Dos tercios de los 21 vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su mayoría procedentes de la carrera, decidieron ayer confirmar la multa de 1.500 euros al titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, por el retraso injustificado en la ejecución de la condena de Santiago del Valle, presunto asesino de Mari Luz Cortés, por haber abusado de su propia hija.La confirmación de la sanción al juez Tirado contó con el voto favorable de 14 de los 21 vocales que integran el Poder Judicial, incluido su presidente, Carlos Dívar, quien recientemente aseguró que resultaría difícil que la decisión contentara a todo el mundo. Ocho de los nueve vocales propuestos por el PP también avalaron la multa, salvo la vocal Concepción Espejel, que formulará un voto particular al entender que el expediente debía archivarse porque el juez no cometió ninguna falta disciplinaria. La propuesta contó además con el respaldo de cinco de los nueve vocales propuestos por el PSOE, entre ellos los jueces procedentes de Andalucía Miguel Carmona, que presidió la Audiencia de Sevilla, Inmaculada Montalbán y Manuel Torres Vela.En el polo opuesto se sitúan seis vocales -cuatro propuestos por el PSOE y dos por CiU y PNV-, quienes se mostraron partidarios de imponer una sanción más grave al juez Tirado. En este grupo se encuentra el vocal Félix Azón, que elaboró la propuesta elevada ayer al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces y que defendió una suspensión de dos meses de empleo y sueldo. Los otros cinco vocales se posicionaron en la horquilla más grave que planteó el ponente del caso: sancionar al juez con seis meses de suspensión.La decisión del CGPJ coincide con la resolución acordada hace tres meses por el Consejo en el que predominaba una mayoría conservadora. El debate en el Pleno estuvo marcado por la calificación de la conducta de Rafael Tirado como grave o muy grave, extremo éste último que defendía la Fiscalía General del Estado, que había reclamado la suspensión del juez por un período de tres años y suponía además la pérdida del destino.La mayoría de los vocales concluyeron que la conducta de Tirado constituía sólo una falta grave de retraso injustificado en la ejecución de la sentencia de Santiago del Valle, derivada de una desatención leve de los asuntos de su juzgados, y añadía que al tratarse de una única causa ejecutoria la que acumulaba un retraso de más de dos años, no podía considerarse la infracción disciplinaria como muy grave.Varios integrantes del Poder Judicial se mostraron partidarios de elevar al máximo la cuantía de la multa impuesta a Rafael Tirado, pero esta postura no fue apoya por la mayoría.La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, que votó por endurecer la sanción, explicó a los periodistas que la decisión del máximo órgano de gobierno de los jueces era fruto de una "amplia mayoría judicial" y, por tanto, no podía tildarse de una postura corporativista por parte de los jueces, sino que se basa en el sometimiento a la ley y al principio de legalidad. Según Bravo, "no ha habido bloques" a la hora de resolver el caso, puesto que se ha valorado la doctrina del Tribunal Supremo y se ha buscado "el interés de aplicar por encima de todo la legalidad vigente".El Pleno del CGPJ desestimó ayer los recursos presentados tanto por la Fiscalía General del Estado, que pidió tres años de suspensión de empleo, como por el propio juez Rafael Tirado, que había solicitado el archivo del expediente disciplinario abierto hace nueves meses al estimar que no incurrió en ninguna infracción.
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24 diciembre 2008
23 diciembre 2008
Santiago del Valle es condenado a otros tres años de prisión por abusar de una cuarta niña
El juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla ha condenado a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, a otros tres años de cárcel por abusar de una cuarta niña, a la que abordó en el patio de un bloque de la barriada de La Oliva el 8 de diciembre de 2006.La sentencia considera probado que el acusado se acercó a la niña, aprovechando que estaba jugando sola y, tras cogerla en brazos, comenzó a realizarle tocamientos "con ánimo de satisfacer su deseo sexual". Los abusos fueron observados por una vecina, a la que el acusado contestó diciéndole que era un familiar de la pequeña, pero a continuación se dio a la fuga.La sentencia ha impuesto al pederasta la máxima condena, atendiendo a la corta edad de la víctima, de cuatro años, y la reincidencia delictiva de Del Valle, lo que evidencia su "peligrosidad". El pederasta deberá pagar además una indemnización de 10.000 euros a la víctima por el daño moral causado y no podrá acercarse a la menor durante cinco años.La juez considera probado los abusos, mediante una "maniobra engañosa" al darle un caramelo u otro objeto, y apunta que "es posible pensar que su intención fuese sacarla de allí para poder llevar a cabo su acción sin ser observado".
En cuanto a la eximente de trastorno mental que solicitó la defensa, la juez Mercedes Fernández entiende que no procede aplicársela, a pesar de que el acusado tiene reconocida una minusvalía del 75% y ha sido diagnosticado de esquizofrenia paranoide. La magistrada señala que el forense detectó en el acusado "una conducta manipulativa de su enfermedad con instrumentalización del proceso patológico, bien con fines rentistas de la pensión que cobra o bien para justificar su comportamiento presuntamente delictivo". El informe forense concluye que Del Valle no tiene alteradas sus capacidades y, por tanto, "era capaz de comprender la ilicitud de su actos y de actuar con arreglo a dicha comprensión".
El fallo precisa que, aunque Del Valle presenta un trastorno de tipo pedófilo, que se caracteriza "por tener impulsos sexuales, intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos sexuales con niñas prepúberes", tampoco esta parafilia se ve afectada por su alteración mental, por cuanto llegó a "pedir perdón" por lo ocurrido, con lo que reconoce que "lo que hizo está mal y es incorrecto" y al ser sorprendido no mantuvo su actitud, sino que dio una "cierta justificación" al decir que era un familiar de la niña. A continuación dejó a la menor y se marchó, en una reacción que para la juez "parece estar más cerca de quien tiene ya en ese momento justo un completo conocimiento de que no estaba bien lo que hacía". Ésta es la tercera condena de Del Valle, que acumula ya nueve años de prisión por otros tantos abusos.
En cuanto a la eximente de trastorno mental que solicitó la defensa, la juez Mercedes Fernández entiende que no procede aplicársela, a pesar de que el acusado tiene reconocida una minusvalía del 75% y ha sido diagnosticado de esquizofrenia paranoide. La magistrada señala que el forense detectó en el acusado "una conducta manipulativa de su enfermedad con instrumentalización del proceso patológico, bien con fines rentistas de la pensión que cobra o bien para justificar su comportamiento presuntamente delictivo". El informe forense concluye que Del Valle no tiene alteradas sus capacidades y, por tanto, "era capaz de comprender la ilicitud de su actos y de actuar con arreglo a dicha comprensión".
El fallo precisa que, aunque Del Valle presenta un trastorno de tipo pedófilo, que se caracteriza "por tener impulsos sexuales, intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos sexuales con niñas prepúberes", tampoco esta parafilia se ve afectada por su alteración mental, por cuanto llegó a "pedir perdón" por lo ocurrido, con lo que reconoce que "lo que hizo está mal y es incorrecto" y al ser sorprendido no mantuvo su actitud, sino que dio una "cierta justificación" al decir que era un familiar de la niña. A continuación dejó a la menor y se marchó, en una reacción que para la juez "parece estar más cerca de quien tiene ya en ese momento justo un completo conocimiento de que no estaba bien lo que hacía". Ésta es la tercera condena de Del Valle, que acumula ya nueve años de prisión por otros tantos abusos.
19 diciembre 2008
El vocal propone mantener la sanción de 1.500 euros o la suspensión por un tiempo no superior a seis meses
El vocal del CGPJ Félix Azón ha presentado hoy en el registro la propuesta que eleva al Pleno del próximo martes, en el que ha pedido que se mantenga la sanción de 1.500 euros impuesta al juez Tirado por los errores en la tramitación de la condena a Santiago del Valle, o de forma alternativa se califiquen los hechos como una falta muy grave y se le sancione con una suspensión de entre uno y seis meses.
Con esta propuesta, el juez Rafael Tirado no perdería el destino del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
La decisión final se conocerá el próximo martes, al término del Pleno del CGPJ, en el que sus 21 miembros deberán pronunciarse por una u otra sanción, aunque no tienen por qué ceñirse a la propuesta del vocal.
Con esta propuesta, el juez Rafael Tirado no perdería el destino del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
La decisión final se conocerá el próximo martes, al término del Pleno del CGPJ, en el que sus 21 miembros deberán pronunciarse por una u otra sanción, aunque no tienen por qué ceñirse a la propuesta del vocal.
18 diciembre 2008
La Junta tarda de dos a tres meses en cubrir las bajas de los funcionarios judiciales
La Consejería de Justicia de la Junta emplea una media de dos a tres meses en cubrir una baja de un funcionario de los juzgados. Ésta es una de las principales conclusiones a las que ha llegado el informe elaborado por la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a raíz de la polémica que surgió en torno a los errores judiciales por el caso Mari Luz.El estudio señala que el tiempo medio de espera desde que solicita la cobertura de una baja hasta que la Consejería de Justicia envía a un funcionario interino transcurren 60 días, un plazo que varía entre unas delegaciones provinciales de Justicia y otras, aunque "no son pocas las que demoran el tiempo de cobertura a casi tres meses desde que se produce la vacante".El análisis del TSJA también advierte sobre la falta de convocatorias de oposiciones en la Administración de Justicia y de las "interinidades continuas" que hacen que sea "habitual" que un trabajador permanezca entre cinco y nueve años como personal interino en los juzgados, si bien se detectaron "interinidades que se remontan hasta 25 años".
El informe critica que al haber acudido al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en busca de personal, tras haber quedado agotadas las bolsas de interinos, desde hace dos años la Junta ha enviado a los juzgados trabajadores sin experiencia previa ni formación en materia judicial -se han dado casos de ceramistas, puericultoras o peluqueras-, por lo que el TSJA culpa a la Consejería de haber actuado con un "alto grado de improvisación" en el nombramiento de estos trabajadores.El Alto Tribunal andaluz avala estas afirmaciones con los datos estadísticos recopilados en el estudio, que ponen de manifiesto que de los 1.417 funcionarios de Justicia que hay en Sevilla y provincia, el 70,3% son trabajadores titulares de las plazas (997 personas) y el 29,7% (420) son interinos. De esos 420 interinos, 116 procedían del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en el periodo en que se realizó el estudio, entre abril y junio pasado.La situación reviste una especial gravedad en los juzgados de lo Penal de Sevilla, donde estalló el escándalo por los retrasos en la ejecución de la condena al pederasta Santiago del Valle. Dice el detallado análisis del TSJA que de los 104 funcionarios que deben cubrir esta planta, sólo 33 son titulares y 71 interinos, lo que representa una tasa de interinidad del 68,3%, la más alta de todas las jurisdicciones.El TSJA concluye que es preciso incrementar las plantillas de los órganos judiciales de Sevilla con al menos 282 nuevas plazas de funcionarios para adecuarlas a la carga de trabajo de estos juzgados. El informe dibuja un futuro poco halagüeño y hasta "desolador", por cuanto la creación de tres nuevos órganos judiciales a partir del próximo día 30, con una planta prevista de 25 nuevos funcionarios, vendrá a "agravar" la situación de déficit de funcionarios titulares en los juzgados de Sevilla, con el consiguiente incremento del número de interinos destinados en las sedes judiciales.El informe acoge con satisfacción el reciente Plan de Modernización de la Justicia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en noviembre pasado, pero se muestra "pesimista" sobre que las medidas propuestas puedan ofrecer resultados a corto plazo.
El informe critica que al haber acudido al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en busca de personal, tras haber quedado agotadas las bolsas de interinos, desde hace dos años la Junta ha enviado a los juzgados trabajadores sin experiencia previa ni formación en materia judicial -se han dado casos de ceramistas, puericultoras o peluqueras-, por lo que el TSJA culpa a la Consejería de haber actuado con un "alto grado de improvisación" en el nombramiento de estos trabajadores.El Alto Tribunal andaluz avala estas afirmaciones con los datos estadísticos recopilados en el estudio, que ponen de manifiesto que de los 1.417 funcionarios de Justicia que hay en Sevilla y provincia, el 70,3% son trabajadores titulares de las plazas (997 personas) y el 29,7% (420) son interinos. De esos 420 interinos, 116 procedían del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en el periodo en que se realizó el estudio, entre abril y junio pasado.La situación reviste una especial gravedad en los juzgados de lo Penal de Sevilla, donde estalló el escándalo por los retrasos en la ejecución de la condena al pederasta Santiago del Valle. Dice el detallado análisis del TSJA que de los 104 funcionarios que deben cubrir esta planta, sólo 33 son titulares y 71 interinos, lo que representa una tasa de interinidad del 68,3%, la más alta de todas las jurisdicciones.El TSJA concluye que es preciso incrementar las plantillas de los órganos judiciales de Sevilla con al menos 282 nuevas plazas de funcionarios para adecuarlas a la carga de trabajo de estos juzgados. El informe dibuja un futuro poco halagüeño y hasta "desolador", por cuanto la creación de tres nuevos órganos judiciales a partir del próximo día 30, con una planta prevista de 25 nuevos funcionarios, vendrá a "agravar" la situación de déficit de funcionarios titulares en los juzgados de Sevilla, con el consiguiente incremento del número de interinos destinados en las sedes judiciales.El informe acoge con satisfacción el reciente Plan de Modernización de la Justicia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en noviembre pasado, pero se muestra "pesimista" sobre que las medidas propuestas puedan ofrecer resultados a corto plazo.
15 diciembre 2008
ÚLTIMA HORA: El CGPJ decide ahora que la sanción a Tirado se estudie en un Pleno el próximo 23 de diciembre
El CGPJ ha decidido finalmente que no esperará al próximo año para decidir la sanción al juez Rafael Tirado por el retraso en la tramitación de la sentencia que condenó a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz. La sanción será revisada en un Pleno el próximo 23 de diciembre, para lo cual se ha retrasado la sesión prevista para este miércoles. De esta forma, se da tiempo al ponente del caso, el vocal Félix Azón, para acabar de elaborar la propuesta de sanción que deberá debatir el máximo órgano de gobierno de los jueces en voto nominal y secreto.
14 diciembre 2008
El Poder Judicial aplaza a enero la decisión sobre la sanción al juez Rafael Tirado
No se conocerá hasta mediados de enero. El CGPJ ha decidido retrasar al Pleno que celebrará después de las vacaciones de Navidad la votación sobre la sanción que debe imponerse al juez Rafael Tirado por el retraso en la ejecución de la condena impuesta a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz.
El retraso de la resolución -estaba previsto que se resolviera en el Pleno del próximo miércoles, día 17-, se debe a que el vocal Félix Azón, que ha sido designado ponente del caso, aún no ha elaborado la propuesta de sanción que debe elevar al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces.
El retraso de la resolución -estaba previsto que se resolviera en el Pleno del próximo miércoles, día 17-, se debe a que el vocal Félix Azón, que ha sido designado ponente del caso, aún no ha elaborado la propuesta de sanción que debe elevar al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces.
Suma y sigue, el robo de la droga en la Jefatura ha obligado ya a liberar a cinco supuestos 'narcos'
El robo de los 100 kilos de cocaína en la Jefatura Superior de Policía de Blas Infante ha obligado a liberar hasta ahora a unos cinco presuntos narcotraficantes, después de que los contraanálisis hayan demostrado el cambiazo de los estupefacientes por otras sustancias como cafeína o yeso.El último caso conocido, en el que están implicadas cuatro personas -un español y tres colombianos- se produjo tras la aprehensión de más de 16 kilos de cocaína. La mayor parte de la droga, unos 15 kilos, fueron intervenidos en octubre de 2007 al ciudadano colombiano V. A. P. Q., que fue sorprendido con esta sustancia en el parque Amate de Sevilla. Tras la detención de este sospechoso, fueron arrestadas otros tres implicados, entre ellas dos mujeres colombianas a las que la Policía decomisó casi un kilo de cocaína.
Los cuatro sospechosos ingresaron inicialmente en prisión provisional por orden judicial.Al igual que ocurrió la semana pasada con un presunto traficante, que quedó libre a la espera de juicio mientras se practicaba un análisis a la muestra de droga que se le intervino, en el caso de estas cuatro personas el autor del robo realizó el cambio de la droga por otras sustancias. Así, cuando el área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno practicó los correspondientes contraanálisis a la supuesta cocaína intervenida a V. A. P. Q. se descubrió que había en su lugar sulfato de calcio, es decir, yeso, por lo que el juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, encargado del caso, ordenó la puesta en libertad de los detenidos.Toda La droga incautada en esta operación no fue sustituida por yeso, como ocurrió con los más de 900 gramos de cocaína que fueron aprehendidos a una de las mujeres colombianas. El contraanálisis de este alijo permitió determinar que, efectivamente, la sustancia era cocaína, pero para sorpresa de los peritos se trataba de una sustancia de mayor pureza, lo que pone de manifiesto que no se trataba de la misma droga, según fuentes del caso.La unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional investiga desde hace más de seis meses el robo de los 100 kilos de cocaína en y, aun cuando desde un primer momento se anunció una rápida resolución del caso, de momento no se ha producido ninguna detención. La dificultad para recabar pruebas en contra del autor o autores del robo podría explicar que no se haya practicado ningún arresto y que se estén realizando pruebas de ADN a varias decenas de policías de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco).
Los cuatro sospechosos ingresaron inicialmente en prisión provisional por orden judicial.Al igual que ocurrió la semana pasada con un presunto traficante, que quedó libre a la espera de juicio mientras se practicaba un análisis a la muestra de droga que se le intervino, en el caso de estas cuatro personas el autor del robo realizó el cambio de la droga por otras sustancias. Así, cuando el área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno practicó los correspondientes contraanálisis a la supuesta cocaína intervenida a V. A. P. Q. se descubrió que había en su lugar sulfato de calcio, es decir, yeso, por lo que el juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, encargado del caso, ordenó la puesta en libertad de los detenidos.Toda La droga incautada en esta operación no fue sustituida por yeso, como ocurrió con los más de 900 gramos de cocaína que fueron aprehendidos a una de las mujeres colombianas. El contraanálisis de este alijo permitió determinar que, efectivamente, la sustancia era cocaína, pero para sorpresa de los peritos se trataba de una sustancia de mayor pureza, lo que pone de manifiesto que no se trataba de la misma droga, según fuentes del caso.La unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional investiga desde hace más de seis meses el robo de los 100 kilos de cocaína en y, aun cuando desde un primer momento se anunció una rápida resolución del caso, de momento no se ha producido ninguna detención. La dificultad para recabar pruebas en contra del autor o autores del robo podría explicar que no se haya practicado ningún arresto y que se estén realizando pruebas de ADN a varias decenas de policías de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco).
