente, se ha convertido en una solución permanente muy económica para el MJU, que desmotiva su obligación de crear nuevos órganos judiciales, única medida eficaz para atajar el problema; sólo de este modo puede justificarse que haya jueces que cobren sistemáticamente esa productividad desde el año 2004.
Con este sistema de productividad el MJU está abonando unos 18.000 € (1.800 € x 2 semestres x 5 jueces que superan el120%) por una plaza judicial cuyo coste real es de unos 90.000 € si es de la 1ª categoría, unos 71.000 € si es de la 3ª o unos 52.000 € si es de la 5ª; todo ello, sin contabilizar el coste añadido que, para el MJU o las Comunidades Autónomas que tengan las competencias transferidas, supondría la creación de la correspondiente oficina judicial
El notable esfuerzo que un juez despliega para superar en un 120% el módulo máximo de actividad, no sólo no es reconocido (sería muy bien acogido un comunicado del MJU que valore en sus justos términos el gran esfuerzo que despliega la Carrera Judicial) ni recompensado económicamente con una retribución digna y justa sino que, como hemos podido comprobar, es un acicate para el MJU para no acometer con diligencia las medidas necesarias que mejoren nuestras condiciones laborales y la eficiencia de la Administración de Justicia.
La Carrera Judicial no está dispuesta a seguir supliendo eternamente con su exclusivo esfuerzo las carencias del sistema".

El piso del ministro de Justicia

Leído en El Mundo. El ministro de Justicia, Mariano Fernández-Bermejo, ocupa desde el pasado mes de enero un ático de 220 metros cuadrados en el centro de Madrid. A dos meses y medio de las elecciones, el Ministerio que dirige habilitó un gasto cercano a los 250.000 euros para reformar la vivienda, que hasta julio de 2007 había utilizado la ex ministra de Vivienda María Antonia Trujillo. Justicia confirmó la mudanza. Según el Gabinete del ministro, obedece a razones de seguridad y el montante del dispendio se explica en que el piso se encontraba "en condiciones de habitabilidad muy deficientes". De hecho, las dependencias de la planta inferior se hallaban muy afectadas por goteras. Las mismas fuentes matizaron que hacía largo tiempo que no se operaba una reforma en esa vivienda, y que en este caso era absolutamente necesaria. En concreto, los gastos habilitados en diciembre por el departamento de Bermejo fueron destinados, principalmente, a "acondicionamiento de vivienda", "reforma de la terraza", "suministro de mobiliario de tapicerías varias", "mobiliario de cuarto de baño" y "suministro de jardineras y su posterior colocación". Todos los conceptos fueron facturados por El Corte Inglés entre los días 19 y 20 de diciembre; las disposiciones fueron autorizadas entre los días 21 y 26; posteriormente abonadas mediante una transferencia bancaria directa del Tesoro Público a una cuenta domiciliada en el Santander, y finalmente contabilizadas en el presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia correspondiente al año 2007.La ex ministra de Vivienda dejó el piso oficial que ocupó entre su nombramiento, en abril de 2004, y su cese, en julio de 2007, en condiciones lamentables. Esa misma vivienda, que desde enero de 2008 habita el ministro de Justicia, Mariano Fernández-Bermejo. El Departamento que dirige elaboró en agosto de 2007 un informe sobre las condiciones de habitabilidad que reunía el piso. El desastre, que ha obligado a reformar esa residencia por completo, ha costado al erario público 250.000 euros. Los técnicos del Ministerio constatan que, "desde abril de 2004 (cuando Trujillo accede al piso), por razones ajenas a la voluntad (del Ministerio de Administraciones Públicas, propietario del edificio), no se ha efectuado ninguna labor de mantenimiento ni conservación". Además, señalan que "la última obra de actualización fue realizada hace 11 años".

12 febrero 2008

El juzgado tendrá que investigar los daños de la huelga de Tussam

La Audiencia de Sevilla ha reabierto la investigación por los destrozos originados en un centenar de autobuses de Tussam durante la huelga convocada en mayo de 2007 y en la que fueron imputados nueve trabajadores.Un auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia ha revocado el sobreseimiento decretado por el juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla a instancias de la Fiscalía hispalense, que después de analizar el atestado realizado por la Policía Nacional y tomar declaración a los imputados consideró que no había pruebas suficientes para atribuir a los trabajadores los daños causados.La resolución de la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de apelación que presentó la empresa municipal de transportes contra el archivo de la causa, que se produjo en junio de 2007. Tras reabrir la investigación, los magistrados han ordenado al juzgado de Instrucción que practique nuevas pruebas, entre ellas una diligencia de reconocimiento para tratar de identificar a algunos de los imputados como las personas que provocaron los daños en los vehículos de Tussam.El tribunal ha requerido a la instructora para que investigue si los hechos denunciados pueden ser además constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores, tipificado en el artículo 315 del Código Penal, que castiga con penas de entre seis meses y tres años de prisión a las personas que "actuando en grupo, o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga".Los nueve trabajadores imputados fueron detenidos sobre las seis de la madrugada del 21 de mayo de 2007, durante la primera jornada de la huelga. Los incidentes se prolongaron hasta el mediodía, lo que llevó a la Fiscalía a pedir el sobreseimiento de las actuaciones contra estas personas, al entender que no podía achacárseles la totalidad de los destrozos causados a los autobuses de Tussam. El Ministerio Público también esgrimió para pedir el archivo que no había pruebas de su participación en los hechos porque los policías declararon que vieron cómo los empleados lanzaban objetos o hacían ademán para hacerlo, pero no pudieron concretar si se trataba de piedras u otros objetos similares, ni tampoco si alcanzaron realmente a los vehículos.

