Dos tercios de los 21 vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su mayoría procedentes de la carrera, decidieron ayer confirmar la multa de 1.500 euros al titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, por el retraso injustificado en la ejecución de la condena de Santiago del Valle, presunto asesino de Mari Luz Cortés, por haber abusado de su propia hija.La confirmación de la sanción al juez Tirado contó con el voto favorable de 14 de los 21 vocales que integran el Poder Judicial, incluido su presidente, Carlos Dívar, quien recientemente aseguró que resultaría difícil que la decisión contentara a todo el mundo. Ocho de los nueve vocales propuestos por el PP también avalaron la multa, salvo la vocal Concepción Espejel, que formulará un voto particular al entender que el expediente debía archivarse porque el juez no cometió ninguna falta disciplinaria. La propuesta contó además con el respaldo de cinco de los nueve vocales propuestos por el PSOE, entre ellos los jueces procedentes de Andalucía Miguel Carmona, que presidió la Audiencia de Sevilla, Inmaculada Montalbán y Manuel Torres Vela.En el polo opuesto se sitúan seis vocales -cuatro propuestos por el PSOE y dos por CiU y PNV-, quienes se mostraron partidarios de imponer una sanción más grave al juez Tirado. En este grupo se encuentra el vocal Félix Azón, que elaboró la propuesta elevada ayer al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces y que defendió una suspensión de dos meses de empleo y sueldo. Los otros cinco vocales se posicionaron en la horquilla más grave que planteó el ponente del caso: sancionar al juez con seis meses de suspensión.La decisión del CGPJ coincide con la resolución acordada hace tres meses por el Consejo en el que predominaba una mayoría conservadora. El debate en el Pleno estuvo marcado por la calificación de la conducta de Rafael Tirado como grave o muy grave, extremo éste último que defendía la Fiscalía General del Estado, que había reclamado la suspensión del juez por un período de tres años y suponía además la pérdida del destino.La mayoría de los vocales concluyeron que la conducta de Tirado constituía sólo una falta grave de retraso injustificado en la ejecución de la sentencia de Santiago del Valle, derivada de una desatención leve de los asuntos de su juzgados, y añadía que al tratarse de una única causa ejecutoria la que acumulaba un retraso de más de dos años, no podía considerarse la infracción disciplinaria como muy grave.Varios integrantes del Poder Judicial se mostraron partidarios de elevar al máximo la cuantía de la multa impuesta a Rafael Tirado, pero esta postura no fue apoya por la mayoría.La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, que votó por endurecer la sanción, explicó a los periodistas que la decisión del máximo órgano de gobierno de los jueces era fruto de una "amplia mayoría judicial" y, por tanto, no podía tildarse de una postura corporativista por parte de los jueces, sino que se basa en el sometimiento a la ley y al principio de legalidad. Según Bravo, "no ha habido bloques" a la hora de resolver el caso, puesto que se ha valorado la doctrina del Tribunal Supremo y se ha buscado "el interés de aplicar por encima de todo la legalidad vigente".El Pleno del CGPJ desestimó ayer los recursos presentados tanto por la Fiscalía General del Estado, que pidió tres años de suspensión de empleo, como por el propio juez Rafael Tirado, que había solicitado el archivo del expediente disciplinario abierto hace nueves meses al estimar que no incurrió en ninguna infracción.