08 diciembre 2008
El hacinamiento de los archivos de Viapol
El sindicato CSI-CSIF ha denunciado ante el comité de seguridad y salud laboral de la Delegación provincial de Justicia la situación de hacinamiento en la que se encuentran los archivos de los juzgados de Primera Instancia y de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ubicados en la sede judicial del edificio Viapol. Falta de espacio, suelo irregular que provoca continuos tropiezos y una temperatura inadecuada son algunas de las deficiencias que el sindicato ha puesto en conocimiento de la Junta.La denuncia hace especial hincapié en el estado en el que se encuentran los juzgados de Primera Instancia números 19 y 20, donde los funcionarios trabajan en unas condiciones de habitabilidad que, según CSI-CSIF, "dejan bastante que desear". La situación es tan conflictiva que, en el juzgado de Primera Instancia número 19, los funcionarios han colgado un cartel en la puerta que avisa a los ciudadanos de que el órgano judicial y los trabajadores que pueden atenderles están situados justo "detrás de las cajas" (sic), en alusión a la ingente cantidad de archivadores de cartón y expedientes que reciben a los usuarios y dejan reducido a un angosto pasillo el acceso al juzgado. Algo parecido sucede en el juzgado de Primera Instancia número 20, donde, según explica CSI-CSIF, cuando un ciudadano o un trabajador entra en las dependencias, "empujando la puerta de acceso se encuentra, de repente, y a su derecha, con el pequeño habitáculo destinado al funcionario encargado de informar al usuario sobre el modo y forma de dirigirse al resto o, en su caso, indicarles el camino a los despachos de juez y secretaria". El sindicato considera que una circunstancia rutinaria se convierte de esta forma y en este juzgado en un "calvario" para el ciudadano, que recibe información "prácticamente fuera del juzgado, dirigido por pasillos estrechos y llenos de obstáculos y atendidos finalmente en un ambiente de absoluta indiscreción por la proximidad de los funcionarios y otros usuarios".Los representantes de los trabajadores señalan que las molestias también las sufren los propios funcionarios, muchos de los cuales se quejan de "hematomas constantes" por los tropiezos con los diversos obstáculos que hay en los juzgados, en los que tienen incluso que atravesar pasillos con unas distancias inferiores a los "50 centímetros". El sindicato pone de manifiesto un dato que revela la situación que, por ejemplo, se produce en el juzgado número 20: la totalidad de la superficie destinada en el órgano para los funcionarios y usuarios es aproximadamente de 45 metros cuadrados, está ocupada por 31 módulos de estanterías, 12 mesas de trabajo y 12 anexas, 20 sillas de distinto tipo, dos impresoras, fax y fotocopiadora.Esa insuficiencia de espacio para los archivos provoca que las estanterías estén abarrotadas, llegando en algunos casos hasta el techo, y que haya expedientes por los suelos. Una funcionaria de Viapol explicó ayer que llevan esperando desde febrero pasado la entrega de una estantería, después de que en esa fecha fuesen los técnicos a tomar las medidas.El reciente incremento de los asuntos que llegan a estos juzgados con motivo de la crisis -ejecuciones hipotecarias por impago de los créditos y reclamaciones de otras deudas- no contribuye a aliviar la situación de saturación que afecta a estos órganos.
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Administración de Justicia
Un informe de la Policía revela que el depósito de donde desaparecieron los 100 kilos de cocaína no era seguro
El antiguo calabozo de la Jefatura Superior de Policía de Blas Infante de Sevilla, del que fueron sustraídos 100 kilos de cocaína, no reunía las condiciones para garantizar la seguridad de las sustancias estupefacientes. Así se desprende de un informe elaborado por el jefe de la Udyco en junio pasado y que pone de manifiesto que la cerradura del calabozo que albergaba la droga aprehendida en las operaciones policiales se hallaba obstruida "con un trozo de cinta adhesiva", lo que en la práctica representaba anular este cierre. Esta circunstancia, unida a que todos los agentes de la Udyco -medio centenar- y otros funcionarios de la Brigada Provincial de Policía Judicial tenían acceso al calabozo, ha impedido que seis meses después de que se destapara el escándalo la unidad de Asuntos Internos haya culminado su investigación con la detención de algún sospechoso de unos robos que se llevaron a cabo en pequeñas cantidades y en un tiempo inferior a un año.
Ni siquiera la colocación de una "microcámara" en el calabozo usado como depósito -una vez detectada la sustracción de la droga- logró detectar al responsable o los responsables de un delito que se urdió desde dentro, según las líneas de investigación más razonables con las que trabaja la Policía.El informe de la Udyco fue enviado al juzgado el 13 de junio, ocho días después de que los agentes del grupo segundo de esta unidad detectaran el cambiazo de cinco kilos de cocaína que habían sido aprehendidos el 27 de febrero en el aeropuerto de San Pablo por otra sustancia que, después de un nuevo análisis químico, resultó ser cafeína. Este alijo fue depositado el mismo día, tras su análisis, en un "caja de cartón de las usadas para llevar folios" y almacenado en el antiguo calabozo donde la Policía sevillana guardaba las sustancias intervenidas.
Cuando la juez ordenó a finales de mayo la remisión de la droga al área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en la provincia para la realización de un segundo análisis, los policías descubrieron que faltaba uno de los seis lotes intervenidos y que los pesos de los restantes no coincidían. El análisis de los paquetes certificó que alguien había dado el cambiazo.El documento explica -a instancias de la propia juez, que ordenó un informe exhaustivo de lo ocurrido- que para acceder a ese calabozo es necesaria una "autorización" del jefe de la Udyco y sortear tres cierres: una llave maestra y dos candados con llaves distintas que fueron "colocados como medidas de seguridad añadida hace años cuando la Superioridad decidió que los alijos se depositaran en dichos calabozos". La persona que sustituyó la droga por sustancias similares tenía que abrir primero una puerta de hierro -con una llave maestra que es la misma para todas las celdas- y después salvar un primer candado. A un metro y medio se encuentra una segunda puerta -similar a la anterior- con otro candado y, una vez abierta, permite el acceso a la celda de los estupefacientes. Sin embargo, la cerradura de este calabozo esta obstruida con la cinta adhesiva, con lo que en realidad estaba abierto.
El responsable del informe atribuye la colocación de la cinta a que "el autor de la supuesta manipulación ha optado por anular esta cerradura, de tal forma que, a la hora de abrir la puerta, solamente tiene el obstáculo de los dos candados existentes", precisa el documento entregado a la juez. En cuanto a las personas que podían haber entrado en el calabozo con motivo de sus funciones policiales -específicamente para sacar un alijo o introducir uno nuevo-, el documento precisa que desde el 27 de febrero accedieron a esta celda un total de 12 agentes de los tres grupos de la Udyco, pero advierte que con anterioridad a esta fecha "la totalidad de funcionarios adscritos a estos grupos" han tenido acceso al mismo. Es más, otros policías autorizados por el jefe de la Udyco y pertenecientes tanto a comisarías locales como a otros grupos de la Brigada Provincial de Policía Judicial también accedieron al depósito de las sustancias estupefacientes. El informe apunta, asimismo, que en las dependencias de los calabozos están ubicadas las taquillas de los policías nacionales que se encuentran en prácticas, por lo que "en alguna ocasión que se ha tenido que bajar a los calabozos, se ha coincidido con algunos de los funcionarios en prácticas que estaban utilizando las taquillas asignadas".
El jefe de la Udyco también pone en conocimiento de la juez que, tras detectarse la sustracción, se procedió a instalar una microcámara, "en previsión de que pudiese identificarse al autor del delito que se investiga", una actuación que hasta la fecha no ha dado ningún resultado.En cualquier caso, los investigadores no dudan de que los robos se llevaron a cabo desde dentro e incluso algunas fuentes de la investigación aseguran que la unidad de Asuntos Internos que dirige el caso había identificado a un posible sospechoso, pero seis meses después sigue sin registrarse ninguna detención.
Ni siquiera la colocación de una "microcámara" en el calabozo usado como depósito -una vez detectada la sustracción de la droga- logró detectar al responsable o los responsables de un delito que se urdió desde dentro, según las líneas de investigación más razonables con las que trabaja la Policía.El informe de la Udyco fue enviado al juzgado el 13 de junio, ocho días después de que los agentes del grupo segundo de esta unidad detectaran el cambiazo de cinco kilos de cocaína que habían sido aprehendidos el 27 de febrero en el aeropuerto de San Pablo por otra sustancia que, después de un nuevo análisis químico, resultó ser cafeína. Este alijo fue depositado el mismo día, tras su análisis, en un "caja de cartón de las usadas para llevar folios" y almacenado en el antiguo calabozo donde la Policía sevillana guardaba las sustancias intervenidas.
Cuando la juez ordenó a finales de mayo la remisión de la droga al área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en la provincia para la realización de un segundo análisis, los policías descubrieron que faltaba uno de los seis lotes intervenidos y que los pesos de los restantes no coincidían. El análisis de los paquetes certificó que alguien había dado el cambiazo.El documento explica -a instancias de la propia juez, que ordenó un informe exhaustivo de lo ocurrido- que para acceder a ese calabozo es necesaria una "autorización" del jefe de la Udyco y sortear tres cierres: una llave maestra y dos candados con llaves distintas que fueron "colocados como medidas de seguridad añadida hace años cuando la Superioridad decidió que los alijos se depositaran en dichos calabozos". La persona que sustituyó la droga por sustancias similares tenía que abrir primero una puerta de hierro -con una llave maestra que es la misma para todas las celdas- y después salvar un primer candado. A un metro y medio se encuentra una segunda puerta -similar a la anterior- con otro candado y, una vez abierta, permite el acceso a la celda de los estupefacientes. Sin embargo, la cerradura de este calabozo esta obstruida con la cinta adhesiva, con lo que en realidad estaba abierto.
El responsable del informe atribuye la colocación de la cinta a que "el autor de la supuesta manipulación ha optado por anular esta cerradura, de tal forma que, a la hora de abrir la puerta, solamente tiene el obstáculo de los dos candados existentes", precisa el documento entregado a la juez. En cuanto a las personas que podían haber entrado en el calabozo con motivo de sus funciones policiales -específicamente para sacar un alijo o introducir uno nuevo-, el documento precisa que desde el 27 de febrero accedieron a esta celda un total de 12 agentes de los tres grupos de la Udyco, pero advierte que con anterioridad a esta fecha "la totalidad de funcionarios adscritos a estos grupos" han tenido acceso al mismo. Es más, otros policías autorizados por el jefe de la Udyco y pertenecientes tanto a comisarías locales como a otros grupos de la Brigada Provincial de Policía Judicial también accedieron al depósito de las sustancias estupefacientes. El informe apunta, asimismo, que en las dependencias de los calabozos están ubicadas las taquillas de los policías nacionales que se encuentran en prácticas, por lo que "en alguna ocasión que se ha tenido que bajar a los calabozos, se ha coincidido con algunos de los funcionarios en prácticas que estaban utilizando las taquillas asignadas".
El jefe de la Udyco también pone en conocimiento de la juez que, tras detectarse la sustracción, se procedió a instalar una microcámara, "en previsión de que pudiese identificarse al autor del delito que se investiga", una actuación que hasta la fecha no ha dado ningún resultado.En cualquier caso, los investigadores no dudan de que los robos se llevaron a cabo desde dentro e incluso algunas fuentes de la investigación aseguran que la unidad de Asuntos Internos que dirige el caso había identificado a un posible sospechoso, pero seis meses después sigue sin registrarse ninguna detención.
El jurado cree que la niñera boliviana cometió una imprudencia, no un homicidio
El jurado popular que ha enjuiciado a una niñera boliviana acusada de la muerte de un niño de ocho años con parálisis cerebral al que abandonó durante 43 horas consideró ayer que la acusada sólo es culpable de una imprudencia y no de un homicidio doloso. El veredicto emitido por los nueve ciudadanos que conforman el jurado consideró que Irene C. C., de 20 años, es culpable de un delito de homicidio por imprudencia, en el que ha apreciado tres circunstancias atenuantes en su conducta. El jurado popular aprecia como una atenuante la "rigidez cognitiva" de la acusada, que le impidió alertar a la Policía de la pérdida de las llaves del domicilio donde cuidaba al menor; también su arrepentimiento, en relación con la carta que envió a los padres pidiéndoles perdón tras la muerte del pequeño; y las dilaciones indebidas producidas en un caso cuya instrucción finalizó hace año y medio.
El veredicto declaró probado que los padres de la víctima contrataron en junio de 2006 a la niñera boliviana para la realización de las tareas del hogar y el cuidado de uno de sus cuatro hijos, que padecía una parálisis cerebral por la que requería de una ayuda constante, dado que no podía beber ni comer sólo o moverse por sí mismo.Con motivo de una celebración, la familia se desplazó el fin de semana del 26 de agosto de 2006 a la ciudad de Ceuta y el niño quedó al cuidado de la imputada.
El jurado también ha estimado como probado que sobre la 1:00 de la madrugada la niñera salió del domicilio ubicado en la avenida de San Francisco Javier y, tras haber bebido algunas cervezas con unas amigas, se marchó a una discoteca. Allí conoció a un chico de nacionalidad ecuatoriana a quien, en "prueba de amor", entregó las llaves del domicilio mientras iba al baño. A su regreso, el joven ya no estaba y a pesar de que lo buscó por dentro y fuera de la discoteca, no lo localizó.El jurado ha creído la versión de acusada, según la cual, desde ese momento y durante las horas siguientes estuvo buscando al joven para tratar de recuperar las llaves y volver al domicilio en el que había dejado al menor durmiendo la noche del sábado. No fue hasta la tarde del lunes 28 de agosto cuando los padres regresaron y hallaron al pequeño completamente deshidratado, por lo que lo trasladaron al hospital Virgen del Rocío, donde ingresó ya cadáver.La Fiscalía entendía que Irene C. C. era responsable de un delito de homicidio, porque su acción se había cometido con dolo o intención, pero frente a esta postura del Ministerio Público, el jurado entiende que la acusada simpre pensó que podría volver al domicilio sin que le pasara nada al menor porque aunque era consciente de lo que podía ocurrir "no se le presentó como probable la muerte del niño".En esta decisión ha influido el informe elaborado por dos psicólogos que examinaron a la niñera boliviana y que concluyeron que su excesiva "rigidez cognitiva" o "pensamiento en tubo" no le hacían ver otras alternativas a la recuperación de las llaves como haber llamado por ejemplo a la Policía.Tras el veredicto del jurado, el fiscal pidió dos años de cárcel para la cuidadoras, mientras que la acusación particular que ejercen los padres elevó la petición a cuatro años. La defensa solicitó la pena mínima de tres meses.
El veredicto declaró probado que los padres de la víctima contrataron en junio de 2006 a la niñera boliviana para la realización de las tareas del hogar y el cuidado de uno de sus cuatro hijos, que padecía una parálisis cerebral por la que requería de una ayuda constante, dado que no podía beber ni comer sólo o moverse por sí mismo.Con motivo de una celebración, la familia se desplazó el fin de semana del 26 de agosto de 2006 a la ciudad de Ceuta y el niño quedó al cuidado de la imputada.
El jurado también ha estimado como probado que sobre la 1:00 de la madrugada la niñera salió del domicilio ubicado en la avenida de San Francisco Javier y, tras haber bebido algunas cervezas con unas amigas, se marchó a una discoteca. Allí conoció a un chico de nacionalidad ecuatoriana a quien, en "prueba de amor", entregó las llaves del domicilio mientras iba al baño. A su regreso, el joven ya no estaba y a pesar de que lo buscó por dentro y fuera de la discoteca, no lo localizó.El jurado ha creído la versión de acusada, según la cual, desde ese momento y durante las horas siguientes estuvo buscando al joven para tratar de recuperar las llaves y volver al domicilio en el que había dejado al menor durmiendo la noche del sábado. No fue hasta la tarde del lunes 28 de agosto cuando los padres regresaron y hallaron al pequeño completamente deshidratado, por lo que lo trasladaron al hospital Virgen del Rocío, donde ingresó ya cadáver.La Fiscalía entendía que Irene C. C. era responsable de un delito de homicidio, porque su acción se había cometido con dolo o intención, pero frente a esta postura del Ministerio Público, el jurado entiende que la acusada simpre pensó que podría volver al domicilio sin que le pasara nada al menor porque aunque era consciente de lo que podía ocurrir "no se le presentó como probable la muerte del niño".En esta decisión ha influido el informe elaborado por dos psicólogos que examinaron a la niñera boliviana y que concluyeron que su excesiva "rigidez cognitiva" o "pensamiento en tubo" no le hacían ver otras alternativas a la recuperación de las llaves como haber llamado por ejemplo a la Policía.Tras el veredicto del jurado, el fiscal pidió dos años de cárcel para la cuidadoras, mientras que la acusación particular que ejercen los padres elevó la petición a cuatro años. La defensa solicitó la pena mínima de tres meses.
02 diciembre 2008
La niñera boliviana que abandonó a un niño enfermo dice que no llamó a la Policía por "miedo" dado que estaba ilegalmente en España
La Audiencia de Sevilla inició ayer el juicio contra la niñera boliviana Irene C. C., que se enfrenta a una condena de diez años, acusada de la muerte de un niño que sufría una parálisis cerebral y al que dejó abandonado durante 43 horas mientras sus padres se hallaban de viaje en Ceuta.Durante la primera sesión de la vista oral, la niñera trató de explicar a los nueve miembros del jurado por qué no avisó a la Policía ni puso en conocimiento de sus amigos que había perdido las llaves de la vivienda, que entregó a un chico ecuatoriano que conoció en una discoteca.