11 febrero 2008

Los jueces votarán si cumplen sólo los módulos del CGPJ en protesta por la congelación salarial

Las cuatro asociaciones judiciales -Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente-, a través de la Comisión Interasociativa Permanente, han propuesto a los Jueces Decanos y Presidentes de Audiencias Provinciales la convocatoria de juntas de jueces en sus respectivos ámbitos para el próximo miércoles, 13 de febrero.
Las asociaciones recomiendan que las asambleas "tengan por objeto apoyar y poner en práctica la medida ya aprobada por las asociaciones, consistente en que ningún juez sobrepase el cien por cien del trabajo asignado, así como analizar la decepcionante respuesta del Ministerio de Justicia sobre retribuciones y pagas extraordinarias, exigiéndole el cumplimiento de sus promesas y un cambio radical de actitud negociadora, a la vista de la pérdida de capacidad adquisitiva que hemos sufrido en los últimos años, que deberá ser corregida en la Ley de Retribuciones que se negociará en mayo".
Solicitan, igualmente, que las Salas de Gobierno aprueben un acuerdo de adhesión a las justas reivindicaciones de los jueces de sus respectivos territorios. Por último, "invitan" al Consejo General del Poder Judicial, como órgano gestor del Estatuto Judicial, a que, en cumplimiento de sus funciones, "apoye la dignidad e independencia económica de los jueces, como elemento esencial para el adecuado funcionamiento del servicio público de la justicia y eficacia del Poder Judicial".

10 febrero 2008

Las agresiones a los médicos se considerarán delito de atentado

La Justicia sevillana perseguirá como un delito de atentado las agresiones a los médicos de la sanidad pública, en virtud de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha elevado la condena impuesta a un individuo que apuñaló a un odontólogo de la sanidad pública porque le había hecho daño al extraerle una muela.
La resolución del Alto Tribunal es la segunda que castiga por un delito de atentado la agresión al personal sanitario y, por tanto, sienta jurisprudencia a la hora de aplicar un tipo penal que hasta ahora estaba reservado fundamentalmente para las agresiones a los funcionarios de la autoridad -como los policías- y que se traduce en una mayor sanción para los responsables de estos actos, dadas las especiales funciones encomendadas a las víctimas.
El decano de los jueces de Sevilla, Federico Jiménez Ballester, apuntó ayer precisamente que al tratarse de una segunda resolución sobre el mismo tema, se está estableciendo "la doctrina jurisprudencia de que las agresiones a los médicos de la sanidad pública en el ejercicio de sus funciones constituyen no sólo un delito de lesiones sino también de atentado". El magistrado estimó que "sin perjuicio de cada caso concreto, estas agresiones se tramitarán como un delito de atentado siempre y cuando concurran las mismas circunstancias que se exponen en la sentencia del Tribunal Supremo". Federico Jiménez explicó que, en estos momentos, el decanato carece de datos estadísticos sobre el número de denuncias que tramitan los juzgados de Sevilla relacionadas con las agresiones a los profesionales de la sanidad pública, por lo que "no es posible evaluar la incidencia de esta nueva jurisprudencia".
La Fiscalía también ha remitido una copia de la sentencia a los más de 80 fiscales destinados en Sevilla, para que tengan conocimiento de la resolución, como suele realizarse siempre que hay un fallo de especial notoriedad, según han confirmado fuentes del Ministerio Público.
Ésta no es la primera vez que la Fiscalía hispalense aborda la cuestión de la agresión a los profesionales sanitarios, dado que a principio de 2004, se llegó incluso a paralizar un juicio rápido contra una paciente que atacó a una ATS del hospital Virgen del Rocío y se ordenó abrir una investigación por un delito de atentado, recogido el artículo 551 del Código Penal y que castiga con penas de uno a tres años de cárcel a las personas que "acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas".
La nueva sentencia del Tribunal Supremo ha elevado de cuatro años y diez meses a seis años la condena impuesta a un hombre que, en marzo de 2004, abordó en la calle y, en dos ocasiones, al odontólogo que le había asistido en un centro de Asistencia Primaria de Girona. La primera vez le golpeó con un paraguas sin causarle ninguna lesión, pero en la segunda le apuñaló de forma sorpresiva, tras iniciar una conversación con el argumento de que quería volver a visitarle, y le causó lesiones en un brazo y en el costado, con afectación pulmonar.
La Audiencia de Girona absolvió inicialmente al acusado de dos delitos de atentado, pero la Fiscalía recurrió y ahora el Tribunal Supremo ha revocado la sentencia, incluyendo estos delitos e incrementando la pena. La nueva resolución recuerda que el bien jurídico protegido en este caso es el orden público, en cuanto se sancionan hechos que atacan el normal funcionamiento de las prestaciones relativas al interés general que la Administración debe ofrecer a los ciudadanos.
Los magistrados citan otras sentencias del Supremo sobre la cualidad de funcionario público de los médicos y enfermeros de la sanidad pública, y subrayan que la legislación vigente permite cierta capacidad de coerción para llevar a cabo intervenciones clínicas sin necesidad de que haya consentimiento del enfermo, como cuando hay riesgo para la salud pública. En el caso concreto, los jueces señalan que el acusado era paciente de la víctima y las dos agresiones tuvieron lugar después en las inmediaciones del centro público, por lo que estaban "claramente en relación con la actividad sanitaria del médico prestada con anterioridad". Con su conducta, el procesado también atacó "a intereses públicos consistentes en la protección de la corrección de la función pública".

