El jurado popular que ha enjuiciado a una niñera boliviana acusada de la muerte de un niño de ocho años con parálisis cerebral al que abandonó durante 43 horas consideró ayer que la acusada sólo es culpable de una imprudencia y no de un homicidio doloso. El veredicto emitido por los nueve ciudadanos que conforman el jurado consideró que Irene C. C., de 20 años, es culpable de un delito de homicidio por imprudencia, en el que ha apreciado tres circunstancias atenuantes en su conducta. El jurado popular aprecia como una atenuante la "rigidez cognitiva" de la acusada, que le impidió alertar a la Policía de la pérdida de las llaves del domicilio donde cuidaba al menor; también su arrepentimiento, en relación con la carta que envió a los padres pidiéndoles perdón tras la muerte del pequeño; y las dilaciones indebidas producidas en un caso cuya instrucción finalizó hace año y medio.
El veredicto declaró probado que los padres de la víctima contrataron en junio de 2006 a la niñera boliviana para la realización de las tareas del hogar y el cuidado de uno de sus cuatro hijos, que padecía una parálisis cerebral por la que requería de una ayuda constante, dado que no podía beber ni comer sólo o moverse por sí mismo.Con motivo de una celebración, la familia se desplazó el fin de semana del 26 de agosto de 2006 a la ciudad de Ceuta y el niño quedó al cuidado de la imputada.
El jurado también ha estimado como probado que sobre la 1:00 de la madrugada la niñera salió del domicilio ubicado en la avenida de San Francisco Javier y, tras haber bebido algunas cervezas con unas amigas, se marchó a una discoteca. Allí conoció a un chico de nacionalidad ecuatoriana a quien, en "prueba de amor", entregó las llaves del domicilio mientras iba al baño. A su regreso, el joven ya no estaba y a pesar de que lo buscó por dentro y fuera de la discoteca, no lo localizó.El jurado ha creído la versión de acusada, según la cual, desde ese momento y durante las horas siguientes estuvo buscando al joven para tratar de recuperar las llaves y volver al domicilio en el que había dejado al menor durmiendo la noche del sábado. No fue hasta la tarde del lunes 28 de agosto cuando los padres regresaron y hallaron al pequeño completamente deshidratado, por lo que lo trasladaron al hospital Virgen del Rocío, donde ingresó ya cadáver.La Fiscalía entendía que Irene C. C. era responsable de un delito de homicidio, porque su acción se había cometido con dolo o intención, pero frente a esta postura del Ministerio Público, el jurado entiende que la acusada simpre pensó que podría volver al domicilio sin que le pasara nada al menor porque aunque era consciente de lo que podía ocurrir "no se le presentó como probable la muerte del niño".En esta decisión ha influido el informe elaborado por dos psicólogos que examinaron a la niñera boliviana y que concluyeron que su excesiva "rigidez cognitiva" o "pensamiento en tubo" no le hacían ver otras alternativas a la recuperación de las llaves como haber llamado por ejemplo a la Policía.Tras el veredicto del jurado, el fiscal pidió dos años de cárcel para la cuidadoras, mientras que la acusación particular que ejercen los padres elevó la petición a cuatro años. La defensa solicitó la pena mínima de tres meses.
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