En su relato de los hechos, la acusada dijo que nunca dejó de pensar en el niño enfermo -que necesitaba la ayuda de otra persona para cubrir todas sus necesidades, ya que solo no podía comer ni beber, ni pedir ayuda porque no hablaba- y atribuyó el hecho de que durante esas más de 40 horas no avisara a la Policía al "miedo" que tenía por hallarse de manera irregular en España.Irene C. C. explicó ayer al jurado que comenzó a trabajar en el domicilio del pequeño, ubicado en la avenida de San Francisco Javier, por mediación de una religiosa, que le indicó que la familia buscaba una persona para la realización de las tareas del hogar. Según la acusada, una semana después de comenzar a trabajar en la casa, la madre del niño le dijo que tenía que darle de comer y beber al pequeño, que tenía ocho años, aunque a la cuidadora le daban "miedo" las crisis respiratorias que sufría.A finales de agosto, la madre le comentó que se quedaría cuidando al niño un fin de semana, mientras acudían a una reunión familiar en Ceuta. Los padres se marcharon el sábado 26 de agosto, sobre las diez de la mañana, después de dejarle preparadas las dosis de medicamentos que tenía que tomar el niño, separadas por días para facilitar la labor de la acusada hasta su regreso, previsto para el lunes 28.La cuidadora reconoció que estuvo todo el día con el niño, al que bajó por la tarde al parque, como de costumbre.
Después de darle la cena y los medicamentos, el niño se durmió sobre las diez de la noche. Irene C. C. permaneció en la vivienda hasta las doce de la noche, cuando decidió ir a casa de una amiga, donde estuvo bebiendo algunas cervezas. De ahí se marchó a una discoteca, aunque ayer dijo que ésta no fue su intención inicial y alegó que en todo ese momento se "preocupó" por el niño y "pensaba volver pronto" al domicilio.En la discoteca conoció a un joven ecuatoriano -que no puede declarar puesto que ha fallecido en un accidente de moto-, con el que continuó bebiendo y llegó a bailar. Según el testimonio de la boliviana, ya eran las 2.45 horas de la madrugada. "Yo sabía que el niño dormía tranquilo", respondió la cuidadora cuando el fiscal le preguntó si en ese momento también se preocupó por el pequeño. A continuación y mientras iba al baño, la acusada entregó las llaves de la casa al ecuatoriano -sobre las seis de la madrugada-, según dijo durante la instrucción del caso, "en prueba de amor", aunque ayer no hizo referencia a esta motivación durante su comparecencia ante el tribunal.A su regreso del baño, el joven ya no estaba, por lo que estuvo buscándole dentro y fuera de la discoteca, llegando a coger un taxi y pidiendo el número de teléfono a un amigo del ecuatoriano. Sobre las ocho de la mañana se fue a casa de una amiga, se duchó y volvió a salir sobre las nueve en dirección al barrio de la Macarena, donde vivía el joven al que había entregado las llaves. "Tenía la obsesión de encontrar la llave y de que iba a volver al trabajo y no iba a pasar nada", dijo la acusada, que regresó a mediodía al piso. Por la tarde continuó la búsqueda del ecuatoriano en unas canchas de baloncesto y por la noche se fue a dormir al domicilio de su amiga.
Esa noche, cuando le llamaron los padres del menor, les dijo que todo "estaba bien".Al día siguiente, lunes 28 de agosto, regresó a la Macarena y buscó al joven por las panaderías de la zona, dado que le habían que trabajaba en una de ellas, pero siguió sin localizarle. Cuando a media tarde le llamó la madre del niño y comprobó que lloraba, le dijo que se había muerto "su madre en Bolivia", pero no le contó la verdad. La acusada admitió que en todo este tiempo se le pasó por la cabeza llamar a la Policía, pero no lo hizo por el "miedo" que tenía a que la expulsaran del país por ser una inmigrante irregular. Cuando los padres regresaron, encontraron al niño deshidratado y a pesar de que lo llevaron de inmediato al hospital, ingresó ya cadáver. En el juicio también declaró ayer la madre del menor, que afirmó que contrató a la boliviana porque le habían asegurado que tenía experiencia en el cuidado de enfermos.
En su relato de los hechos, la acusada dijo que nunca dejó de pensar en el niño enfermo -que necesitaba la ayuda de otra persona para cubrir todas sus necesidades, ya que solo no podía comer ni beber, ni pedir ayuda porque no hablaba- y atribuyó el hecho de que durante esas más de 40 horas no avisara a la Policía al "miedo" que tenía por hallarse de manera irregular en España.Irene C. C. explicó ayer al jurado que comenzó a trabajar en el domicilio del pequeño, ubicado en la avenida de San Francisco Javier, por mediación de una religiosa, que le indicó que la familia buscaba una persona para la realización de las tareas del hogar. Según la acusada, una semana después de comenzar a trabajar en la casa, la madre del niño le dijo que tenía que darle de comer y beber al pequeño, que tenía ocho años, aunque a la cuidadora le daban "miedo" las crisis respiratorias que sufría.A finales de agosto, la madre le comentó que se quedaría cuidando al niño un fin de semana, mientras acudían a una reunión familiar en Ceuta. Los padres se marcharon el sábado 26 de agosto, sobre las diez de la mañana, después de dejarle preparadas las dosis de medicamentos que tenía que tomar el niño, separadas por días para facilitar la labor de la acusada hasta su regreso, previsto para el lunes 28.La cuidadora reconoció que estuvo todo el día con el niño, al que bajó por la tarde al parque, como de costumbre.
Después de darle la cena y los medicamentos, el niño se durmió sobre las diez de la noche. Irene C. C. permaneció en la vivienda hasta las doce de la noche, cuando decidió ir a casa de una amiga, donde estuvo bebiendo algunas cervezas. De ahí se marchó a una discoteca, aunque ayer dijo que ésta no fue su intención inicial y alegó que en todo ese momento se "preocupó" por el niño y "pensaba volver pronto" al domicilio.En la discoteca conoció a un joven ecuatoriano -que no puede declarar puesto que ha fallecido en un accidente de moto-, con el que continuó bebiendo y llegó a bailar. Según el testimonio de la boliviana, ya eran las 2.45 horas de la madrugada. "Yo sabía que el niño dormía tranquilo", respondió la cuidadora cuando el fiscal le preguntó si en ese momento también se preocupó por el pequeño. A continuación y mientras iba al baño, la acusada entregó las llaves de la casa al ecuatoriano -sobre las seis de la madrugada-, según dijo durante la instrucción del caso, "en prueba de amor", aunque ayer no hizo referencia a esta motivación durante su comparecencia ante el tribunal.A su regreso del baño, el joven ya no estaba, por lo que estuvo buscándole dentro y fuera de la discoteca, llegando a coger un taxi y pidiendo el número de teléfono a un amigo del ecuatoriano. Sobre las ocho de la mañana se fue a casa de una amiga, se duchó y volvió a salir sobre las nueve en dirección al barrio de la Macarena, donde vivía el joven al que había entregado las llaves. "Tenía la obsesión de encontrar la llave y de que iba a volver al trabajo y no iba a pasar nada", dijo la acusada, que regresó a mediodía al piso. Por la tarde continuó la búsqueda del ecuatoriano en unas canchas de baloncesto y por la noche se fue a dormir al domicilio de su amiga.
Esa noche, cuando le llamaron los padres del menor, les dijo que todo "estaba bien".Al día siguiente, lunes 28 de agosto, regresó a la Macarena y buscó al joven por las panaderías de la zona, dado que le habían que trabajaba en una de ellas, pero siguió sin localizarle. Cuando a media tarde le llamó la madre del niño y comprobó que lloraba, le dijo que se había muerto "su madre en Bolivia", pero no le contó la verdad. La acusada admitió que en todo este tiempo se le pasó por la cabeza llamar a la Policía, pero no lo hizo por el "miedo" que tenía a que la expulsaran del país por ser una inmigrante irregular. Cuando los padres regresaron, encontraron al niño deshidratado y a pesar de que lo llevaron de inmediato al hospital, ingresó ya cadáver. En el juicio también declaró ayer la madre del menor, que afirmó que contrató a la boliviana porque le habían asegurado que tenía experiencia en el cuidado de enfermos.
La secretaria del caso Mari Luz pide que se suspenda cautelarmente la sanción que le impuso el Ministerio
La secretaria del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Juana Gálvez, presenta hoy en los juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo su recurso contra la suspensión de dos años de empleo y sueldo que le impuso el Ministerio de Justicia en relación con la tramitación de la condena a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, por abusar de su propia hija. El recurso de la secretaria solicita, como medida cautelar, que se suspenda la ejecución de la sanción hasta que no se resuelva el recurso, lo que permitiría que la funcionaria continuara trabajando hasta que el tribunal se pronuncie sobre la sanción, según dijeron ayer fuentes del caso.El abogado Ramón Entrena Cuesta, que ha elaborado el recurso de la secretaria, explicó ayer que en el mismo se defiende el trabajo de Juana Gálvez “con toda clase de argumentos que están a nuestro alcance”, aunque no quiso avanzar los fundamentos del documento hasta que éste no se encuentre en poder del juez que debe examinar el asunto, para que sea el primero en conocer el recurso y evitar que tenga conocimiento por la prensa. En cualquier caso, el letrado anunció que en el recurso se defiende la labor de la secretaria judicial pero sin atacar a las restantes personas que están implicadas en la tramitación de la causa de Santiago del Valle en el juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla. “No nos metemos con nadie”, aseveró el letrado.
La intervención de la funcionaria en el proceso fue cuestionada por el titular del juzgado, Rafael Tirado, quien a lo largo de los diferentes escritos de alegaciones que ha presentado en su expediente disciplinario –por el que ha sido inicialmente castigado con una multa de 1.500 euros, aunque el caso está todavía abierto– ha culpado a la secretaria por no haberle informado del estado en el que se encontraba la causa ejecutoria del pederasta, llegando a poner de manifiesto que la “inactividad” de la secretaria fue clave en el retraso de la causa, puesto que ésta no estaba pendiente de ninguna resolución del propio juez.Este mismo argumento fue el que empleó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, para imponer a la secretaria la sanción de dos años, un castigo que superaba ampliamente los seis meses de suspensión que había propuesto la instructora del expediente disciplinario. El ministerio consideró que la actuación de Juana Gálvez constituía una falta grave por “negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dar cuenta al juez del estado en que se encuentra la tramitación de las causas, el impulso y ordenación del proceso y de sus competencias de organización, gestión, inspección y dirección técnico-procesal de los funcionarios”.
La resolución sancionadora, acordada de acuerdo con los artículos 155.6 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y 536b.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), consideró que Juana Gálvez incurrió “en un cúmulo de omisiones y errores que ponen de manifiesto un grave incumplimiento de sus deberes profesionales”.El Ministerio de Justicia justificó la imposición de una sanción superior a la propuesta por la instructora en la “gravedad del perjuicio” causado a los ciudadanos con su actuación. El propio titular de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, había llegado a asegurar que “tanto la naturaleza de las penas impuestas a Santiago del Valle cuya ejecución se dilató de manera indebida, como los hechos que motivaron la condena, fundamentalmente el delito de abuso sexual a su hija menor, requerían de un especial celo en la tramitación de la correspondiente ejecutoria”.
La intervención de la funcionaria en el proceso fue cuestionada por el titular del juzgado, Rafael Tirado, quien a lo largo de los diferentes escritos de alegaciones que ha presentado en su expediente disciplinario –por el que ha sido inicialmente castigado con una multa de 1.500 euros, aunque el caso está todavía abierto– ha culpado a la secretaria por no haberle informado del estado en el que se encontraba la causa ejecutoria del pederasta, llegando a poner de manifiesto que la “inactividad” de la secretaria fue clave en el retraso de la causa, puesto que ésta no estaba pendiente de ninguna resolución del propio juez.Este mismo argumento fue el que empleó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, para imponer a la secretaria la sanción de dos años, un castigo que superaba ampliamente los seis meses de suspensión que había propuesto la instructora del expediente disciplinario. El ministerio consideró que la actuación de Juana Gálvez constituía una falta grave por “negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dar cuenta al juez del estado en que se encuentra la tramitación de las causas, el impulso y ordenación del proceso y de sus competencias de organización, gestión, inspección y dirección técnico-procesal de los funcionarios”.
La resolución sancionadora, acordada de acuerdo con los artículos 155.6 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y 536b.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), consideró que Juana Gálvez incurrió “en un cúmulo de omisiones y errores que ponen de manifiesto un grave incumplimiento de sus deberes profesionales”.El Ministerio de Justicia justificó la imposición de una sanción superior a la propuesta por la instructora en la “gravedad del perjuicio” causado a los ciudadanos con su actuación. El propio titular de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, había llegado a asegurar que “tanto la naturaleza de las penas impuestas a Santiago del Valle cuya ejecución se dilató de manera indebida, como los hechos que motivaron la condena, fundamentalmente el delito de abuso sexual a su hija menor, requerían de un especial celo en la tramitación de la correspondiente ejecutoria”.
01 diciembre 2008
Se duplican en un año los recursos contra las multas
Los sevillanos impugnan cada vez más en los tribunales las sanciones impuestas por las Administraciones locales. Eso es lo que reflejan las estadísticas judiciales sobre los recursos contencioso-administrativos presentados a lo largo del año contra este tipo de infracciones, entre las que destacan mayoritariamente las multas de Tráfico, las sanciones a bares u otro tipo de establecimientos, y los incumplimientos de las distintas ordenanzas municipales.
Así, entre enero y septiembre pasado, se han presentado en Sevilla un total de 394 recursos en los juzgados de lo Contencioso contra resoluciones sancionadoras dictadas por los distintos Ayuntamientos de la provincia. Esta cifra supone que, en solo un año, se ha duplicado con creces el número de recursos, en concreto, se han registrado un 129% más de recursos con respecto a los litigios contabilizados en el mismo período del año 2007, que se quedaron en 172 hasta el mes de septiembre, según las estadísticas judiciales de ingreso de asuntos en los juzgados de lo Contencioso. De esta forma, los 394 pleitos de los ciudadanos superan ampliamente el número de recursos registrados en todo el año pasado, que fue de 299 casos.
De continuar la tendencia actual, este año podría cerrarse con más de 525 impugnaciones de sanciones municipales, una cifra que supera ampliamente los recursos presentados en los últimos años. El aumento de la litigiosidad de los ciudadanos experimentó un importante crecimiento en 2007, con los 299 recursos. Los años precedentes, las acciones legales de los ciudadanos no superaron los dos centenares. Así, hubo tan sólo 105 recursos en el año 2004, 144 en 2005, y 175 en el 2006.
La acción contenciosa-administrativa se ejerce una vez que el ciudadano ha perdido los correspondientes recursos en la vía administrativa, ante la propia entidad sancionadora. Por lo general, la mayoría de estos recursos acaban con la reafirmación de la multa impuesta, lo que deja como única salida a los infractores acudir a la vía de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, el fuerte incremento de la litigiosidad contra las Administraciones públicas puede encontrar su explicación en la propia dinámica de la sociedad, cada vez más consciente de sus derechos y de sus posibilidades de reclamar contra las resoluciones adversas, hoy en día se recurre todo. La mayor litigiosidad también obedece al efecto multiplicador que tiene el hecho de ganar un pleito o una multa al Ayuntamiento, lo que contribuye a que otros usuarios que se encuentran en una situación similar se decidan a acudir a los tribunales, a sabiendas de que este tipo de recursos conlleva, en ocasiones, otros gastos de abogado. Los recursos suelen presentarse por sanciones con una cuantía considerable, porque en otro caso no sería rentable.
Un ejemplo de este efecto está en lo que ocurrió hace unos años con las multas de la zona azul, que los tribunales anularon cuando las infracciones no llevaban el correspondiente refrendo de un policía local, dado que los empleados municipales de Aussa –la empresa encargada de la gestión de los aparcamientos regulados por horario– no tenían la condición de autoridad pública y, por tanto, sus multas no reunían los requisitos legales. Cuando los medios de comunicación difundieron varias de estas sentencias, los ciudadanos se animaron a recurrir estas sanciones.
El sindicato de la Policía Local de Sevilla, el Sppme, también vaticinó una mayor litigiosidad debido a que no se han corregido desde hace un año los 164 errores detectados en el catálogo de sanciones, lo que hace que los agentes no incluyan la cuantía ni los puntos del carné a detraer en las denuncias, lo que abre la vía a más pleitos. A pesar de que se han duplicado los litigios, esta cifra sigue siendo aún muy pequeña en comparación con las 111.009 multas de Tráfico que impuso en 2007 la PolicíaLocal.
Así, entre enero y septiembre pasado, se han presentado en Sevilla un total de 394 recursos en los juzgados de lo Contencioso contra resoluciones sancionadoras dictadas por los distintos Ayuntamientos de la provincia. Esta cifra supone que, en solo un año, se ha duplicado con creces el número de recursos, en concreto, se han registrado un 129% más de recursos con respecto a los litigios contabilizados en el mismo período del año 2007, que se quedaron en 172 hasta el mes de septiembre, según las estadísticas judiciales de ingreso de asuntos en los juzgados de lo Contencioso. De esta forma, los 394 pleitos de los ciudadanos superan ampliamente el número de recursos registrados en todo el año pasado, que fue de 299 casos.
De continuar la tendencia actual, este año podría cerrarse con más de 525 impugnaciones de sanciones municipales, una cifra que supera ampliamente los recursos presentados en los últimos años. El aumento de la litigiosidad de los ciudadanos experimentó un importante crecimiento en 2007, con los 299 recursos. Los años precedentes, las acciones legales de los ciudadanos no superaron los dos centenares. Así, hubo tan sólo 105 recursos en el año 2004, 144 en 2005, y 175 en el 2006.
La acción contenciosa-administrativa se ejerce una vez que el ciudadano ha perdido los correspondientes recursos en la vía administrativa, ante la propia entidad sancionadora. Por lo general, la mayoría de estos recursos acaban con la reafirmación de la multa impuesta, lo que deja como única salida a los infractores acudir a la vía de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, el fuerte incremento de la litigiosidad contra las Administraciones públicas puede encontrar su explicación en la propia dinámica de la sociedad, cada vez más consciente de sus derechos y de sus posibilidades de reclamar contra las resoluciones adversas, hoy en día se recurre todo. La mayor litigiosidad también obedece al efecto multiplicador que tiene el hecho de ganar un pleito o una multa al Ayuntamiento, lo que contribuye a que otros usuarios que se encuentran en una situación similar se decidan a acudir a los tribunales, a sabiendas de que este tipo de recursos conlleva, en ocasiones, otros gastos de abogado. Los recursos suelen presentarse por sanciones con una cuantía considerable, porque en otro caso no sería rentable.