08 febrero 2008

Nuevos robos en los juzgados del Prado

No son el robo del siglo, pero vuelven a cuestionar seriamente las medidas de seguridad de los juzgados. Tres ordenadores portátiles entregados por la Consejería de Justicia a los secretarios y jueces de Sevilla han sido sustraídos en los últimos meses del edificio de los juzgados del Prado de San Sebastián. El último robo se produjo la pasada semana, cuando el secretario de un juzgado de Instrucción descubrió que habían forzado el armario de su despacho, que estaba cerrado bajo llave. En un primer momento, el responsable de la oficina no se percató de la desaparición del ordenador hasta varios días después. El portátil había sido entregado por la Junta para la realización de diligencias fuera de la sede judicial, tales como los levantamientos de cadáveres o cualquier otra que pudiera realizarse en la calle.
El robo fue denunciado el pasado 30 de enero en el juzgado de guardia, que remitió el caso a otro juzgado que, finalmente, ha acordado el archivo de la investigación por falta de autor conocido.
Éste es el tercer ordenador que desaparece en los últimos seis meses de los juzgados del edificio del Prado de San Sebastián. Los otros dos fueron sustraídos en un juzgado de lo Penal y en otro órgano de instrucción. En estos casos, las diligencias fueron igualmente archivadas porque no se pudo localizar al autor o los autores de la sustracción y todo ello a pesar de que la Policía Científica llegó incluso a buscar huellas en uno de los despachos donde se cometió el robo.
La Consejería de Justicia, que comenzó a repartir en el verano pasado los ordenadores para mejorar el trabajo de los secretarios y jueces, ya ha repuesto dos de los tres portátiles sustraídos.
Estas desapariciones vuelven a sumarse a la larga lista de delitos similares que se han llevado a cabo en los últimos años dentro del edificio del Prado de San Sebastián y que hasta el momento han quedado impunes en todos los casos. Uno de los robos más sonados fue el de las dos cintas de vídeo del caso del espionaje, en el que se investigaba la querella por injurias y calumnias que el presidente de la Junta, Manuel Chaves, presentó contra al ex presidente de la Caja San Fernando y dos periodistas después de que fuese acusado de haber ordenado la supuesta vigilancia de los ex presidentes de las cajas de ahorro sevillanas.
En la historia de los juzgados también destaca la desaparición de una serie de joyas que estaban depositadas en otros juzgados y del extraño robo que tuvo lugar a mediados de enero de 2004, cuando fue sustraído parte de un sumario relacionado con las diligencias abiertas a raíz de la detención de un vecino de la barriada de las Tres Mil Viviendas por tráfico de drogas. Además del sumario, el autor del robo se llevó una bolsa que contenía bisutería, tabaco caducado y un teléfono móvil. Los funcionarios que trabajan en los juzgados también han denunciado que les han quitado carteras con algo de dinero y hasta un equipo de música.
Después de los primeros robos, los jueces de Sevilla denunciaron fallos de seguridad en los juzgados, entre ellos que la celebración de los juicios rápidos por las tardes había posibilitado que se pudiera deambular por las distintas plantas del edificio sin que existiera un aparente control por parte de los servicios de seguridad.
La última referencia a las deficiencias que presenta el edificio del Prado de San Sebastián fue realizada el pasado enero por el juez decano, Federico Jiménez, quien en su informe anual afirmó que el inmueble "resulta manifiestamente inadecuado para la prestación del servicio público" y tiene carencias "sobradamente conocidas" en seguridad.