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24 diciembre 2008
23 diciembre 2008
Santiago del Valle es condenado a otros tres años de prisión por abusar de una cuarta niña
El juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla ha condenado a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, a otros tres años de cárcel por abusar de una cuarta niña, a la que abordó en el patio de un bloque de la barriada de La Oliva el 8 de diciembre de 2006.La sentencia considera probado que el acusado se acercó a la niña, aprovechando que estaba jugando sola y, tras cogerla en brazos, comenzó a realizarle tocamientos "con ánimo de satisfacer su deseo sexual". Los abusos fueron observados por una vecina, a la que el acusado contestó diciéndole que era un familiar de la pequeña, pero a continuación se dio a la fuga.La sentencia ha impuesto al pederasta la máxima condena, atendiendo a la corta edad de la víctima, de cuatro años, y la reincidencia delictiva de Del Valle, lo que evidencia su "peligrosidad". El pederasta deberá pagar además una indemnización de 10.000 euros a la víctima por el daño moral causado y no podrá acercarse a la menor durante cinco años.La juez considera probado los abusos, mediante una "maniobra engañosa" al darle un caramelo u otro objeto, y apunta que "es posible pensar que su intención fuese sacarla de allí para poder llevar a cabo su acción sin ser observado".
En cuanto a la eximente de trastorno mental que solicitó la defensa, la juez Mercedes Fernández entiende que no procede aplicársela, a pesar de que el acusado tiene reconocida una minusvalía del 75% y ha sido diagnosticado de esquizofrenia paranoide. La magistrada señala que el forense detectó en el acusado "una conducta manipulativa de su enfermedad con instrumentalización del proceso patológico, bien con fines rentistas de la pensión que cobra o bien para justificar su comportamiento presuntamente delictivo". El informe forense concluye que Del Valle no tiene alteradas sus capacidades y, por tanto, "era capaz de comprender la ilicitud de su actos y de actuar con arreglo a dicha comprensión".
El fallo precisa que, aunque Del Valle presenta un trastorno de tipo pedófilo, que se caracteriza "por tener impulsos sexuales, intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos sexuales con niñas prepúberes", tampoco esta parafilia se ve afectada por su alteración mental, por cuanto llegó a "pedir perdón" por lo ocurrido, con lo que reconoce que "lo que hizo está mal y es incorrecto" y al ser sorprendido no mantuvo su actitud, sino que dio una "cierta justificación" al decir que era un familiar de la niña. A continuación dejó a la menor y se marchó, en una reacción que para la juez "parece estar más cerca de quien tiene ya en ese momento justo un completo conocimiento de que no estaba bien lo que hacía". Ésta es la tercera condena de Del Valle, que acumula ya nueve años de prisión por otros tantos abusos.
En cuanto a la eximente de trastorno mental que solicitó la defensa, la juez Mercedes Fernández entiende que no procede aplicársela, a pesar de que el acusado tiene reconocida una minusvalía del 75% y ha sido diagnosticado de esquizofrenia paranoide. La magistrada señala que el forense detectó en el acusado "una conducta manipulativa de su enfermedad con instrumentalización del proceso patológico, bien con fines rentistas de la pensión que cobra o bien para justificar su comportamiento presuntamente delictivo". El informe forense concluye que Del Valle no tiene alteradas sus capacidades y, por tanto, "era capaz de comprender la ilicitud de su actos y de actuar con arreglo a dicha comprensión".
El fallo precisa que, aunque Del Valle presenta un trastorno de tipo pedófilo, que se caracteriza "por tener impulsos sexuales, intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos sexuales con niñas prepúberes", tampoco esta parafilia se ve afectada por su alteración mental, por cuanto llegó a "pedir perdón" por lo ocurrido, con lo que reconoce que "lo que hizo está mal y es incorrecto" y al ser sorprendido no mantuvo su actitud, sino que dio una "cierta justificación" al decir que era un familiar de la niña. A continuación dejó a la menor y se marchó, en una reacción que para la juez "parece estar más cerca de quien tiene ya en ese momento justo un completo conocimiento de que no estaba bien lo que hacía". Ésta es la tercera condena de Del Valle, que acumula ya nueve años de prisión por otros tantos abusos.
19 diciembre 2008
El vocal propone mantener la sanción de 1.500 euros o la suspensión por un tiempo no superior a seis meses
El vocal del CGPJ Félix Azón ha presentado hoy en el registro la propuesta que eleva al Pleno del próximo martes, en el que ha pedido que se mantenga la sanción de 1.500 euros impuesta al juez Tirado por los errores en la tramitación de la condena a Santiago del Valle, o de forma alternativa se califiquen los hechos como una falta muy grave y se le sancione con una suspensión de entre uno y seis meses.