Un ejemplo de este efecto está en lo que ocurrió hace unos años con las multas de la zona azul, que los tribunales anularon cuando las infracciones no llevaban el correspondiente refrendo de un policía local, dado que los empleados municipales de Aussa –la empresa encargada de la gestión de los aparcamientos regulados por horario– no tenían la condición de autoridad pública y, por tanto, sus multas no reunían los requisitos legales. Cuando los medios de comunicación difundieron varias de estas sentencias, los ciudadanos se animaron a recurrir estas sanciones.
El sindicato de la Policía Local de Sevilla, el Sppme, también vaticinó una mayor litigiosidad debido a que no se han corregido desde hace un año los 164 errores detectados en el catálogo de sanciones, lo que hace que los agentes no incluyan la cuantía ni los puntos del carné a detraer en las denuncias, lo que abre la vía a más pleitos. A pesar de que se han duplicado los litigios, esta cifra sigue siendo aún muy pequeña en comparación con las 111.009 multas de Tráfico que impuso en 2007 la PolicíaLocal.
27 noviembre 2008
La sanción al juez Tirado se conocerá el 17 de diciembre
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abordará en su reunión del próximo 17 de diciembre los recursos presentados por la Fiscalía General del Estado y el juez Rafael Tirado contra la sanción de 1.500 euros que le impuso el anterior órgano de gobierno de los jueces por el retraso en la ejecución de una condena al pederasta Santiago del Valle, presunto asesino de Mari Luz Cortés. La Fiscalía solicita tres años de suspensión de empleo y sueldo, por una falta muy grave de desatención y retraso injustificado en la tramitación de las causas ejecutorias en su juzgado, al entender que al retrasar durante más de dos años el encarcelamiento de Del Valle el magistrado "quebró" el Estado de Derecho.
El CGPJ acordó ayer acelerar los trámites obviando un trámite intermedio que estaba previsto que se solventase en la Comisión Disciplinaria. Los nuevos vocales tendrán que decidir sobre si ratifican la multa económica o endurecen la sanción y acuerdan una suspensión de empleo y sueldo para el magistrado, como ha solicitado el Ministerio Público y han reclamado públicamente varios miembros del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
Fuentes del CGPJ confirmaron ayer que el 17 de diciembre es la fecha en la que el Pleno del Poder Judicial podría abordar la sanción al juez Rafael Tirado, que ha estado en la base de un movimiento de la judicatura que, al margen de las asociaciones profesionales, se ha llegado a plantear en la intranet del Consejo hasta la posibilidad de llevar a cabo una huelga si se confirma la suspensión del juez Tirado por unos errores que muchos magistrados achacan a la secular falta de medios de la Justicia. Estas carencias han llevado a las juntas de jueces a advertir reiteradamente que existe el "riesgo cierto" de que puedan volverse a producir situaciones como las que posibilitaron que Del Valle continuara en libertad a pesar de una sentencia firme de dos años y nueve meses de cárcel por haber abusado sexualmente de su propia hija.
Tanto la Fiscalía General del Estado como el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ya han elevado al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces sus recursos contra la sanción de 1.500 euros. El Consejo ha nombrado ponente del caso al vocal Félix Vicente Azón, que fue propuesto por el PSOE y es miembro de la asociación progresista de Jueces para la Democracia (JpD).
Con independencia de la decisión del Consejo, cuyo presidente, Carlos Dívar, ya anunció recientemente que difícilmente podrá contentar a todos, con toda probabilidad el caso acabará en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, a donde el propio juez Tirado o la Fiscalía podrían recurrir la sanción que finalmente imponga el Poder Judicial y que agotaría definitivamente una vía que se inició hace nueve meses, con la apertura del expediente disciplinario tras la detención de Santiago del Valle.
La Fiscalía rechaza todos los argumentos que esgrimió Rafael Tirado para solicitar el archivo del expediente e insiste en que el juez tenía la obligación de "llevar a cabo las funciones de vigilancia y control" para que la ejecución de la sentencia no se "desvirtúe o malogre por la inacción dentro del mismo durante un dilatadísimo periodo de tiempo". La Fiscalía reprocha al juez que culpara de lo ocurrido a la secretaria judicial, Juana Gálvez -sancionada con dos años de suspensión-. Según la Fiscalía, el juez pretende "construir a partir de la dación de cuenta una auténtica patente de corso que le exculpe de cualquier situación que pueda producirse en el juzgado, pero oculta que, con dación de cuenta o sin ella, se halla obligado por la existencia de deberes", señala el fiscal, que cita entre estas obligaciones la de "vigilar" que la dación se lleve a cabo con la regularidad que exijan las circunstancias. Para el Ministerio Público, Rafael Tirado "omitió de modo absoluto" estos deberes y concluye que su juzgado "no era precisamente un modelo de diligencia en su actividad".
Por su parte, el magistrado defiende que no tenía "ningún dato" que le hiciera pensar en la urgencia del ingreso en prisión de Santiago del Valle. El magistrado sostiene que la Fiscalía "nunca" pidió, en ningún momento de la tramitación del caso, el ingreso en prisión ni alertó de su peligrosidad, a pesar de "la existencia de otras causas criminales que al Ministerio Fiscal sí le habían de constar".
El juez considera que las dos resoluciones que ordenaban la ejecución de la sentencia "se adoptaron con celeridad", una vez que la Audiencia de Sevilla devolvió los autos al juzgado.
El CGPJ acordó ayer acelerar los trámites obviando un trámite intermedio que estaba previsto que se solventase en la Comisión Disciplinaria. Los nuevos vocales tendrán que decidir sobre si ratifican la multa económica o endurecen la sanción y acuerdan una suspensión de empleo y sueldo para el magistrado, como ha solicitado el Ministerio Público y han reclamado públicamente varios miembros del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
Fuentes del CGPJ confirmaron ayer que el 17 de diciembre es la fecha en la que el Pleno del Poder Judicial podría abordar la sanción al juez Rafael Tirado, que ha estado en la base de un movimiento de la judicatura que, al margen de las asociaciones profesionales, se ha llegado a plantear en la intranet del Consejo hasta la posibilidad de llevar a cabo una huelga si se confirma la suspensión del juez Tirado por unos errores que muchos magistrados achacan a la secular falta de medios de la Justicia. Estas carencias han llevado a las juntas de jueces a advertir reiteradamente que existe el "riesgo cierto" de que puedan volverse a producir situaciones como las que posibilitaron que Del Valle continuara en libertad a pesar de una sentencia firme de dos años y nueve meses de cárcel por haber abusado sexualmente de su propia hija.
Tanto la Fiscalía General del Estado como el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ya han elevado al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces sus recursos contra la sanción de 1.500 euros. El Consejo ha nombrado ponente del caso al vocal Félix Vicente Azón, que fue propuesto por el PSOE y es miembro de la asociación progresista de Jueces para la Democracia (JpD).
Con independencia de la decisión del Consejo, cuyo presidente, Carlos Dívar, ya anunció recientemente que difícilmente podrá contentar a todos, con toda probabilidad el caso acabará en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo, a donde el propio juez Tirado o la Fiscalía podrían recurrir la sanción que finalmente imponga el Poder Judicial y que agotaría definitivamente una vía que se inició hace nueve meses, con la apertura del expediente disciplinario tras la detención de Santiago del Valle.
La Fiscalía rechaza todos los argumentos que esgrimió Rafael Tirado para solicitar el archivo del expediente e insiste en que el juez tenía la obligación de "llevar a cabo las funciones de vigilancia y control" para que la ejecución de la sentencia no se "desvirtúe o malogre por la inacción dentro del mismo durante un dilatadísimo periodo de tiempo". La Fiscalía reprocha al juez que culpara de lo ocurrido a la secretaria judicial, Juana Gálvez -sancionada con dos años de suspensión-. Según la Fiscalía, el juez pretende "construir a partir de la dación de cuenta una auténtica patente de corso que le exculpe de cualquier situación que pueda producirse en el juzgado, pero oculta que, con dación de cuenta o sin ella, se halla obligado por la existencia de deberes", señala el fiscal, que cita entre estas obligaciones la de "vigilar" que la dación se lleve a cabo con la regularidad que exijan las circunstancias. Para el Ministerio Público, Rafael Tirado "omitió de modo absoluto" estos deberes y concluye que su juzgado "no era precisamente un modelo de diligencia en su actividad".
Por su parte, el magistrado defiende que no tenía "ningún dato" que le hiciera pensar en la urgencia del ingreso en prisión de Santiago del Valle. El magistrado sostiene que la Fiscalía "nunca" pidió, en ningún momento de la tramitación del caso, el ingreso en prisión ni alertó de su peligrosidad, a pesar de "la existencia de otras causas criminales que al Ministerio Fiscal sí le habían de constar".
El juez considera que las dos resoluciones que ordenaban la ejecución de la sentencia "se adoptaron con celeridad", una vez que la Audiencia de Sevilla devolvió los autos al juzgado.
26 noviembre 2008
ULTIMA HORA: El País asegura que el CGPJ está negociando una sanción de entre cinco meses y un año de suspensión para el juez Rafael Tirado.
Leído en El País. El Consejo General del Poder Judicial estudia suspender de empleo y sueldo entre cinco meses y un año al juez Rafael Tirado, por los retrasos en la ejecutoria de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz Cortés. El sector progresista propone más de seis meses de suspensión, lo que acarrearía el traslado de juzgado. Los conservadores defienden una sanción de suspensión menor.
Habrá que ver si la noticia se confirma finalmente o se trata de un globo sonda para ver cómo reaccionan los jueces, que ya han convocado huelga en algunas comunidades.
25 noviembre 2008
Sanción de cuatro días de arresto a un comandante que publicó una carta apoyando al teniente general Mena
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de cuatro días de arresto domiciliario a un comandante del Ejército de Tierra destinado en Sevilla, como autor de una falta disciplinaria leve por publicar una carta en la que mostraba su apoyo al teniente general José Mena Aguado, destituido como jefe de la Fuerza Terrestre por sus polémicas declaraciones sobre el Estatuto de Cataluña durante la Pascua Militar de 2006.
La sentencia del Alto Tribunal confirma la sanción que el coronel jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico número 21 (AALOG 21) de Sevilla impuso al comandante destinado en esta unidad, en relación con la carta que publicó en un periódico y en la que señalaba que las afirmaciones del teniente general Mena "lejos de ser una proclama golpista" sólo hacían una breve reseña del "devenir actual de las Fuerzas Armadas y sus misiones en el contexto internacional", al tiempo que expresaban las preocupaciones del colectivo.
El comandante añadía que no existía una alarma social por las declaraciones del jefe de la Fuerza Terrestre, sino que la situación de alarma era constatable desde la presentación del texto de reforma del Estatuto Catalán, "propiciada y auspiciada por los gobernantes del PSOE tanto en Cataluña como en el Gobierno de España, por mor de su advenimiento al poder apuntalado por sus socios nacionalistas radicales".El militar opinaba que no podía sancionarse disciplinariamente al teniente general Mena por expresar "de buen modo y sin estridencia" la preocupación mayoritaria de la sociedad, y concluía que el arresto consistía en un "aviso para navegantes o aquí el que manda soy yo". La carta señalaba que los gobernantes estaban "experimentando con la unidad de España" y el resultado de este experimento es un "totum revolutum que no saben a qué futuro incierto lleva".El comandante de la AALOG 21 fue entonces sancionado con cuatro días de arresto domiciliario -la mitad que a Mena-, pero recurrió ante la Justicia Militar, que ahora ha confirmado la sentencia. La Sala de lo Militar ha desestimado los argumentos del comandante, que aseguró que actuó como ciudadano particular y en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.El Alto Tribunal recuerda, no obstante, que los miembros de las Fuerzas Armadas están sometidos a un "estatuto jurídico singular", con una sujeción especial, "voluntariamente aceptada", que implica limitaciones de estos derechos con el fin de mantener "la disciplina y la subordinación jerárquica".
La sentencia del Alto Tribunal confirma la sanción que el coronel jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico número 21 (AALOG 21) de Sevilla impuso al comandante destinado en esta unidad, en relación con la carta que publicó en un periódico y en la que señalaba que las afirmaciones del teniente general Mena "lejos de ser una proclama golpista" sólo hacían una breve reseña del "devenir actual de las Fuerzas Armadas y sus misiones en el contexto internacional", al tiempo que expresaban las preocupaciones del colectivo.
El comandante añadía que no existía una alarma social por las declaraciones del jefe de la Fuerza Terrestre, sino que la situación de alarma era constatable desde la presentación del texto de reforma del Estatuto Catalán, "propiciada y auspiciada por los gobernantes del PSOE tanto en Cataluña como en el Gobierno de España, por mor de su advenimiento al poder apuntalado por sus socios nacionalistas radicales".El militar opinaba que no podía sancionarse disciplinariamente al teniente general Mena por expresar "de buen modo y sin estridencia" la preocupación mayoritaria de la sociedad, y concluía que el arresto consistía en un "aviso para navegantes o aquí el que manda soy yo". La carta señalaba que los gobernantes estaban "experimentando con la unidad de España" y el resultado de este experimento es un "totum revolutum que no saben a qué futuro incierto lleva".El comandante de la AALOG 21 fue entonces sancionado con cuatro días de arresto domiciliario -la mitad que a Mena-, pero recurrió ante la Justicia Militar, que ahora ha confirmado la sentencia. La Sala de lo Militar ha desestimado los argumentos del comandante, que aseguró que actuó como ciudadano particular y en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.El Alto Tribunal recuerda, no obstante, que los miembros de las Fuerzas Armadas están sometidos a un "estatuto jurídico singular", con una sujeción especial, "voluntariamente aceptada", que implica limitaciones de estos derechos con el fin de mantener "la disciplina y la subordinación jerárquica".
El Supremo ratifica la cesión "ilegal" del servicio de la grúa a Aussa
El Tribunal Supremo ha confirmado que la cesión del servicio municipal de retirada de vehículos a la empresa Aparcamientos Urbanos de Sevilla (Aussa) fue "ilegal" porque Tussam no estaba autorizada para transferir la concesión. La Sala de lo Social del Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación que presentó Tussam contra la sentencia dictada en 2006 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en el marco de la reclamación económica de un conductor, condenó a la empresa municipal de Transportes, a Aussa y a Setex Aparki -una antigua concesionaria del servicio- a pagar al conductor 448,04 euros.La sentencia del TSJA, que ahora ha sido avalada por el Tribunal Supremo, consideró que la adjudicación a Tussam del servicio de la grúa constituye un supuesto de sucesión de empresas y concluyó que la cesión a Aussa fue "no lícita", porque esta actuación se "excedía manifiestamente del título que habilitaba a Tussam para realizar o llevar a cabo el servicio de la grúa". La resolución apuntaba que el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla del 15 de enero de 2004, por el que se retiró la concesión a Setex Aparki y decidió la prestación de manera directa por el Consistorio, a través de Tussam, "no autorizaba a aquella a transferir tal servicio a un tercero, Aussa, careciendo ésta por tanto de título o causa legal para desempeñarlo".El recurso de Tussam ante el Tribunal Supremo pretendía que se anulara la sentencia del TSJA y para ello consideraba que existía otra resolución de la misma Sala que incurría en aparente contradición, por cuanto en un supuesto similar de otro trabajador de Setex Aparki -un portero contratado por obra o servicio- se rechazaba la responsabilidad solidaria de las empresas Tussam y Aussa. El Alto Tribunal ha resuelto no admitir el recurso de Tussam porque los hechos no coinciden: "Cierto es que en ambas resoluciones son los mismos demandantes y parece que la invocada rechaza la responsabilidad solidaria, pero tales datos no minoran las consecuencias de la falta de identidad" entre las dos resoluciones, lo que quiere decir que no puede existir contradicción porque no se trata de supuestos idénticos. En un recurso se plantea una reclamación de cantidad y en la segunda una reclamación por un despido.Fuentes jurídicas explicaron ayer que la sentencia del Tribunal Supremo, al ratificar que la cesión de la grúa a Aussa fue ilegal, plantea determinados interrogantes, por ejemplo, sobre si a los trabajadores debe aplicárseles el convenio de Tussam o Aussa, e incluso si debería tenerse en cuenta en algunos casos como fecha de antigüedad en la empresa la de 1994, cuando comenzaron a realizar labores de retirada de vehículos de la vía pública para la concesionaria de turno, y no 2004, cuando se produjeron las nuevas contrataciones por Aussa. Todo ello, conlleva un perjuicio económico para Tussam.