Chaves pide "disculpas" por el caso Iván y Sara

El presidente de la Junta, Manuel Chaves, pidió ayer "disculpas" en el caso de que la Administración autonómica hubiera cometido errores en el caso de los menores Iván y Sara. Después de once años de batalla judicial y con once sentencias favorables a la madre, la fallecida Carmen Fernández, todavía hay dudas sobre la responsabilidad de la Junta. No digo que sea la culpable al cien por cien de la situación, pero sí de una buena parte, y sobre todo es culpable de que la mujer muriera sin poder recibir el "asqueroso" dinero -como llegó a calificarlo Carmen Fernández en alguna ocasión- de la indemnización. La Junta asegura ahora que no privó a la madre del dinero puesto que la cantidad se consignó en el juzgado, pero intenta hacer olvidar que fue su recurso de amparo -no avalado ni siquiera por la Fiscalía por las escasas probabilidades de prosperar- el que impidió la entrega del dinero. Eso, por empezar por el final, pero lo más sangrante es cómo dos años de recuperarse de su alcoholismo, una madre se vio privada del derecho a estar con sus hijos, cuando el tiempo le dio la razón y uno de ellos, Sara, decidió volver a vivir con ella ocho años después de la brusca ruptura de la convivencia. Pedir disculpas está bien, sobre todo a un mes de las elecciones, pero con el tiempo transcurrido y los errores cometidos a veces las excusas no sirven para nada.

Caso Macarena: la juez impone una fianza de 70.000 euros a los tres imputados

La titular del juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla, Silvia Soto, ha impuesto una fianza de 70.000 euros a los tres procesados por el escándalo de las facturas falsas destapado en el distrito Macarena. Así lo ha acordado la magistrada en la resolución que decretó la apertura de juicio oral contra el ex director del área de Salud José Marín, el contratista José Pardo García, y el colaborador del distrito Macarena Manuel Portela, a los que se atribuyen delitos de malversación de caudales públicos y falsedad documental.
El auto requiere a los tres procesados tras la exculpación del ex concejal José Antonio García para que presten la fianza establecida en el plazo de 24 horas, aunque el dinero no ha sido consignado porque aún no se ha cerrado el período de notificación de la resolución. El objetivo de esta fianza, según explica la magistrada, es asegurar las posibles responsabilidad pecuniarias que se deriven de las presuntas irregularidades detectadas en 28 obras menores adjudicadas por el distrito a la empresa Contratas y Obras de Sevilla. De la cuantía de la fianza deben responder los tres imputados de forma solidaria y en el caso de que no la presten, la juez ha ordenado que se proceda al "embargo de sus bienes", una medida que resulta habitual.
La resolución considera que hay indicios de la participación de los tres imputados en los hechos denunciados, fundamentalmente por las pruebas periciales practicadas y los documentos aportados, así como las declaraciones de los testigos y de los propios acusados. La juez apunta que de las 28 obras menores urgentes pagadas por el Ayuntamiento al contratista José Pardo, en más de la mitad hay irregularidades. Junto a las dos que se pagaron y no se hicieron en relación con la demolición de unos módulos de la capilla de San Diego, la instructora de la causa estima que hay otras cuatro obras que tampoco fueron ejecutadas y, sin embargo, se pagaron, mientras que otras tres facturas habían sido duplicadas y en seis más la obra sólo llegó a realizarse de forma parcial.
En cuanto a la participación de cada uno de los imputados, el auto señala que a partir de diciembre de 2002, el contratista José Pardo "ideó valerse por su cuenta y riesgo del nombre de la empresa a fin de obtener adjudicaciones de obras menores de carácter urgente, y obtener una ganancia a título individual". El ex secretario del distrito José Marín y el colaborador Manuel Portela eran los "encargados de comprobar in situ que la obra se había realizado".
Sobre la forma en la que el contratista logró la adjudicación de las obras, la juez apunta que José Pardo, ex socio de Juan Guerra, "prevaliéndose del conocimiento personal que había adquirido respecto de José Marín y Manuel Portela, que detentaban cierto poder de decisión dentro del distrito Macarena, consiguió que le llamaran para realizar presupuestos en relación al importe de las obras menores".

07 febrero 2008

El Lute, ¿camina de nuevo?

Eleuterio Sánchez Rodríguez, El Lute, regresó ayer a los juzgados 27 años después de que el Gobierno le concediera el indulto. Su vuelta a los juzgados se produce para responder de los cargos de malos tratos y amenazas que le atribuye su ex esposa, aunque el propio Lute asegura que no se siente "imputado" ni tiene conciencia de haber cometido ningún delito porque que la denuncia presentada es "falsa". El Lute llegó con aspecto relajado y se mostró en todo momento amable con los numerosos reporteros gráficos y periodistas que habían acudido para seguir el juicio, en el que la Fiscalía solicita una condena de 20 meses de prisión para el que fuera el preso más conocido de España, condenado a muerte por un consejo de guerra y que protagonizó dos espectaculares fugas en 1961 y 1971. Antes de entrar en la sala de vistas para responder a las preguntas del fiscal, Eleuterio Sánchez criticó con dureza la ley integral de Violencia de Género, por cuanto, a su juicio, es inconstitucional al no preservar la presunción de inocencia de los acusados y no ofrecer la posibilidad de escuchar a ambas partes. En cuanto al caso concreto de los malos tratos que se le imputan, El Lute admitió que después de 18 años casado existían "desavenencias" con su ex esposa, con la que tiene dos hijos, y una situación de "desgaste", pero nunca malos tratos. En su opinión, la denuncia que presentó su mujer obedece a que ésta ha sido "mal orientada". Dos son los hechos concretos que le imputa la Fiscalía hispalense a Eleuterio Sánchez. El primero, haberle golpeado en el domicilio familiar, en Tomares, el día 16 de febrero de 2006, agresión que no causó lesión alguna a su mujer. El segundo, 12 días después, tuvo lugar en Punta Umbría (Huelva), donde el acusado localizó a su esposa acompañada de un amigo y le amenazó diciéndole que estaba "condenada a muerte", ante la negativa de la mujer a entrar en el coche. En cuanto al primero de los episodios, El Lute reconoció que hubo una "discusión", pero negó "en absoluto" haber agredido a su ex compañera, a la que acusó de llevar una "doble vida". Según su relato, la siguió hasta la localidad onubense porque quería "presenciar con sus propios ojos" que su mujer estaba con otro, pero no hubo ninguna violencia. "He pasado cosas muy serias en mi vida y no pierdo los estribos por estas tonterías", llegó a comentar El Lute, que añadió que sólo quería mantener una conversación "pacífica, de personas adultas". Frente a esta versión, la mujer de El Lute, C. C., mantuvo que ha sido insultada y golpeada por El Lute, quien le dejó hasta "las formas de sus manos" marcadas en las piernas. La mujer señaló que no denunció ese primer incidente de malos tratos porque se lo aconsejó un abogado, amigo de la familia, y le dio "pena" porque no quería que "la noticia estuviera en todos los periódicos al día siguiente". La esposa, que es ATS, dijo que recibió asistencia sanitaria y que el personal le aconsejó igualmente que no lo denunciara, una explicación que no quedó del todo clara porque existe un protocolo de actuación sanitaria para remitir de oficio al juzgado los partes de lesiones por estos casos.

Más sobre niños y madres: La juez fija la entrega de la niña saharaui para cuando acabe el curso escolar

La juez de Lora del Río ha fijado el próximo 23 de junio, cuando acabe el curso escolar, como fecha tope para que el matrimonio de Villaverde del Río entregue a su madre la niña saharaui que lleva viviendo con ellos desde hace casi dos años. La resolución destaca la situación "irregular" de la niña, que no ha sido acogida legalmente, y recuerda que la madre biológica, Ghedjemoula Mohamed Bibat, tiene derecho a recuperarla. Es más, la juez asegura que si la madre se va a vivir a Villaverde y demuestra que tiene recursos suficientes para mantener a la menor, la entrega será inmediata. Parece que en este caso, en principio, se ha evitado un nuevo caso Iván y Sara, aunque el abogado de la madre recurrirá a la Audiencia para que la entrega sea "inmediata" porque, "si todos reconocen la situación anómala, ¿para qué prolongarla durante otros cuatro o cinco meses?".

Caso Iván y Sara: La justicia vuelve a llegar tarde

El Tribunal Constitucional ha fallado a favor de Carmen Fernández, la madre de Iván y Sara, a la que ha confirmado el derecho a recibir 1,7 millones de indemnización por no recuperar a sus hijos. La sentencia, como ocurre muchas veces, llega tarde, cuando Carmen Fernández lleva ya dos meses muerta. El abogado Gabriel Velamazán, que desde hace once años acompañaba a la madre de Iván y Sara en la complicada batalla judicial que ésta emprendió para recuperar a sus hijos tras superar su alcoholismo, definió el momento como una "mezcla de sentimientos de alegría, pena y asco". La sentencia, añadió, "es un ramo de flores en su ataúd, porque Carmen podría haber cobrado la indemnización hace casi dos años".
La resolución del Alto Tribunal supone un auténtico varapalo a la Junta de Andalucía, cuya Consejería de Igualdad y Bienestar había acudido en amparo para tratar de reducir la indemnización hasta los 58.000 euros, cifra inferior a los 72.670 euros que había concedido el juez de Familia, Francisco Serrano, y que la Administración estimaba como adecuada teniendo en cuenta el "ahorro" en los gastos de manutención que la madre había experimentado mientras había sido privada de sus dos hijos menores de edad.

La sentencia del Tribunal Constitucional, contra la que no cabe en principio recurso alguno, desestima uno a uno los argumentos que había esgrimido la Administración autonómica, que había alegado que el quantum indemnizatorio no era razonable y vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva, por cuanto se estaba concediendo una indemnización por responsabilidad patrimonial por unos daños y perjuicios que correspondería determinar a la jurisdicción Contencioso-Administrativa. En cambio, los jueces del Constitucional advierten que el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva, puesto que, en el caso contrario, "las decisiones judiciales y los derechos que en ellas se reconocen no serían más que meras declaraciones de intenciones, sin alcance práctico ni efectividad alguna".