24 noviembre 2008
Condenada la Junta a pagar 15.000 euros por la caída accidental de un funcionario en el monasterio de la Cartuja
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Consejería de Cultura de la Junta a indemnizar con 15.000 euros a un funcionario que sufrió una caída en el monasterio de la Cartuja hace siete años.El accidente tuvo lugar el 17 de diciembre de 2001, cuando el funcionario, que padecía una limitación física a causa de la poliomielitis, se cayó en una rampa de acceso a la cafetería cuando iba a desayunar. A causa de la caída, el trabajador sufrió una fractura de cadera izquierda, tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, someterse a rehabilitación y no recibió el alta médica hasta mayo de 2002.El funcionario presentó entonces una reclamación patrimonial a la Consejería de Cultura, que desestimó su petición. La Administración consideraba que, a pesar de que concurrían los requisitos para determinar la responsabilidad de la Junta, el trabajador no había sufrido ningún detrimento económico porque percibió durante el tiempo que estuvo de baja más dinero del que le correspondía de acuerdo al baremo aprobado por la dirección general de Seguros en 2003.El TSJA acuerda en la sentencia que el funcionario tiene derecho a la indemnización de 15.000 euros porque, según señala, "el hecho de ser funcionario no le excluye del ámbito subjetivo de la responsabilidad patrimonial y por tanto de la posibilidad de ser indemnizado por hechos generadores de aquella ocurridos durante el ejercicio de sus funciones". Los jueces añaden que el empleado "no debe soportar a su cargo un daño generado en el seno de la relación funcional y que no tenga causación material en culpa atribuida al funcionario".El Alto Tribunal andaluz recuerda que la propia Junta de Andalucía había reconocido que en el caso del funcionario concurrían los presupuestos legales y jurisprudenciales para declarar la responsabilidad patrimonial. Así, estimaba que se produjo un resultado "dañoso efectivo e individualizado" -la lesión, su hospitalización y la baja laboral- y la "antijuricidad de la lesión, por no concurrir en la persona afectada el deber jurídico de soportar el perjuicio producido". Como último elemento para declarar la responsabilidad, el TSJA argumenta que un informe del técnico de la Junta concluyó que la rampa donde se produjo el accidente no cumplía con las normas de seguridad. El acceso en cuestión no tenía pavimento antideslizante, no estaba dotada de barandillas o antepechos, y además la pendiente superaba el porcentaje máximo legalmente permitido. "Normas de seguridad tendentes a prevenir caídas, como la que padeció el recurrente", advierten los jueces. El fallo ve "razonable" la indemnización y aclara que la cantidad responde a la "reparación integral del daño padecido por una actuación de la Administración que no tenía el deber jurídico de soportar".
22 noviembre 2008
El propietario de Contsa seguirá en prisión
La Audiencia de Sevilla ha ordenado que el dueño de Contsa, José Salas Burzón, continúe en prisión preventiva en relación con las imputaciones de estafa, falsedad contable, administración desleal e insolvencia punible.La Sección Tercera de la Audiencia ha dictado un auto en el que desestima la petición de libertad que solicitaron los abogados de José Salas Burzón, que se encuentra en prisión desde el pasado 3 de octubre, cuando el empresario prestó declaración por tercera vez ante la juez encargada de la investigación.
El auto estima los argumentos de la Fiscalía de Delitos Económicos, que se había opuesto a la liberación por el posible riesgo de fuga, dado que se supone que el dueño de la inmobiliaria puede contar con medios para una hipotética huida, así como por la posibilidad de que perjudique la investigación si se acuerda su libertad.
El Ministerio Público también pretendía con esta medida garantizar y proteger el patrimonio de las empresas que integran el grupo inmobiliario.La decisión de la Audiencia coincidió ayer con la comparecencia, también como imputada, de la esposa de Salas Burzón, que quedó en libertad con cargos tras declarar que no tenía conocimiento de los negocios del grupo, cuya dirección correspondía a su marido.
Según su testimonio, la mujer se limitaba a "firmar" todas las escrituras de las sociedades a su nombre sin ni siquiera haberlas leído, ya que cuando acudían al notario ella se quedaba fuera hasta que su marido "la llamaba para firmar", según dijeron los abogados de algunas de las partes personadas en la causa. La mujer, que atraviesa una crisis emocional y acudió al juzgado tras un intento de suicidio, estaba visiblemente afectada y rompió a llorar en varios momentos, lo que motivó que tuviera que acordarse una pausa.
María del Carmen B. D. afirmó que en más de una ocasión le dijo a que marido "que no quería problemas" con los asuntos de las sociedades y añadió que su única actividad empresarial fue una tienda de medias que cerró "para atender al cuidado de sus hijos".El fiscal interrogó a la esposa de Salas por el ingreso de 3,5 millones de euros en su cuenta personal, a lo que la imputada mostró su desconocimiento.
La Fiscalía ha presentado sendas querellas contra Salas Burzón y su mujer, a los que atribuye un presunto delito contra la Hacienda Pública por no haber declarado el IRPF correspondiente a movimientos de 6 millones de euros que reflejaban sus cuentas personales en los últimos cuatro años.El abogado Juan de Dios Ramírez, que representa a uno de los afectados por la presunta estafa, a solicitará a la juez que acuerde la práctica de un careo entre ambos cónyuges, dado que Salas Burzón afirmó en una de sus declaraciones judiciales que su mujer tenía "sus propios negocios y su dinero". El letrado consideró que hay indicios para demostrar que "existía un holding familiar con una única dirección", por lo que a su juicio la esposa fue un "instrumento" de Salas para la comisión de los delitos.
El auto estima los argumentos de la Fiscalía de Delitos Económicos, que se había opuesto a la liberación por el posible riesgo de fuga, dado que se supone que el dueño de la inmobiliaria puede contar con medios para una hipotética huida, así como por la posibilidad de que perjudique la investigación si se acuerda su libertad.
El Ministerio Público también pretendía con esta medida garantizar y proteger el patrimonio de las empresas que integran el grupo inmobiliario.La decisión de la Audiencia coincidió ayer con la comparecencia, también como imputada, de la esposa de Salas Burzón, que quedó en libertad con cargos tras declarar que no tenía conocimiento de los negocios del grupo, cuya dirección correspondía a su marido.
Según su testimonio, la mujer se limitaba a "firmar" todas las escrituras de las sociedades a su nombre sin ni siquiera haberlas leído, ya que cuando acudían al notario ella se quedaba fuera hasta que su marido "la llamaba para firmar", según dijeron los abogados de algunas de las partes personadas en la causa. La mujer, que atraviesa una crisis emocional y acudió al juzgado tras un intento de suicidio, estaba visiblemente afectada y rompió a llorar en varios momentos, lo que motivó que tuviera que acordarse una pausa.
María del Carmen B. D. afirmó que en más de una ocasión le dijo a que marido "que no quería problemas" con los asuntos de las sociedades y añadió que su única actividad empresarial fue una tienda de medias que cerró "para atender al cuidado de sus hijos".El fiscal interrogó a la esposa de Salas por el ingreso de 3,5 millones de euros en su cuenta personal, a lo que la imputada mostró su desconocimiento.
La Fiscalía ha presentado sendas querellas contra Salas Burzón y su mujer, a los que atribuye un presunto delito contra la Hacienda Pública por no haber declarado el IRPF correspondiente a movimientos de 6 millones de euros que reflejaban sus cuentas personales en los últimos cuatro años.El abogado Juan de Dios Ramírez, que representa a uno de los afectados por la presunta estafa, a solicitará a la juez que acuerde la práctica de un careo entre ambos cónyuges, dado que Salas Burzón afirmó en una de sus declaraciones judiciales que su mujer tenía "sus propios negocios y su dinero". El letrado consideró que hay indicios para demostrar que "existía un holding familiar con una única dirección", por lo que a su juicio la esposa fue un "instrumento" de Salas para la comisión de los delitos.
21 noviembre 2008
Los sindicatos convocan huelga indefinida en los juzgados de Violencia sobre la Mujer a partir del 27 de noviembre
Los sindicatos STAJ, SPJ-USO y CCOO han convocado una huelga indefinida en los juzgados de Violencia sobre la Mujer a partir del 27 de noviembre, un paro al que también se ha adherido CSI-CSIF pero sólo para ese día. En el escrito presentado en la Consejería de Justicia, los sindicatos explican los motivos del paro. "La huelga se llevará a cabo con carácter indefinido, desde el día 27 Noviembre de 2007, incluido, iniciándose a las 9.00 hs. hasta las 14.30 h. de dicho día jueves, continuando el viernes, 28 de noviembre, lunes (1 de diciembre), martes, miércoles, jueves y viernes de cada semana que no tengan la consideración de festivos..
La presente declaración de huelga se produce al no haber convocado la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, a pesar de las reiteradas peticiones en este sentido, ninguna reunión de Mesa Sectorial para negociar las condiciones laborales de los funcionarios que prestarán el servicio de guardia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer del Partido Judicial de Sevilla que entrarán en funcionamiento el 1 de enero de 2009 y que se encuentran bajo la gestión directa de la Junta de Andalucía, habiendo acordado, aquélla, con el Ministerio de Justicia una propuesta para formular en la Mesa Sectorial de Negociación del Ministerio de Justicia a los Sindicatos representativos, propuesta que se formuló el 6 de noviembre de 2008 sin haber llegado a un acuerdo satisfactorio sobre las específicas condiciones laborales y retributivas de los funcionarios arriba mencionados, modificadas como consecuencia de la implantación por el Consejo General del Poder Judicial del servicio de guardia en dichos partidos judiciales, habiéndose producido, por tanto, una situación de bloqueo en dicha negociación tanto por la actitud inflexible del Ministerio de Justicia que ha dado por finalizada unilateralmente la negociación el pasado mismo día 6 de noviembre, como por la incomprensible falta de respuesta de la propia Comunidad Autónoma a los trabajadores destinados en estos Juzgados.
Lo que se persigue con la presente convocatoria es:
-Reanudar la negociación y desbloquear la situación avanzando en la plataforma reivindicativa presentada.
-Que por la Administración se hagan propuestas coherentes y aceptables, que incluyan una dotación de plantilla completa, un régimen de libranzas y compensaciones horarias razonable y unas retribuciones adecuadas, encaminadas no solo a la consecución de la mejora en las condiciones laborales y retributivas de los trabajadores destinados en estos Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos de Sevilla capital y dependientes de la Junta de Andalucía sino también a una eficaz implantación de este servicio de guardia en unos órganos judiciales tan cruciales para la sociedad, reconociendo el volumen de asuntos que soportan y las dificultades que entraña la prestación de este servicio, de forma que resulten aceptables para los Representantes de los trabajadores y que no realicen maniobras dilatorias, con el único fin de justificar la existencia de una negociación con las Centrales Sindicales".
La presente declaración de huelga se produce al no haber convocado la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, a pesar de las reiteradas peticiones en este sentido, ninguna reunión de Mesa Sectorial para negociar las condiciones laborales de los funcionarios que prestarán el servicio de guardia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer del Partido Judicial de Sevilla que entrarán en funcionamiento el 1 de enero de 2009 y que se encuentran bajo la gestión directa de la Junta de Andalucía, habiendo acordado, aquélla, con el Ministerio de Justicia una propuesta para formular en la Mesa Sectorial de Negociación del Ministerio de Justicia a los Sindicatos representativos, propuesta que se formuló el 6 de noviembre de 2008 sin haber llegado a un acuerdo satisfactorio sobre las específicas condiciones laborales y retributivas de los funcionarios arriba mencionados, modificadas como consecuencia de la implantación por el Consejo General del Poder Judicial del servicio de guardia en dichos partidos judiciales, habiéndose producido, por tanto, una situación de bloqueo en dicha negociación tanto por la actitud inflexible del Ministerio de Justicia que ha dado por finalizada unilateralmente la negociación el pasado mismo día 6 de noviembre, como por la incomprensible falta de respuesta de la propia Comunidad Autónoma a los trabajadores destinados en estos Juzgados.
Lo que se persigue con la presente convocatoria es:
-Reanudar la negociación y desbloquear la situación avanzando en la plataforma reivindicativa presentada.
-Que por la Administración se hagan propuestas coherentes y aceptables, que incluyan una dotación de plantilla completa, un régimen de libranzas y compensaciones horarias razonable y unas retribuciones adecuadas, encaminadas no solo a la consecución de la mejora en las condiciones laborales y retributivas de los trabajadores destinados en estos Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos de Sevilla capital y dependientes de la Junta de Andalucía sino también a una eficaz implantación de este servicio de guardia en unos órganos judiciales tan cruciales para la sociedad, reconociendo el volumen de asuntos que soportan y las dificultades que entraña la prestación de este servicio, de forma que resulten aceptables para los Representantes de los trabajadores y que no realicen maniobras dilatorias, con el único fin de justificar la existencia de una negociación con las Centrales Sindicales".
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Administración de Justicia
El Ministerio prohíbe las asambleas de los secretarios judiciales
Adjuntamos una nota del Colegio de secretarios sobre la prohibición de celebrar hoy asambleas de secretarios....
"Acabamos de tener conocimiento de que en un nuevo arranque de despotismo, el Ministerio de Justicia ha prohibido la celebración de Asambleas que en cumplimiento de vuestra petición expresada el pasado día 21 de octubre habíamos convocado para mañana a las 12 de la mañana. Decimos despotismo, pero no influido por los principios de la Ilustración, sino propio de la tiranía, porque no deja de ser chirriante que un equipo ministerial que se autopropugna como progresista cercene de forma tan vil el ejercicio de un derecho constitucional como es el de reunión. Un Ministerio que se agarra a pretendidos y más que discutibles motivos formales para no permitir reunirnos mañana sólo denota que tiene pánico a la crítica o absoluto desinterés por las preocupaciones de sus más altos funcionarios; funcionarios que, no olvidemos, sólo pretendemos debatir la grave problemática de la actual situación de la Administración de Justicia y alcanzar acuerdos tendentes a sugerir a través de las asociaciones que nos representan, soluciones a los dirigentes Ministeriales, ya que ellos al parecer no tienen ideas novedosas como demostraron en la última reunión del día 10. Bueno, en realidad sí tienen ideas, y esa es la mala noticia, que sus ideas o propuestas no están orientadas a dotar al ciudadano del sistema de Administración de Justicia que merece, una nueva oficina judicial regido por las mayores garantías y transparencia a través de la fe pública, sino que su pretensión se orienta a reducir costes y vender humo reinventando y repitiendo lo ya probado hasta la saciedad, siempre con pésimos resultados y contribuyendo no a mejorar, sino a dificultar cada vez más nuestra labor diaria.Pero que nadie se llame a engaño. No nos desanimamos, y continuaremos con más fuerza en el camino que hemos empezado. La historia de la democracia ha demostrado que los intentos por desvirtuarla no sólo no triunfan, sino que estimulan y sirven de acicate a quien está convencido de que las libertades sociales y los derechos colectivos deben regir la vida cotidiana. En esa línea seguiremos, y si mañana no podemos celebrar nuestras asambleas, nadie nos va a tapar la boca, nadie nos va a impedir que reflexionemos sobre la arbitrariedad de la medida, nadie nos va a impedir que critiquemos fundadamente la falta de seguridad y el desacierto grave en la postura adoptada por nuestros superiores ministeriales para su pretendida modernización, ya que la someten a examen de sus “expertos”, pero tiemblan ante la posibilidad de que sus juristas la sometamos a crítica. Sí, juristas, porque hasta la fecha seguimos siendo juristas depositarios de la fé pública judicial y Cuerpo Superior Jurídico de la Administración de Justicia, aunque ellos públicamente y sin pudor prediquen que su voluntad es convertirnos en gestores.Queremos transmitiros un mensaje de esperanza y fuerza, porque eso es lo que ahora necesitamos, la fuerza de todos los compañeros que ya demostrasteis el pasado día 21 de octubre y que por vuestros mensajes sabemos que sigue viva, y esperanza para el ciudadano, pues nos importa el servicio público, y nos importa servir a quien deposita su esperanza en la justicia, y en ello seguiremos empeñados, quizá ahora más que hace unas horas, y estad tranquilos, mañana nos lo han prohibido, pero más adelante, hay tiempo."
"Acabamos de tener conocimiento de que en un nuevo arranque de despotismo, el Ministerio de Justicia ha prohibido la celebración de Asambleas que en cumplimiento de vuestra petición expresada el pasado día 21 de octubre habíamos convocado para mañana a las 12 de la mañana. Decimos despotismo, pero no influido por los principios de la Ilustración, sino propio de la tiranía, porque no deja de ser chirriante que un equipo ministerial que se autopropugna como progresista cercene de forma tan vil el ejercicio de un derecho constitucional como es el de reunión. Un Ministerio que se agarra a pretendidos y más que discutibles motivos formales para no permitir reunirnos mañana sólo denota que tiene pánico a la crítica o absoluto desinterés por las preocupaciones de sus más altos funcionarios; funcionarios que, no olvidemos, sólo pretendemos debatir la grave problemática de la actual situación de la Administración de Justicia y alcanzar acuerdos tendentes a sugerir a través de las asociaciones que nos representan, soluciones a los dirigentes Ministeriales, ya que ellos al parecer no tienen ideas novedosas como demostraron en la última reunión del día 10. Bueno, en realidad sí tienen ideas, y esa es la mala noticia, que sus ideas o propuestas no están orientadas a dotar al ciudadano del sistema de Administración de Justicia que merece, una nueva oficina judicial regido por las mayores garantías y transparencia a través de la fe pública, sino que su pretensión se orienta a reducir costes y vender humo reinventando y repitiendo lo ya probado hasta la saciedad, siempre con pésimos resultados y contribuyendo no a mejorar, sino a dificultar cada vez más nuestra labor diaria.Pero que nadie se llame a engaño. No nos desanimamos, y continuaremos con más fuerza en el camino que hemos empezado. La historia de la democracia ha demostrado que los intentos por desvirtuarla no sólo no triunfan, sino que estimulan y sirven de acicate a quien está convencido de que las libertades sociales y los derechos colectivos deben regir la vida cotidiana. En esa línea seguiremos, y si mañana no podemos celebrar nuestras asambleas, nadie nos va a tapar la boca, nadie nos va a impedir que reflexionemos sobre la arbitrariedad de la medida, nadie nos va a impedir que critiquemos fundadamente la falta de seguridad y el desacierto grave en la postura adoptada por nuestros superiores ministeriales para su pretendida modernización, ya que la someten a examen de sus “expertos”, pero tiemblan ante la posibilidad de que sus juristas la sometamos a crítica. Sí, juristas, porque hasta la fecha seguimos siendo juristas depositarios de la fé pública judicial y Cuerpo Superior Jurídico de la Administración de Justicia, aunque ellos públicamente y sin pudor prediquen que su voluntad es convertirnos en gestores.Queremos transmitiros un mensaje de esperanza y fuerza, porque eso es lo que ahora necesitamos, la fuerza de todos los compañeros que ya demostrasteis el pasado día 21 de octubre y que por vuestros mensajes sabemos que sigue viva, y esperanza para el ciudadano, pues nos importa el servicio público, y nos importa servir a quien deposita su esperanza en la justicia, y en ello seguiremos empeñados, quizá ahora más que hace unas horas, y estad tranquilos, mañana nos lo han prohibido, pero más adelante, hay tiempo."
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Administración de Justicia
Los dueños de Contsa tenían 6 millones de euros en sus cuentas personales
El matrimonio propietario de la inmobiliaria Contsa tenía en sus cuentas personales seis millones de euros, según ha revelado la investigación realizada tras el escándalo derivado de la suspensión de pagos de la empresa. Este dinero detectado en las cuentas de José Salas Burzón y de su esposa, Carmen B. D., procedía de las actividades de las sociedades del grupo vinculadas a cada cónyuge, que además habría eludido supuestamente la obligación de declarar el correspondiente IRPF de estas cantidades, según fuentes judiciales. Las cuentas corrientes de Salas y su mujer reflejaban un movimiento de 6 millones de euros en los últimos cuatro años, según las mismas fuentes. Ante estos presuntos incumplimientos tributarios, la Fiscalía de Sevilla ha presentado sendas querellas contra José Salas Burzón y su mujer, a los que atribuye un delito contra la Hacienda Pública. Estas dos denuncias, que investigan los juzgados de Instrucción número 10 y 8, respectivamente, constituyen dos procedimientos diferentes a la investigación que lleva a cabo el juzgado de Instrucción número 17 por presunta estafa y en el que están imputados los dos cónyuges. El juzgado de Instrucción número 8 ha citado incluso a declarar a la esposa del propietario para el próximo día 1 de diciembre, aunque esta declaración tendrá que aplazarse porque el abogado defensor tiene otro juicio fijado para el mismo día. Por su parte, el juzgado de Instrucción número 10 tendrá igualmente que citar a una comparecencia a José Salas Burzón, que se encuentra en prisión preventiva desde el 3 de octubre, cuando declaró en relación con el informe de los administradores concursales, quienes concluyeron que Contsa tenía una estructura "piramidal", con un volumen de negocio difícil de mantener si no se procedía a la captación de nuevos inversores.
Los peritos designados por el juzgado de lo Mercantil, que tramita el concurso de acreedores, certificaron además que Contsa tenía un agujero en sus cuentas de 86,8 millones de euros y que el número real de inversores ascendía a 1.653, casi tres veces más de lo que afirmó en su día Salas Burzón.La esposa del propietario de Contsa está citada precisamente hoy a declarar en el juzgado de Instrucción número 17, donde también está imputada como presunta cooperadora necesaria en los delitos de estafa y falsedad que se atribuyen a su marido. La mujer, que ha retrasado en dos ocasiones esta comparecencia -en una ocasión porque estaba hospitalizada tras una ingesta masiva de medicamentos-, alegará que ignora los asuntos empresariales, ya que sólo ha considerado como suya una pequeña tienda, La casa de las medias, que regentó hace años en el centro de Sevilla, informa Efe.La imputada alegará que sólo cuenta con un nivel de estudios de EGB y que los únicos negocios que realmente ha considerado como suyos son la tienda de medias que tenía en la calle Rosario de Sevilla y otro establecimiento de "todo a veinte duros". Carmen B. D., de 37 años, dirá a la juez que las empresas las dirigía su marido, a pesar de que ella misma o sus dos hijos menores de edad aparecen como propietarios de varias de las empresas vinculadas al grupo Contsa, entre ellas Congelados Al Andalus, Hacienda San Martín, President Patrimonio, President Catering, Tender Financial o Contsa Renta Vitalicia.La juez Pilar Llorente contará con dos informes psicológicos sobre el estado de la mujer, que atraviesa una crisis de ansiedad que la llevó a intentar suicidarse -tomando medicamentos- la tarde del 30 de octubre, víspera del día que debía acudir a los juzgados y cuando su esposo llevaba ya un mes en prisión preventiva.
Los peritos designados por el juzgado de lo Mercantil, que tramita el concurso de acreedores, certificaron además que Contsa tenía un agujero en sus cuentas de 86,8 millones de euros y que el número real de inversores ascendía a 1.653, casi tres veces más de lo que afirmó en su día Salas Burzón.La esposa del propietario de Contsa está citada precisamente hoy a declarar en el juzgado de Instrucción número 17, donde también está imputada como presunta cooperadora necesaria en los delitos de estafa y falsedad que se atribuyen a su marido. La mujer, que ha retrasado en dos ocasiones esta comparecencia -en una ocasión porque estaba hospitalizada tras una ingesta masiva de medicamentos-, alegará que ignora los asuntos empresariales, ya que sólo ha considerado como suya una pequeña tienda, La casa de las medias, que regentó hace años en el centro de Sevilla, informa Efe.La imputada alegará que sólo cuenta con un nivel de estudios de EGB y que los únicos negocios que realmente ha considerado como suyos son la tienda de medias que tenía en la calle Rosario de Sevilla y otro establecimiento de "todo a veinte duros". Carmen B. D., de 37 años, dirá a la juez que las empresas las dirigía su marido, a pesar de que ella misma o sus dos hijos menores de edad aparecen como propietarios de varias de las empresas vinculadas al grupo Contsa, entre ellas Congelados Al Andalus, Hacienda San Martín, President Patrimonio, President Catering, Tender Financial o Contsa Renta Vitalicia.La juez Pilar Llorente contará con dos informes psicológicos sobre el estado de la mujer, que atraviesa una crisis de ansiedad que la llevó a intentar suicidarse -tomando medicamentos- la tarde del 30 de octubre, víspera del día que debía acudir a los juzgados y cuando su esposo llevaba ya un mes en prisión preventiva.
14 noviembre 2008
La Fiscalía dice que el juez Tirado "quebró" el Estado de Derecho por no encarcelar a tiempo a Santiago del Valle
La Fiscalía General del Estado ha pedido al Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que desestime el recurso del juez Rafael Tirado en el que pidió el archivo del expediente disciplinario por el que fue condenado a pagar 1.500 euros porque la actuación del magistrado al no encarcelar durante más de dos años a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, supuso la "quiebra" del Estado de Derecho. El escrito de alegaciones presentado por el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan Martín-Casallo, reitera el planteamiento del Ministerio Público a lo largo del expediente, al considerar que el retraso en la tramitación de la ejecución de la condena impuesta al pederasta por abusar de su hija constituye una falta "muy grave" de desatención, por la que reclama tres años de suspensión de empleo y sueldo.
El teniente fiscal considera que el procedimiento para encarcelar a Santiago del Valle "se inició" más de dos años después de la firmeza de la sentencia, coincidiendo con su arresto por el asesinato de Mari Luz, lo que supone "la quiebra del Estado de Derecho" en cuanto al normal cumplimiento de las resoluciones condenatorias, dando lugar a una serie de "desfases gravísimos por cuanto el no cumplimiento de la condena produce los mismos efectos negativos que si la misma todavía no se hubiera impuesto". Ese desfase afecta a los fines de "prevención general" que persigue la ley, ya sea para restablecer la confianza de la sociedad en el Derecho o para disuadir a quienes no han delinquido. También incide en la "prevención especial" que se dirige a que el condenado, a través de la pena, no vuelva a cometer actos ilícitos. El fiscal apunta además que el retraso al encarcelar a Del Valle vulneró el derecho fundamental de la víctima a la tutela judicial efectiva de los tribunales.
El Ministerio Público rechaza en el documento elevado al Pleno del CGPJ todos los argumentos que esgrimió Rafael Tirado para solicitar el archivo del expediente e insiste en que el juez tenía la obligación de "llevar a cabo las funciones de vigilancia y control" para que la ejecución de la sentencia no se "desvirtúe o malogre por la inacción dentro del mismo durante un dilatadísimo periodo de tiempo".
El teniente fiscal reconoce que aunque son "ciertas" las apreciaciones de Tirado sobre la oficina judicial, éstas "no desvirtúan en absoluto la responsabilidad que le incumbía como titular del juzgado, bien porque debió dar la orden [para que fuese encarcelado] y, si así lo hizo, porque debió vigilar su cumplimiento y no dejar desatendida dicha ejecutoria más de dos años".
En este punto, la Fiscalía rechaza los argumentos del juez Tirado, que culpó a la inacción de la secretaria en el ámbito de su labor de "dar cuenta" al magistrado de la situación de la causa. "El recurrente quiere construir a partir de la dación de cuenta una auténtica patente de corso que le exculpe de cualquier situación que pueda producirse en el juzgado, pero oculta que, con dación de cuenta o sin ella, se halla obligado por la existencia de deberes", señala el fiscal, que cita entre estos deberes el de "vigilar" que la dación se lleve a cabo con la regularidad que exijan las circuntancias y "controlar" que la misma se ajusta a la realidad jurídica del caso concreto.
Para el Ministerio Público, Rafael Tirado "omitió de modo absoluto" estos de estos deberes y concluye que su juzgado "no era precisamente un modelo de diligencia en su actividad".
El teniente fiscal considera que el procedimiento para encarcelar a Santiago del Valle "se inició" más de dos años después de la firmeza de la sentencia, coincidiendo con su arresto por el asesinato de Mari Luz, lo que supone "la quiebra del Estado de Derecho" en cuanto al normal cumplimiento de las resoluciones condenatorias, dando lugar a una serie de "desfases gravísimos por cuanto el no cumplimiento de la condena produce los mismos efectos negativos que si la misma todavía no se hubiera impuesto". Ese desfase afecta a los fines de "prevención general" que persigue la ley, ya sea para restablecer la confianza de la sociedad en el Derecho o para disuadir a quienes no han delinquido. También incide en la "prevención especial" que se dirige a que el condenado, a través de la pena, no vuelva a cometer actos ilícitos. El fiscal apunta además que el retraso al encarcelar a Del Valle vulneró el derecho fundamental de la víctima a la tutela judicial efectiva de los tribunales.
El Ministerio Público rechaza en el documento elevado al Pleno del CGPJ todos los argumentos que esgrimió Rafael Tirado para solicitar el archivo del expediente e insiste en que el juez tenía la obligación de "llevar a cabo las funciones de vigilancia y control" para que la ejecución de la sentencia no se "desvirtúe o malogre por la inacción dentro del mismo durante un dilatadísimo periodo de tiempo".
El teniente fiscal reconoce que aunque son "ciertas" las apreciaciones de Tirado sobre la oficina judicial, éstas "no desvirtúan en absoluto la responsabilidad que le incumbía como titular del juzgado, bien porque debió dar la orden [para que fuese encarcelado] y, si así lo hizo, porque debió vigilar su cumplimiento y no dejar desatendida dicha ejecutoria más de dos años".
En este punto, la Fiscalía rechaza los argumentos del juez Tirado, que culpó a la inacción de la secretaria en el ámbito de su labor de "dar cuenta" al magistrado de la situación de la causa. "El recurrente quiere construir a partir de la dación de cuenta una auténtica patente de corso que le exculpe de cualquier situación que pueda producirse en el juzgado, pero oculta que, con dación de cuenta o sin ella, se halla obligado por la existencia de deberes", señala el fiscal, que cita entre estos deberes el de "vigilar" que la dación se lleve a cabo con la regularidad que exijan las circuntancias y "controlar" que la misma se ajusta a la realidad jurídica del caso concreto.
Para el Ministerio Público, Rafael Tirado "omitió de modo absoluto" estos de estos deberes y concluye que su juzgado "no era precisamente un modelo de diligencia en su actividad".
La mina de Las Cruces incumplió nueve condiciones de la autorización
La compañía minera Cobre Las Cruces, filial de la multinacional canadiense Inmet Mining, incumplió hasta nueve condiciones de la autorización concedida por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) para la explotación de la actividad. Así se expone en el informe que la Comisaría de Aguas de la CHG elaboró el pasado 12 de mayo y que ha sido ahora aportado a la causa abierta en el juzgado de Instrucción número 19 de Sevilla, que investiga la querella presentada por la Fiscalía de Medio Ambiente contra Cobre Las Cruces por la presunta comisión de delitos medioambientales y de daños.
Ese informe, que sirvió a la Confederación para suspender la autorización concedida en octubre de 2003, enumera hasta nueve incumplimientos de las condiciones que fijó el organismo que gestiona la cuenca para evitar precisamente consecuencias perjudiciales para el dominio público hidráulico.
Para empezar, la CHG señala que la explotación minera carece de un "plan de contingencias" para prevenir situaciones de rotura o inoperatividad de las instalaciones y, en consecuencia, de un vertido accidental. Ese proyecto "nunca" fue aprobado por la Administración, sostiene el informe, que aclara que el proyecto que fue presentado inicialmente "no daba respuesta a los eventuales riesgos". El documento advierte que la Administración solicitó modificaciones y mejoras en aspectos de "crucial importancia", como por ejemplo la posibilidad de que se afectara a terceros o de contaminar con metales los pozos del sistema, pero estos riesgos "de ningún modo pueden considerarse resueltos satisfactoriamente". Así, la CHG concluye que la mina carece en este momento de "un plan completo de contingencias que pueda ser aprobado".
La ausencia del plan de contingencias no es el único incumplimiento de la autorización detectado por la CHG, ya que, según este organismo, el modelo hidrogeológico y de gestión de la mina incorporó una serie de modificaciones que tampoco fueron autorizadas por la Confederación. Es más, la situación actual "ni siquiera se ajusta a las previsiones del modelo modificado, con diferencias muy significativas que resultan de los propios datos transmitidos por la empresa".
Además, Cobre Las Cruces inició la extracción de aguas sin que culminara el proceso de reconocimiento de las obras realizadas y el precintado de los mecanismos de control. Entre las condiciones de la autorización se fijaba expresamente la necesidad de que la explotación contara con un hidrogeólogo residente -con una presencia continuada en la obra- encargado del autocontrol de las operaciones, pero este técnico no se incorporó hasta "septiembre de 2007", casi cuatro años después de que se concediera la autorización a la compañía minera.
Otra de las condiciones que, según la CHG, infringió Las Cruces se refiere a que las operaciones de drenaje e inyección debían de ajustarse a los ocho sectores fijados en el proyecto, que especificaba asimismo que no podían inyectarse aguas procedentes de un sector de extracción en otro diferente para preservar los niveles de calidad natural de las aguas subterráneas. Según el informe entregado en el juzgado, hay diversas solicitudes de cambio de sector a otro diferente de determinados sondeos, lo que pone de manifiesto que la inyección en otro sector distinto, que se había planteado como excepción, "se pretende convertir en norma", lo que contraviene el esquema de funcionamiento.
Otra de las condiciones especificaba que las aguas procedentes del drenaje del fondo de la corta no podían ser bombeadas ni reinyectadas en el acuífero Niebla-Posadas, dado que las aguas del fondo están contaminadas y devolverlas al acuífero suponía un "peligro de alteración de las aguas subterráneas". La empresa propuso la reinyección de las aguas del fondo previamente tratadas, lo que tampoco estaba contemplado en la autorización.
Ese informe, que sirvió a la Confederación para suspender la autorización concedida en octubre de 2003, enumera hasta nueve incumplimientos de las condiciones que fijó el organismo que gestiona la cuenca para evitar precisamente consecuencias perjudiciales para el dominio público hidráulico.
Para empezar, la CHG señala que la explotación minera carece de un "plan de contingencias" para prevenir situaciones de rotura o inoperatividad de las instalaciones y, en consecuencia, de un vertido accidental. Ese proyecto "nunca" fue aprobado por la Administración, sostiene el informe, que aclara que el proyecto que fue presentado inicialmente "no daba respuesta a los eventuales riesgos". El documento advierte que la Administración solicitó modificaciones y mejoras en aspectos de "crucial importancia", como por ejemplo la posibilidad de que se afectara a terceros o de contaminar con metales los pozos del sistema, pero estos riesgos "de ningún modo pueden considerarse resueltos satisfactoriamente". Así, la CHG concluye que la mina carece en este momento de "un plan completo de contingencias que pueda ser aprobado".
La ausencia del plan de contingencias no es el único incumplimiento de la autorización detectado por la CHG, ya que, según este organismo, el modelo hidrogeológico y de gestión de la mina incorporó una serie de modificaciones que tampoco fueron autorizadas por la Confederación. Es más, la situación actual "ni siquiera se ajusta a las previsiones del modelo modificado, con diferencias muy significativas que resultan de los propios datos transmitidos por la empresa".
Además, Cobre Las Cruces inició la extracción de aguas sin que culminara el proceso de reconocimiento de las obras realizadas y el precintado de los mecanismos de control. Entre las condiciones de la autorización se fijaba expresamente la necesidad de que la explotación contara con un hidrogeólogo residente -con una presencia continuada en la obra- encargado del autocontrol de las operaciones, pero este técnico no se incorporó hasta "septiembre de 2007", casi cuatro años después de que se concediera la autorización a la compañía minera.
Otra de las condiciones que, según la CHG, infringió Las Cruces se refiere a que las operaciones de drenaje e inyección debían de ajustarse a los ocho sectores fijados en el proyecto, que especificaba asimismo que no podían inyectarse aguas procedentes de un sector de extracción en otro diferente para preservar los niveles de calidad natural de las aguas subterráneas. Según el informe entregado en el juzgado, hay diversas solicitudes de cambio de sector a otro diferente de determinados sondeos, lo que pone de manifiesto que la inyección en otro sector distinto, que se había planteado como excepción, "se pretende convertir en norma", lo que contraviene el esquema de funcionamiento.
Otra de las condiciones especificaba que las aguas procedentes del drenaje del fondo de la corta no podían ser bombeadas ni reinyectadas en el acuífero Niebla-Posadas, dado que las aguas del fondo están contaminadas y devolverlas al acuífero suponía un "peligro de alteración de las aguas subterráneas". La empresa propuso la reinyección de las aguas del fondo previamente tratadas, lo que tampoco estaba contemplado en la autorización.
13 noviembre 2008
Los jueces retrasarán más de 900 juicios de falta al año para controlar mejor los asuntos de sus juzgados
Los 20 jueces de Instrucción de Sevilla han acordado retrasar la celebración de unos 900 juicios de faltas al año para poder controlar mejor los asuntos que se tramitan en estos órganos judiciales. La decisión fue adoptada en el tanscurso de una junta de jueces celebrada el pasado lunes, en la que los magistrados decidieron que durante la última semana de los meses de mayo y noviembre "no se efectúen señalamientos de diligencias de instrucción, salvo aquellas de carácter urgente, ni juicios de faltas".En la práctica, la medida supone el retraso de 900 juicios de faltas, teniendo en cuenta el elevado volumen de ingresos de este tipo de procedimientos que reciben los órganos de Instrucción y que sólo el año pasado superaron los 23.000 casos.La junta de jueces también ha solicidato a la Consejería de Justicia la creación de dos nuevos juzgados de Instrucción, dada la carga de trabajo que soportan, y la "inmediata cobertura" de las vacantes de funcionarios por personal cualificado, ya que, según denuncian, "se viene observando que continúan las demoras en el nombramiento de interinos y que éstos, en muchos casos, carecen de la adecuada formación".De la misma forma, los jueces piden que se aceleren los trámites para el "inmediato traslado" de los juzgados al denominado edificio puente, la solución intermedia mientras se construye la Ciudad de la Justicia.