El Alto Tribunal llega a la conclusión de que la indemnización concedida en diciembre de 2005 por la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla no es irrazonable, arbitraria o incurre en error patente. Se trata de una resolución "singular", porque los magistrados al resolver sobre la situación de convivencia de los menores, acuerda la devolución a su madre y a continuación, atendiendo al propio interés de los menores, declara la imposibilidad de ejecutar el fallo y otorga la indemnización sustitutoria a la madre.

El Constitucional destaca la "gran complejidad" que supone determinar una indemnización en un caso en el que no existen precedentes ni ninguna prescripción legal al respecto, "correspondiendo al juzgador precisar, mediante el empleo de los pertinentes instrumentos hermenéuticos y de integración de normas, los conceptos y criterios compensatorios que permitan establecer el quantum indemnizatorio" por la imposibilidad de devolver los hijos menores a su madre. "El resultado interpretativo al que se llegue en el ejercicio de esa función podrá o no compartirse todo o en parte, o considerarse acertada o desacertada la ponderación realizada", pero desde el ángulo de su constitucionalidad el control sobre la motivación de las resoluciones impugnadas debe limitarse a comprobar si se vulnera el derecho fundamental invocado.

05 febrero 2008

Las asociaciones judiciales piden a los jueces que se limiten a cumplir los módulos

Comunicado de la comisión interasociativa permanente:
"La cuatro asociaciones judiciales – Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente- sugerimos a todos los jueces que, de ahora en adelante, se limiten a cumplir el cien por cien de los módulos.
Ya hemos recibido todos la nómina correspondiente al mes de enero de 2008.
No es necesario que os pongamos de manifiesto, porque es evidente, que nuestro poder adquisitivo sigue descendiendo un año más como consecuencia de la inflación, superior al cuatro por ciento, y de la congelación salarial sufrida por la imposición de un Ministerio de Justicia que, lejos de tomar en consideración nuestras justas reivindicaciones, ha buscado fórmulas para dejarnos de lado y hacernos de peor condición que al resto de los servidores públicos.
Sobran cartas publicitarias como la anunciada por el Ministerio. Es mejor que la omita si no quiere herirnos aún más: donde hay hechos no valen argumentos.
Es hora de que todos los jueces entendamos el “talante dialogante” que este Ministerio se atribuye tal y como ha demostrado con su comportamiento durante las negociaciones que no han servido más que para dilatar la solución al problema.
Denunciamos el incumplimiento de la promesa que en el curso de la reunión que tuvo lugar el día 27 de noviembre nos hizo el Secretario de Estado, Julio Pérez, de que emitiría una nota, firmada junto con otro alto cargo del Ministerio de Hacienda, en el sentido de que se eliminaría la congelación prevista para los dos próximos años. Ni siquiera se toman la molestia no ya de cumplir lo prometido, sino de hacer la promesa conforme al compromiso adquirido.
El Ministerio de Justicia, no sólo no ha reconocido y valorado el enorme esfuerzo que, por responsabilidad y ánimo de servicio público, la carrera judicial viene tradicionalmente realizando para paliar las graves deficiencias estructurales que sufre la Administración de Justicia (especialmente en número de jueces), hasta el punto que unos mil doscientos jueces superan el 120% del módulo máximo de trabajo establecido y otros tantos el 100% (en total el 60% supera el máximo rendimiento a cambio de una compensación ridícula), sino que nos agravia no aplicándonos sin justificación alguna las mejoras laborales que sí se han aplicado en los últimos años a la función pública: aumento de días de vacaciones, pagas extras completas, retribución de las sustituciones...
Por ello, no estamos dispuestos a seguir supliendo eternamente con nuestro esfuerzo las deficiencias estructurales que padece la Administración de Justicia, de las que no somos en absoluto responsables, y cuya solución intuimos no se abordará decididamente por el Gobierno en tanto continuemos supliéndolas con nuestro esfuerzo no recompensado.
Es el momento de empezar a responder a tantos desplantes y dejar claras nuestras reivindicaciones, teniendo en cuenta que este año negociaremos la Ley de Retribuciones.
En consecuencia:
Sugerimos a todos los jueces que, de ahora en adelante, se limiten a cumplir el cien por cien de los módulos."

04 febrero 2008

Los jueces piden 27 nuevos juzgados y la Junta sólo crea tres para este año...