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Administración de Justicia
12 noviembre 2008
El juez Serrano concede una pensión alimenticia de 3.500 euros a un hijo de dos años
El juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano Castro, ha dictado una sentencia en la que fija en 3.500 euros la cantidad que un catedrático tendrá que pasar mensualmente a un hijo de sólo dos años, en concepto de pensión alimenticia.
La resolución pretende, según explica el propio magistrado, evitar que cuando el niño sea un adolescente pase a vivir con el progenitor que ha sido considerado como menos idóneo sólo por su propio "egoísmo" o "por un puro y libertino capricho", ante el diferente nivel económico entre ambos progenitores. Esto es lo novedoso de la sentencia, intentar que no se produzca el denominado síndrome de alienación parental invertida, señala el juez Serrano, que recuerda que la pensión alimenticia tiene que ser "proporcional" a los ingresos y el patrimonio de que se dispone. Serrano añade que, en otras ocasiones, ha acordado pensiones mensuales que superan los 6.000 euros.
En el caso concreto, el juez atribuye la guardia y custodia del hijo -fruto de una unión de hecho y que tiene casi tres años- a la madre, puesto que el padre es mayor y "no reúne las cualidades precisas para encargarse de la briega y dedicación que exige un niño de corta edad". En cuanto a la cuantía de la pensión alimenticia, el juez la ha fijado en 3.500 euros, en atención al salario del padre y al patrimonio "muy importante" con el que cuenta y que está integrado por más de una treintena de pisos en varias localidades españolas, así como locales comerciales y dos plantas completas de garajes, entre otras posesiones inmobiliarias. El juez considera que el padre está "en una fase de su vida en la que legítimamente había planeado hacer caja, recoger beneficios y disfrutar de una riqueza acumulada e invertir en activos inmobiliarios, esperando disfrutar de una acomodada jubilación y vivir el resto de su vida del desahogo que le proporcionaría el rendimiento y rentas devengados por su sustancial patrimonio".
En este contexto, el nacimiento de un nuevo hijo, "ha trastocado esos planes" del progenitor, señala el juez, que advierte que resulta "casi ofensivo que pretenda desentenderse de su responsabilidad como padre y como padre acaudalado, abonando como pensión alimenticia la ridícula cuantía de 300 euros".
El juez entiende que la cantidad fijada como pensión es "crucial" porque, en caso contrario, existe el riesgo de que cuando el niño tenga 10 u 11 años y el padre más de 70, se produzca esa alienación parental invertida que se produce cuando existe un profundo desequilibrio entre la situación económica y riqueza de ambos progenitores. "Porque los niños, cuando adquieren uso de razón y su egoísmo supera sus vinculaciones afectivas y de apego, confunden su verdadero interés con el de una voluntad manipulada, alienada y marcada por un puro y libertino capricho", asevera el fallo.
El magistrado explica que aunque todos los ciudadanos son iguales ante la ley y no puede existir discriminación, este principio constituye una "mera abstracción y entelequia, pues en nuestra sociedad siguen existiendo pobres, ricos y clase media, y en cada una de esas categorías sociales el concepto de cobertura y satisfacción de necesidades es muy distinto". De ahí que concluya que hay garantizar al menor "un vivienda digna, adecuada y proporcional a la que podría ofrecerle su padre, una educación privada reservada a una élite social, que no asegura el éxito pero si multiplica sus posibilidades, ropa cara, atención sanitaria privada. Lujos de los que nunca podría disfrutar un niño de un barrio marginal", dice el juez, que vincula la pensión de 3.500 euros a la obligación de matricular al niño el próximo curso en el colegio bilingüe que habían pactado ambos progenitores.
La resolución pretende, según explica el propio magistrado, evitar que cuando el niño sea un adolescente pase a vivir con el progenitor que ha sido considerado como menos idóneo sólo por su propio "egoísmo" o "por un puro y libertino capricho", ante el diferente nivel económico entre ambos progenitores. Esto es lo novedoso de la sentencia, intentar que no se produzca el denominado síndrome de alienación parental invertida, señala el juez Serrano, que recuerda que la pensión alimenticia tiene que ser "proporcional" a los ingresos y el patrimonio de que se dispone. Serrano añade que, en otras ocasiones, ha acordado pensiones mensuales que superan los 6.000 euros.
En el caso concreto, el juez atribuye la guardia y custodia del hijo -fruto de una unión de hecho y que tiene casi tres años- a la madre, puesto que el padre es mayor y "no reúne las cualidades precisas para encargarse de la briega y dedicación que exige un niño de corta edad". En cuanto a la cuantía de la pensión alimenticia, el juez la ha fijado en 3.500 euros, en atención al salario del padre y al patrimonio "muy importante" con el que cuenta y que está integrado por más de una treintena de pisos en varias localidades españolas, así como locales comerciales y dos plantas completas de garajes, entre otras posesiones inmobiliarias. El juez considera que el padre está "en una fase de su vida en la que legítimamente había planeado hacer caja, recoger beneficios y disfrutar de una riqueza acumulada e invertir en activos inmobiliarios, esperando disfrutar de una acomodada jubilación y vivir el resto de su vida del desahogo que le proporcionaría el rendimiento y rentas devengados por su sustancial patrimonio".
En este contexto, el nacimiento de un nuevo hijo, "ha trastocado esos planes" del progenitor, señala el juez, que advierte que resulta "casi ofensivo que pretenda desentenderse de su responsabilidad como padre y como padre acaudalado, abonando como pensión alimenticia la ridícula cuantía de 300 euros".
El juez entiende que la cantidad fijada como pensión es "crucial" porque, en caso contrario, existe el riesgo de que cuando el niño tenga 10 u 11 años y el padre más de 70, se produzca esa alienación parental invertida que se produce cuando existe un profundo desequilibrio entre la situación económica y riqueza de ambos progenitores. "Porque los niños, cuando adquieren uso de razón y su egoísmo supera sus vinculaciones afectivas y de apego, confunden su verdadero interés con el de una voluntad manipulada, alienada y marcada por un puro y libertino capricho", asevera el fallo.
El magistrado explica que aunque todos los ciudadanos son iguales ante la ley y no puede existir discriminación, este principio constituye una "mera abstracción y entelequia, pues en nuestra sociedad siguen existiendo pobres, ricos y clase media, y en cada una de esas categorías sociales el concepto de cobertura y satisfacción de necesidades es muy distinto". De ahí que concluya que hay garantizar al menor "un vivienda digna, adecuada y proporcional a la que podría ofrecerle su padre, una educación privada reservada a una élite social, que no asegura el éxito pero si multiplica sus posibilidades, ropa cara, atención sanitaria privada. Lujos de los que nunca podría disfrutar un niño de un barrio marginal", dice el juez, que vincula la pensión de 3.500 euros a la obligación de matricular al niño el próximo curso en el colegio bilingüe que habían pactado ambos progenitores.
11 noviembre 2008
Avanzan los trabajos de uno de los edificios que la Junta estudia como solución "puente" para los juzgados
Las obras del edificio Noga, que se baraja como una de las opciones para ubicar el denominado edificio puente de los juzgados de Sevilla mientras se construye la Ciudad de la Justicia, avanzan a buen ritmo, como prueba la fotografía captada hoy mismo. La parte exterior está muy acabada y continúan los trabajos en su interior. Justicia baraja varias opciones en el entorno del Prado para desplazar provisionalmente los juzgados de Instrucción y el decanato. El traslado debe producirse en los primeros meses de 2009.
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Administración de Justicia
06 noviembre 2008
Los jueces de lo Penal retrasarán 500 juicios al año para controlar las causas ejecutorias
Los jueces se han plantado ante las administraciones públicas a raíz del caso Mari Luz. Dos semanas después de que una junta general de jueces de Sevilla denunciara nuevamente la falta de medios técnicos, materiales y humanos de la Justicia, coincidiendo con la huelga de secretarios, los jueces de lo Penal han anunciado las primeras medidas para luchar contra el colapso mientras no se les dote de medios suficientes: dejarán de celebrar juicios en junio y diciembre, lo que en la práctica implicará el retraso de más de 550 juicios al año.La medida fue adoptada el pasado viernes, en el transcurso de una reunión de los jueces de lo Penal de Sevilla, a la que también asistió el magistrado Rafael Tirado, sancionado con 1.500 euros por el retraso en la ejecutoria de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz Cortés. En esta junta, los jueces han hecho hincapié en que la actual planta judicial es insuficiente y han solicitado la creación de otros seis juzgados de lo Penal, de los cuales tres tendrían competencia exclusiva para ejecutar sentencias.Los jueces recuerdan que, desde 2002, no se ha creado un nuevo órgano de lo Penal -el año que viene entrará en funcionamiento el número 14- y precisan que en este período se han introducido determinadas reformas legales como la violencia doméstica, el endurecimiento de los delitos en materia de seguridad vial o la modificación procesal que permite reducir un tercio la pena para los acusados que se conformen en el juzgado de guardia. Todos estos cambios legales han disparado el número de causas ejecutorias que llegan a los juzgados penales, que cada vez tienen más dificultades para realizar un control efectivo de estos procesos. Según las últimas estadísticas judiciales, en sólo un trimestre subieron en más de un millar los asuntos que llegan a estos órganos, que acumulan ya casi 8.000 sentencias sin ejecutar.Los jueces de lo Penal de Sevilla consideran que, ante la saturación de esta jurisdicción, es necesario reformar la ley de Enjuiciamiento Criminal para que los juzgados de Instrucción sean los que se encarguen de la ejecución de las sentencias que dicten, además de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) revise el módulo de entrada de asuntos de los juzgados penales para que se tengan en cuenta las ejecutorias.El acta de la junta de jueces concluye solicitando a la Consejería de Justicia de la Junta que, mientras no se produzcan estas actuaciones, "prolongue" la jornada de los funcionarios de estos órganos o los refuerce con dos nuevos empleados "de forma inmediata y con carácter permanente". Al Ministerio de Justicia reclaman el nombramiento de un segundo secretario judicial para cada juzgado.Mientras tanto, durante los meses de junio y diciembre no señalarán juicios salvo las causas preferentes -con presos y violencia doméstica- y los juicios rápidos.
La Consejería de Justicia destinará el 75% de su presupuesto de 2009 a Justicia
La consejera presenta en el Parlamento andaluz las cuentas para el próximo año que ascienden a 676,56 millones de euros
El 75% del presupuesto total de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía para el año 2009 se destinará a las políticas relativas a la justicia. Esto supone un montante de 506 millones de euros, que se destinarán a dotar de mejores medios materiales y humanos la Administración de Justicia en la comunidad, a modernizar las sedes judiciales y los sistemas de información y a optimizar los procedimientos de trabajo. El presupuesto total del departamento dirigido por la consejera Evangelina Naranjo para el año que viene asciende a 676,56 millones de euros.
Naranjo ha comparecido en comisión parlamentaria para informar sobre los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2009 relativos a la Consejería de Justicia y Administración Pública, que aumentan en 5,67 millones con respecto a 2008, de los cuales casi 1,5 millones se financian mediante el importante ahorro de casi el 14% en gastos corrientes pertenecientes al programa de la Dirección y Servicios Generales de Justicia y Administración Pública.
La titular de Justicia y Administración Pública, que ha señalado que la política presupuestaria de la Consejería se ha basado principalmente en la austeridad, el refuerzo de los medios materiales y humanos y la mejora en la gestión, ha detallado que en infraestructuras judiciales se invertirán a lo largo del próximo ejercicio más de 56 millones y que se consignará un millón de euros para la configuración y despliegue territorial de la Fiscalía de Andalucía.
De cara a la modernización en la gestión de los procedimientos judiciales, la Consejería dedicará 8,8 millones a desarrollar el portal Adriano para contribuir a agilizar los trámites, reducir los plazos de respuesta e introducir nuevos y mejores elementos que incrementen la seguridad. Asimismo, las dotaciones relativas a la Justicia de Paz ascienden a 3,56 millones, con el objetivo de sufragar los gastos de funcionamiento de estos juzgados y mantener las subvenciones para la mejora y modernización de sus infraestructuras.
En materia de Justicia Juvenil, la consejera ha destacado que para 2009 se prevén más de 93,8 millones, lo que supone un incremento de casi 660.000 euros con respecto al año en curso y de casi 25 millones de aumento en relación a 2004, año en que la Consejería recibió las competencias relativas a los menores infractores en Andalucía.
También en el área de Justicia, las políticas relativas a la Memoria Histórica, que quedan integradas en la Oficina del Comisario, contemplan una partida de 1,05 millones de euros, cantidad similar a la de este año. En el marco de las políticas sociales que impregnan el presupuesto de la Consejería, el departamento de Evangelina Naranjo garantizará la defensa de la ciudadanía con menos recursos ante los tribunales de justicia con una partida de 32,5 millones a través de la denominada asistencia jurídica gratuita.
El presupuesto para el área de Administración Pública se centra en alcanzar una Administración ágil y eficaz al servicio de la ciudadanía y del progreso de Andalucía, a través de la mejora de su funcionamiento y de la calidad de la prestación de los servicios públicos y con una plena incorporación de la Administración Electrónica. En este sentido, Naranjo ha resaltado que su departamento profundizará en la profesionalización de los recursos humanos, modernizar los sistemas y simplificar los procedimientos.
En este sentido, la consejera ha detallado que, en el apartado de Administración General, están presupuestados 107,5 millones, de los cuales más de 76 millones (más del 70%) se destinan, entre otras partidas, a sueldos y salarios del personal, a incentivos al rendimiento y a actuaciones organizativas dirigidas a la eficiencia.
La formación de los trabajadores y trabajadoras de la Administración también es una de las prioridades de la Consejería en esta materia. Para tal fin, el Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) tiene consignados 14’5 millones de euros, un montante en que también se incluyen partidas para otros dos ejes principales en los que trabaja el IAAP, como son el estudio, investigación y enseñanza y difusión de las disciplinas y técnicas aplicables a las administraciones públicas, y la gestión rigurosa y periódica de las pruebas y cursos de selección de las personas al servicio de la Junta de Andalucía y otras entidades públicas.
El 75% del presupuesto total de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía para el año 2009 se destinará a las políticas relativas a la justicia. Esto supone un montante de 506 millones de euros, que se destinarán a dotar de mejores medios materiales y humanos la Administración de Justicia en la comunidad, a modernizar las sedes judiciales y los sistemas de información y a optimizar los procedimientos de trabajo. El presupuesto total del departamento dirigido por la consejera Evangelina Naranjo para el año que viene asciende a 676,56 millones de euros.
Naranjo ha comparecido en comisión parlamentaria para informar sobre los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2009 relativos a la Consejería de Justicia y Administración Pública, que aumentan en 5,67 millones con respecto a 2008, de los cuales casi 1,5 millones se financian mediante el importante ahorro de casi el 14% en gastos corrientes pertenecientes al programa de la Dirección y Servicios Generales de Justicia y Administración Pública.
La titular de Justicia y Administración Pública, que ha señalado que la política presupuestaria de la Consejería se ha basado principalmente en la austeridad, el refuerzo de los medios materiales y humanos y la mejora en la gestión, ha detallado que en infraestructuras judiciales se invertirán a lo largo del próximo ejercicio más de 56 millones y que se consignará un millón de euros para la configuración y despliegue territorial de la Fiscalía de Andalucía.
De cara a la modernización en la gestión de los procedimientos judiciales, la Consejería dedicará 8,8 millones a desarrollar el portal Adriano para contribuir a agilizar los trámites, reducir los plazos de respuesta e introducir nuevos y mejores elementos que incrementen la seguridad. Asimismo, las dotaciones relativas a la Justicia de Paz ascienden a 3,56 millones, con el objetivo de sufragar los gastos de funcionamiento de estos juzgados y mantener las subvenciones para la mejora y modernización de sus infraestructuras.
En materia de Justicia Juvenil, la consejera ha destacado que para 2009 se prevén más de 93,8 millones, lo que supone un incremento de casi 660.000 euros con respecto al año en curso y de casi 25 millones de aumento en relación a 2004, año en que la Consejería recibió las competencias relativas a los menores infractores en Andalucía.
También en el área de Justicia, las políticas relativas a la Memoria Histórica, que quedan integradas en la Oficina del Comisario, contemplan una partida de 1,05 millones de euros, cantidad similar a la de este año. En el marco de las políticas sociales que impregnan el presupuesto de la Consejería, el departamento de Evangelina Naranjo garantizará la defensa de la ciudadanía con menos recursos ante los tribunales de justicia con una partida de 32,5 millones a través de la denominada asistencia jurídica gratuita.
El presupuesto para el área de Administración Pública se centra en alcanzar una Administración ágil y eficaz al servicio de la ciudadanía y del progreso de Andalucía, a través de la mejora de su funcionamiento y de la calidad de la prestación de los servicios públicos y con una plena incorporación de la Administración Electrónica. En este sentido, Naranjo ha resaltado que su departamento profundizará en la profesionalización de los recursos humanos, modernizar los sistemas y simplificar los procedimientos.
En este sentido, la consejera ha detallado que, en el apartado de Administración General, están presupuestados 107,5 millones, de los cuales más de 76 millones (más del 70%) se destinan, entre otras partidas, a sueldos y salarios del personal, a incentivos al rendimiento y a actuaciones organizativas dirigidas a la eficiencia.
La formación de los trabajadores y trabajadoras de la Administración también es una de las prioridades de la Consejería en esta materia. Para tal fin, el Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) tiene consignados 14’5 millones de euros, un montante en que también se incluyen partidas para otros dos ejes principales en los que trabaja el IAAP, como son el estudio, investigación y enseñanza y difusión de las disciplinas y técnicas aplicables a las administraciones públicas, y la gestión rigurosa y periódica de las pruebas y cursos de selección de las personas al servicio de la Junta de Andalucía y otras entidades públicas.