Sevilla necesita que se creen 27 nuevos órganos judiciales para mejorar la respuesta de la Justicia y luchar contra el principal problema de la institución: la lentitud de los procesos judiciales. El juez decano de Sevilla, Federico Jiménez Ballester, ha elaborado un informe sobre la situación actual, que ha sido remitido al presidente de la Audiencia de Sevilla y al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el que reclama la creación de estos juzgados.
La cifra no es baladí, representa algo más del 30 por ciento del número de juzgados que hay en Sevilla (89), pero es que además supone que hacen falta más juzgados de los que se han creado en Andalucía desde que se transfirieron las competencias en materia de Justicia en 1997. Una comparación más muestra la realidad de las necesidades judiciales: los jueces reclaman que se pongan en marcha nueve veces más juzgados de los que el Ministerio de Justicia y la Consejería andaluza del ramo tienen previsto que entren en funcionamiento este año y que se limita a sólo tres. La programación de órganos para este año contempla que haya dos nuevos juzgados de lo Contencioso-Administrativo (los números 11 y 12) y un nuevo juzgado de Primera Instancia, el número 27, mientras que en la provincia se creará el juzgado mixto número 3 en la localidad de Lora del Río.
El estudio pormenorizado de las necesidades judiciales elaborado por el decano fundamenta sus conclusiones en las estadísticas sobre los asuntos que cada año entran en los juzgados de la capital y los módulos de trabajo que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que recogen el volumen de casos que cada juez debería conocer en un año.
Una de las principales reivindicaciones de los jueces radica en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo, que según el informe tendrían que duplicarse. El año pasado -en concreto el 30 de diciembre- se crearon los juzgados números 9 y 10, pero los magistrados reclaman ahora la creación de entre 10 y 11 nuevos órganos ante la situación de sobrecarga que vienen denunciando en los últimos años. Las estadísticas corroboran la saturación: los ocho juzgados de lo Contencioso-Administrativo ingresaron 12.552 asuntos, con lo que cada juzgado tramitó 1.569 casos. Si se tiene en cuenta que el máximo órgano de gobierno de los jueces ha fijado el módulo en 600 asuntos anuales, los magistrados de Sevilla tienen una saturación del 161 por ciento. Esta dramática situación lleva a algunos juzgados a fijar la celebración de vistas orales para dentro de dos años y, en alguna ocasión, hasta se ha suspendido cautelarmente el pago de una multa porque el magistrado ha entendido que no se puede hacer recaer siempre sobre el ciudadano el posible perjuicio por el retraso de la Administración de Justicia.
Junto a los juzgados de lo Contencioso, el informe reclama la creación de siete juzgados de Primera Instancia, entre ellos uno especializado en cuestiones de familia. En estos órganos se supera en un 32 por ciento la carga de trabajo que estima como adecuada el CGPJ, ya que el año pasado se registraron 23.057 asuntos, lo que supone 1.098 por cada juzgados frente a los 720 del módulo.
Lo mismo ocurre con los juzgados de Instrucción, los que investigan los delitos, que deberían incrementarse en seis más. El año pasado los 20 juzgados de Instrucción conocieron 171.569 diligencias previas y 24.852 juicios de faltas, lo que supone un desvío del 43 y 78 por ciento, respectivamente, sobre la carga óptima.
El informe exige además la creación de un nuevo juzgado de lo Social, otro de lo Mercantil y el segundo juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

02 febrero 2008

La Fiscalía apoya a la familia de Villaverde del Río para que la niña saharaui se quede momentáneamente

Ghedjemoula Mohamed acudió ayer a los juzgados de Lora del Río con la esperanza de ver a su hija y de que la Justicia ordenara al matrimonio de Villaverde con el que convive desde hace casi dos años que se la entregue. No se cumplió ni lo uno ni lo otro, al menos por el momento y hasta que la juez resuelva sobre la demanda de medidas provisionales planteada por la familia de acogida, que pretende que la niña siga viviendo provisionalmente con ellos por "motivos de salud". En la vista convocada para que cada parte expusiera su planteamiento, la Fiscalía de Sevilla se adhirió a la propuesta del matrimonio de Villaverde del Río y planteó a la juez que la menor continuara residiendo de forma transitoria con esta pareja hasta que el Equipo Psico-social del juzgado se pronuncie sobre la forma en que debe realizarse la entrega de la niña a su madre biológica, un asunto sobre el que no se plantea a priori ninguna controversia porque el propio Ministerio Público reconoce que no existe ninguna causa legal de desamparo. La intención de la Fiscalía es que la niña finalice el curso y a partir de ese momento se produzca una vuelta que durante este tiempo se iría favoreciendo a través de un régimen de visitas, según confirmaron ayer fuentes de la Fiscalía. Desde el Ministerio Público se quiere dejar claro que en este asunto "no se va a consolidar una situación de hecho" en un caso que comienza a evocar, salvando las distancias, el proceso que durante años padeció Carmen Fernández para tratar de recuperar a sus hijos Iván y Sara.La Fiscalía se posicionó ayer de esta forma al lado del matrimonio de Villaverde, cuyo abogado, Miguel Ángel Martínez, insistió ayer en que la familia no pretende arrebatarle la niña a su madre, sino que permanezca con ellos momentáneamente, mientras se recupera de su enfermedad -la niña fue operada de una cardiopatía- y se evita su vuelta al Sahara. El letrado confirmó que no se ha decidido una fecha concreta para la devolución de la niña, que como mínimo acabará el curso escolar en Villaverde, y evitó hacer cualquier otro pronunciamiento. "Lo hemos expuesto donde se debía exponer y ahora hay que esperar la resolución del juzgado", precisó el abogado del matrimonio.Frente a la postura de la Fiscalía y de los acogedores, el abogado Juan Ignacio Fernández de la Mata, solicitó la entrega inmediata de la niña, tal y como ha solicitado la madre en la denuncia por presunta sustracción de menores que ha presentado contra los acogedores de Villaverde. El abogado recordó que Ghedjemoula Mohamed lleva pidiendo la devolución desde octubre de 2006 y consideró "inaceptable tener que explicar por qué una niña tiene que estar con su madre biológica". Para Juan Ignacio Fernández de la Mata, resulta incomprensible que tanto la Fiscalía como el matrimonio reconozcan que la situación de la niña es "anómala" -no hay desamparo ni acogida legal- y sin embargo se pida al juez que la prolongue, porque "el problema crecerá con el tiempo". En cuanto al documento suscrito entre la pareja y la Asociación de Amigos del Pueblo Saharaui, en el que se comprometían a devolver a la niña cuando lo pidieran los padres biológicos, el letrado criticó que todas las partes "reconozcan que no es un documento legal y sin embargo sirva para que le entreguen la niña pero no para que la devuelvan".El abogado recordó que Ghedjemoula Mohamed quiere llevarse a su hija a Zaragoza, donde reside un abuelo de la niña en un piso de su propiedad, y lamentó las dificultades añadidas que pueden ocasionarse a la pequeña si se mantiene la actual situación. "¿Qué es mejor para la menor, cambiar de colegio o vivir con su madre?", se preguntó el letrado.