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03 noviembre 2008
Hospitalizada la mujer del dueño de Contsa
La esposa del dueño de Contsa, Carmen B. D., está ingresada en el hospital San Juan de Dios de Bormujos, después de que el pasado jueves intentara quitarse la vida tras ingerir una gran cantidad de medicamentos. El intento de suicidio se produjo tan sólo un día antes de la comparecencia que la mujer del empresario debía realizar en el juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla, para prestar declaración como imputada por cooperación necesaria en los delitos de estafa y falsedad que se atribuyen a José Salas Burzón, que permanece en prisión preventiva desde el 3 de octubre.La juez instructora, Pilar Llorente, envió ayer al forense de los juzgados para comprobar el estado en que se encontraba Carmen B. D., a los efectos de decidir sobre el aplazamiento de la declaración. El informe del forense confirmó que la esposa de Salas Burzón se hallaba hospitalizada a causa de la ingesta masiva de medicamentos "con fines autolíticos" y añadía que, después de que se le practicara un lavado de estómago en el centro sanitario, la paciente se encontraba "bien, colaboradora y orientada". Los facultativos han remitido a la mujer, de 37 años y con dos hijos, a la consulta de Psiquiatría del hospital de San Lázaro, dado que padece "un síndrome ansioso depresivo desde febrero pasado", fecha en la que el Grupo Contsa fue declarado en concurso. Tras el informe del forense, la juez decidió citar de nuevo para el 14 de noviembre a la mujer del propietario, que aparece junto a sus hijos menores de edad como propietarios de algunas de las sociedades que realizaron operaciones poco antes de la suspensión de pagos de la sociedad.Este es el segundo incidente de este tipo que se produce a lo largo de la investigación del caso, dado que su cuñado y hermano del dueño de Contsa Rafael Salas se suicidó el pasado 7 de febrero, tan sólo unos días antes de que la empresa acudiera al juzgado de lo Mercantil para solicitar un concurso ante las dificultades para hacer frente a los pagos de los acreedores e inversionistas. El propio José Salas compareció entonces en el juzgado para explicar que su hermano, del que asegura se encargaba de la contabilidad en la empresa, sufría depresiones como consecuencia de la difícil situación de la sociedad por la crisis del ladrillo y la imposibilidad de hacer frente a las deudas.Mientras se produce la declaración de Carmen B. D., que ya tuvo que ser suspendida una primera vez el pasado 17 de octubre al renunciar a su abogado y designar en su lugar al letrado José Estanislao López, la juez ha citado para el día 7 de noviembre a los tres administradores concursales designados por el juzgado de lo Mercantil, quienes detectaron la existencia de un agujero de 86,8 millones de euros en las cuentas de Contsa, así como que el número real de acreedores ascendía a 1.653, casi tres veces más de los que declaró José Salas Burzón.
Las suspensiones de pagos se multiplican por cinco hasta octubre
La crisis económica ha multiplicado por cinco el número de procedimientos concursales -las antiguas suspensiones de pagos y quiebras empresariales- que tramita el juzgado de lo Mercantil en sólo diez meses. De los 23 procedimientos concursales declarados en 2007 se ha pasado a los 114 registrados hasta octubre pasado -un 395,65% más- y aún quedan por delante dos meses que se incrementará el número de empresas que se obligadas a acudir a la vía judicial al no poder hacer frente a las deudas. El aumento de los concursos empresariales se ha percibido con especial virulencia en los últimos cuatro meses: en julio se declararon 27 concursos, seis en septiembre y en octubre se aproxima a la veintena. Por el contrario, en junio sólo fueron declarados tres concursos. Las suspensiones de pago y quiebras afectan especialmente a las empresas relacionadas directa o indirectamente con el sector de la construcción. La mayor parte de estos procesos afectan a empresas constructoras o vinculadas con el sector de la construcción, como agencias inmobiliarias o negocios de suministros de materiales y herramientas para la construcción.Las previsiones apuntan a que cuando finalice el año, el juzgado de lo Mercantil superará el millar de asuntos registrados en un año, lo que triplica la carga de trabajo ideal fijada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 350 casos por juzgado y año. De hecho, hasta octubre pasado, este juzgado había ingresado un total de 969 asuntos, entre los que destacan además de 114 concursos, 176 procedimientos sobre normativas reguladoras de sociedades mercantiles, 102 casos de propiedad intelectual, 51 acciones de naturaleza laboral, 44 sobre transportes, 22 de publicidad, 15 demandas de competencia desleal y 12 de derecho marítimo. El juzgado de lo Mercantil también recibió 406 solicitudes de otra índole, según las últimas estadísticas del juzgado.Uno de los casos que recibió en febrero pasado y que está originando una mayor carga de trabajo es el concurso de la inmobiliaria Contsa, con un déficit de más de 86 millones de euros y 1.653 acreedores. El propietario de esta sociedad, José Salas Burzón, que se encuentra actualmente en prisión debido a la investigación que realiza un juzgado de Instrucción tras la denuncia por estafa de varios acreedores, ha presentado más 200 impugnaciones al informe de los administradores concursales, que ahora deberá resolver la juez de lo Mercantil.Desde que entró en vigor la nueva ley concursal y se crearon los órganos mercantiles, en el año 2004, el juzgado de Sevilla ha tramitado 2.616 asuntos. Cada año, el volumen de trabajo ha aumentado progresivamente: en 2005 ingresó 579 casos, 633 en 2006, y 703 en 2007.
Más de 900 sevillanos pueden perder sus viviendas por no pagar la hipoteca
La crisis económica no sólo tiene su reflejo en el incremento del número de parados. En los últimos meses la situación está comenzando a reflejarse en los tribunales de Justicia, que han visto cómo se ha disparado el número de juicios para la ejecución de hipotecas impagadas y la consiguiente subasta de inmuebles. Las estadísticas muestran un panorama, en principio, bastante pesimista. Hasta octubre pasado, los bancos habían demandado en la vía judicial a 934 ciudadanos -según las estadísticas correspondientes al partido judicial de Sevilla, en la provincia son muchos más- por el impago de sus hipotecas. Estos procedimientos, denominados de ejecución de inmuebles hipotecados, tienen por objetivo la subasta pública de los bienes y una vez iniciados no pueden detenerse a menos que el moroso abone la totalidad de la deuda que tiene pendiente con la entidad bancaria. Lo que ocurre es que cuando se ha iniciado la ejecución, la deuda es de tal entidad que hace practicamente irreversible la situación, dado que esta medida suele adoptarse cuando se ha producido un incumplimiento reiterado en la obligación de pago del crédito contratado.Con dos meses todavía por delante y con unas perspectivas económicas nada halagüeñas, la tendencia indica que a final de año el número de juicios relacionados con el impago de hipotecas superará los 1.200 casos, lo que supondría duplicar con creces los juicios de este tipo registrados en el 2007. El año pasado, los jueces de Sevilla tramitaron sólo 500 procedimientos de ejecución de inmuebles hipotecados, una cifra que ya se ha duplicado y a la que habrá que añadir aún los casos que se registren en los próximos dos meses.Los efectos de la crisis también se perciben en el incremento de las reclamaciones judiciales de otro tipo de deudas, como los denominados procesos monitorios, a través de los cuales se persigue el cobro de deudas que no superan los 30.000 euros y que cuentan con un soporte documental, como los préstamos al consumo, las ventas a plazos o con factura. Hasta octubre pasado, los juzgados contabilizaron 12.726 procedimientos de este tipo, lo que representa que ya se han superado los 11.718 casos que se contabilizaron durante todo el año 2007.Las estadísticas judiciales también muestran importantes incrementos en lo que se refiere a los juicios ordinarios -en los que se reclaman cuantías superiores a 3.000 euros y no hay ningún soporte documental que acredite la deuda- y los verbales, en los que se dirimen cuestiones como el impago de rentas por arrendamiento de inmuebles y cuya cuantía no exceda de los 3.000 euros. En lo que va de año se han registrado en Sevilla un total de 2.734 juicios ordinarios y 2.662 verbales, mientras que durante todo el año pasado se registraron 3.500 y 3.683 juicios, respectivamente.Todos estos procedimientos están saturando los juzgados de Primera Instancia de Sevilla, que tienen competencia para resolver sobre todos estos pleitos de carácter civil.
30 octubre 2008
Polémica por las declaraciones del juez Emilio Calatayud por el caso Mari Luz
Las declaraciones del juez de Menores 1 de Granada, Emilio Calatayud, conocido por sus ejemplarizantes condenas, han motivado una nueva polémica en torno al caso Mari Luz. El juez ha asegurado que la responsabilidad en la muerte de la pequeña Mari Luz la tienen "todos", desde el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, hasta el padre de la niña. El juez, que ha presentado la conferencia 'Reflexiones de un juez de menores' que impartirá este jueves en el Centro Cultural Nuevo Inicio de Granada, ha reprochado al padre de Mari Luz, Juan José Cortés, que "dejase sola a una niña de cinco años". Calatayud, quien se ha mostrado convencido de que "muchos de los responsables en la cadena de errores no van a pagar debido a que el sistema no se lo exige", ha opinado que deberían incoarse expedientes disciplinarios al Ministerio Fiscal, al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) e incluso a la Junta de Andalucía.
Apertura de curso en la escuela de práctica forense del colegio de abogados
Ayer se celebró el acto de apertura del Curso 2008/2009 de la Escuelade Práctica Forense del Colegio de Abogados, que desde su creación en 1975 viene impartiendo formación inicial para los nuevos abogados. El Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, DamiánÁlvarez García, pronunció la lección inaugural sobre el tema "El juicio de desahucio arrendaticio urbano". En el acto intervinieron también el decano del Colegio, José Joaquín Gallardo, y el director de la Escuela, Fernando Piruat de la Barrera.
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28 octubre 2008
Tirado alega que no tenía datos que le hicieran pensar en la urgencia de encarcelar a Del Valle por su especial peligrosidad
No tenía "ningún dato" que le hiciera pensar en la importancia o urgencia del ingreso en prisión de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, por su "especial peligrosidad". Se trata del principal argumento que emplea el juez Rafael Tirado en su último escrito remitido al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al que pide el archivo del expediente por el que fue sancionado con una multa de 1.500 euros.
No es la primera vez que el juez Tirado alude a esta falta de conocimiento para intentar justificar que el reo se hallaba aún en libertad, a pesar de haber sido condenado a dos años y nueve meses de prisión por abusar de su propia hija. El magistrado sostuvo en su contestación a la propuesta de sanción realizada por el instructor del expediente disciplinario que la Fiscalía "nunca" pidió, en ningún momento de la tramitación del caso, el ingreso en prisión de Santiago del Valle ni alertó de su peligrosidad, a pesar de "la existencia de otras causas criminales que al Ministerio Fiscal sí le habían de constar".
Sobre esta base, el juez alega que el control de las causas ejecutorias se realiza "según prioridades" y señala que la ejecutoria del pederasta no se incluía entre los criterios legales de preferencia. A saber: que se tratara de una causa con preso, un asunto de violencia doméstica y de género, o un juicio rápido. "Ningún dato anterior, ni posterior, conocido por el juez, hacía pensar en la especial importancia o urgencia del ingreso en prisión del condenado por su especial peligrosidad", insiste Tirado.
El magistrado considera que las dos resoluciones que ordenaba la ejecución de la sentencia "se adoptaron con celeridad", una vez que la Audiencia de Sevilla devolvió los autos al juzgado, tras confirmar íntegramente la sentencia.
El escrito de alegaciones de Tirado llega a la conclusión de que en su expediente disciplinario "late la confusión entre la responsabilidad disciplinaria del juez y la responsabilidad del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia o de otros poderes públicos, pretendiendo enjuiciarse la conducta del magistrado con los criterios que nuestro ordenamiento reserva para la segunda".
El juez también reprocha que la Fiscalía, que ha pedido su suspensión de empleo y sueldo durante tres años, está intentando imponerle una "responsabilidad objetiva" -por el resultado producido- cuando el magistrado dictó las resoluciones precisas para ejecutar lo juzgado. Llegado a este punto, Tirado vuelve a citar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2003 para argumentar que se le está sancionado en relación con unas competencias que corresponden, en virtud de la nueva ley, al secretario judicial, aunque no cita a Juana Gálvez, la secretaria de su juzgado, que ha sido sancionada con dos años de suspensión por el Ministerio de Justicia.
El juez sí advierte que en los autos "no consta ninguna actuación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 455 de la ley orgánica del Poder Judicial", que hace referencia a la función de los secretarios de dar cuenta del estado de las actuaciones, y más adelante concluye que en el caso del pederasta "no se le dio cuenta específica al juez del asunto ni le fue denunciado por ninguna de las partes". A pesar de ello, Tirado reprocha que se le imponga una infracción disciplinaria en la que se le atribuyen "unas funciones de control que, además de no ser de su ámbito de competencia, serían superiores a las normales, con un elevadísimo riesgo y todo ello además del esfuerzo y dedicación excepcional que este juzgador ha desplegado y que los módulos de actividad o dedicación de los últimos años revelan".
El juez también denuncia que no existe ningún registro informático que pueda interconectar los juzgados de la capital y los de otra provincia, y recuerda que la inspección llevada a cabo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) unos meses antes de que estallara el escándalo, en concreto en noviembre de 2007, sólo detectó una falta de retraso "leve" en las causas ejecutorias. El juez señala además que la carga de trabajo de la oficina judicial en su conjunto -magistrado, secretaria judicial y funcionarios- es "muy elevada y de difícil asunción, al igual que ocurre en el resto de los juzgados de lo Penal de la provincia y que se ha reiterado en numerosas ocasiones por las diversas juntas de jueces".
Por su parte, el padre de la pequeña Mari Luz, Juan José Cortés, pidió ayer al juez Tirado que "se deje de tonterías y de interponer excusas baratas y se responsabilice de su error, ya que por este fallo ha muerto una niña inocente". Cortés aseguró que los argumentos del juez son "una excusa fuera de contexto" y añadió que el hecho de que no estuviera al tanto de la peligrosidad de Del Valle "no le da derecho a dejarlo en libertad".
No es la primera vez que el juez Tirado alude a esta falta de conocimiento para intentar justificar que el reo se hallaba aún en libertad, a pesar de haber sido condenado a dos años y nueve meses de prisión por abusar de su propia hija. El magistrado sostuvo en su contestación a la propuesta de sanción realizada por el instructor del expediente disciplinario que la Fiscalía "nunca" pidió, en ningún momento de la tramitación del caso, el ingreso en prisión de Santiago del Valle ni alertó de su peligrosidad, a pesar de "la existencia de otras causas criminales que al Ministerio Fiscal sí le habían de constar".
Sobre esta base, el juez alega que el control de las causas ejecutorias se realiza "según prioridades" y señala que la ejecutoria del pederasta no se incluía entre los criterios legales de preferencia. A saber: que se tratara de una causa con preso, un asunto de violencia doméstica y de género, o un juicio rápido. "Ningún dato anterior, ni posterior, conocido por el juez, hacía pensar en la especial importancia o urgencia del ingreso en prisión del condenado por su especial peligrosidad", insiste Tirado.
El magistrado considera que las dos resoluciones que ordenaba la ejecución de la sentencia "se adoptaron con celeridad", una vez que la Audiencia de Sevilla devolvió los autos al juzgado, tras confirmar íntegramente la sentencia.
El escrito de alegaciones de Tirado llega a la conclusión de que en su expediente disciplinario "late la confusión entre la responsabilidad disciplinaria del juez y la responsabilidad del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia o de otros poderes públicos, pretendiendo enjuiciarse la conducta del magistrado con los criterios que nuestro ordenamiento reserva para la segunda".
El juez también reprocha que la Fiscalía, que ha pedido su suspensión de empleo y sueldo durante tres años, está intentando imponerle una "responsabilidad objetiva" -por el resultado producido- cuando el magistrado dictó las resoluciones precisas para ejecutar lo juzgado. Llegado a este punto, Tirado vuelve a citar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2003 para argumentar que se le está sancionado en relación con unas competencias que corresponden, en virtud de la nueva ley, al secretario judicial, aunque no cita a Juana Gálvez, la secretaria de su juzgado, que ha sido sancionada con dos años de suspensión por el Ministerio de Justicia.
El juez sí advierte que en los autos "no consta ninguna actuación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 455 de la ley orgánica del Poder Judicial", que hace referencia a la función de los secretarios de dar cuenta del estado de las actuaciones, y más adelante concluye que en el caso del pederasta "no se le dio cuenta específica al juez del asunto ni le fue denunciado por ninguna de las partes". A pesar de ello, Tirado reprocha que se le imponga una infracción disciplinaria en la que se le atribuyen "unas funciones de control que, además de no ser de su ámbito de competencia, serían superiores a las normales, con un elevadísimo riesgo y todo ello además del esfuerzo y dedicación excepcional que este juzgador ha desplegado y que los módulos de actividad o dedicación de los últimos años revelan".
El juez también denuncia que no existe ningún registro informático que pueda interconectar los juzgados de la capital y los de otra provincia, y recuerda que la inspección llevada a cabo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) unos meses antes de que estallara el escándalo, en concreto en noviembre de 2007, sólo detectó una falta de retraso "leve" en las causas ejecutorias. El juez señala además que la carga de trabajo de la oficina judicial en su conjunto -magistrado, secretaria judicial y funcionarios- es "muy elevada y de difícil asunción, al igual que ocurre en el resto de los juzgados de lo Penal de la provincia y que se ha reiterado en numerosas ocasiones por las diversas juntas de jueces".
Por su parte, el padre de la pequeña Mari Luz, Juan José Cortés, pidió ayer al juez Tirado que "se deje de tonterías y de interponer excusas baratas y se responsabilice de su error, ya que por este fallo ha muerto una niña inocente". Cortés aseguró que los argumentos del juez son "una excusa fuera de contexto" y añadió que el hecho de que no estuviera al tanto de la peligrosidad de Del Valle "no le da derecho a dejarlo en libertad".
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