01 febrero 2008

La juez deja en libertad, bajo fianza de 12.000 euros, al parricida de Alcalá

Un mes después de que se produjera el parricidio de Alcalá de Guadaíra, el juzgado ha decretado hoy la puesta en libertad, bajo fianza de 12.000 euros, del joven que acabó con la vida de su padre. La juez ha atendido de esta forma la petición realizada por el abogado del acusado, Manuel Salinero, que pidió su excarcelación. En el caso del parricida de Alcalá de Guadaíra, que está acusado de haber dado muerte a su padre la madrugada del pasado 1 de enero, se han llevado a cabo dos reconstrucciones: la primera con la presencia del parricida y una segunda sin él, pero con un perito forense propuesto por su defensa.
Estas dos reconstrucciones y, sobre todo, los testimonios de las personas que se hallaban en el escenario del crimen, parecen respaldar el alegato de legítima defensa que defiende el abogado del parricida. De la investigación de los hechos ya ha trascendido que todo comenzó cuando el fallecido, Antonio Díaz Gómez, profesor de 57 años, salió al jardín de su casa, en la calle Pino Marítimo, y comenzó a disparar al aire con una escopeta para intimidar a los vecinos que estaban lanzando petardos para celebrar el año nuevo. Su hijo, A. D. P., salió entonces al encuentro del padre y le recriminó su actitud. Lo que no se conocía aún es que el incidente continuó después ya en el interior de la vivienda, donde el fallecido llegó a amenazar a su esposa, encañonándola con hasta dos escopetas y amenazándola de muerte, según han confirmado fuentes del caso.
Fue en ese momento, sobre las cinco de la madrugada, cuando volvió a reproducirse el enfrentamiento entre padre e hijo que acabó con la muerte del primero, que recibió dos impactos y tres puñaladas en el pecho y en el cuello. El parricida sostiene que los disparos se produjeron en el transcurso del forcejo que mantuvieron y todo ello marcado por una situación de gran violencia que habría generado la propia víctima.
Un aspecto que todavía no está claro es qué ocurrió entre las horas que transcurrieron entre el primer altercado, cuando el padre recriminó a los vecinos por lanzar los petardos, y la discusión que se genera posteriormente dentro de la propia vivienda, cuando la novia del acusado se hallaba dormida y la madre había subido a su habitación.
El abogado del detenido ha asegurado que el joven intervino para "tratar de apaciguar" y calmar el enfrentamiento con su padre, que padecía una psicosis maníaco-depresiva por la que estaba recibiendo tratamiento. La madre, la hermana y la novia del imputado han corroborado que el joven actuó en legítima defensa.
La víctima, según han precisado fuentes próximas a la investigación, comenzó a adquirir en los últimos meses diversas armas, todas ellas obtenidas con su correspondiente licencia. Lo que no se explica es cómo una persona que lleva varios años recibiendo tratamiento por problemas psicológicos pudo obtener las autorizaciones para todas esas armas, aunque este aspecto es ajeno en principio a la investigación por homicidio que realiza el juzgado de Instrucción número 3 de Alcalá de Guadaíra. La juez está a la espera de los informes forenses definitivos y de balística para volver a citar a declarar al parricida.

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