Con esta propuesta, el juez Rafael Tirado no perdería el destino del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
La decisión final se conocerá el próximo martes, al término del Pleno del CGPJ, en el que sus 21 miembros deberán pronunciarse por una u otra sanción, aunque no tienen por qué ceñirse a la propuesta del vocal.
Con esta propuesta, el juez Rafael Tirado no perdería el destino del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
La decisión final se conocerá el próximo martes, al término del Pleno del CGPJ, en el que sus 21 miembros deberán pronunciarse por una u otra sanción, aunque no tienen por qué ceñirse a la propuesta del vocal.
18 diciembre 2008
La Junta tarda de dos a tres meses en cubrir las bajas de los funcionarios judiciales
La Consejería de Justicia de la Junta emplea una media de dos a tres meses en cubrir una baja de un funcionario de los juzgados. Ésta es una de las principales conclusiones a las que ha llegado el informe elaborado por la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a raíz de la polémica que surgió en torno a los errores judiciales por el caso Mari Luz.El estudio señala que el tiempo medio de espera desde que solicita la cobertura de una baja hasta que la Consejería de Justicia envía a un funcionario interino transcurren 60 días, un plazo que varía entre unas delegaciones provinciales de Justicia y otras, aunque "no son pocas las que demoran el tiempo de cobertura a casi tres meses desde que se produce la vacante".El análisis del TSJA también advierte sobre la falta de convocatorias de oposiciones en la Administración de Justicia y de las "interinidades continuas" que hacen que sea "habitual" que un trabajador permanezca entre cinco y nueve años como personal interino en los juzgados, si bien se detectaron "interinidades que se remontan hasta 25 años".
El informe critica que al haber acudido al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en busca de personal, tras haber quedado agotadas las bolsas de interinos, desde hace dos años la Junta ha enviado a los juzgados trabajadores sin experiencia previa ni formación en materia judicial -se han dado casos de ceramistas, puericultoras o peluqueras-, por lo que el TSJA culpa a la Consejería de haber actuado con un "alto grado de improvisación" en el nombramiento de estos trabajadores.El Alto Tribunal andaluz avala estas afirmaciones con los datos estadísticos recopilados en el estudio, que ponen de manifiesto que de los 1.417 funcionarios de Justicia que hay en Sevilla y provincia, el 70,3% son trabajadores titulares de las plazas (997 personas) y el 29,7% (420) son interinos. De esos 420 interinos, 116 procedían del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en el periodo en que se realizó el estudio, entre abril y junio pasado.La situación reviste una especial gravedad en los juzgados de lo Penal de Sevilla, donde estalló el escándalo por los retrasos en la ejecución de la condena al pederasta Santiago del Valle. Dice el detallado análisis del TSJA que de los 104 funcionarios que deben cubrir esta planta, sólo 33 son titulares y 71 interinos, lo que representa una tasa de interinidad del 68,3%, la más alta de todas las jurisdicciones.El TSJA concluye que es preciso incrementar las plantillas de los órganos judiciales de Sevilla con al menos 282 nuevas plazas de funcionarios para adecuarlas a la carga de trabajo de estos juzgados. El informe dibuja un futuro poco halagüeño y hasta "desolador", por cuanto la creación de tres nuevos órganos judiciales a partir del próximo día 30, con una planta prevista de 25 nuevos funcionarios, vendrá a "agravar" la situación de déficit de funcionarios titulares en los juzgados de Sevilla, con el consiguiente incremento del número de interinos destinados en las sedes judiciales.El informe acoge con satisfacción el reciente Plan de Modernización de la Justicia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en noviembre pasado, pero se muestra "pesimista" sobre que las medidas propuestas puedan ofrecer resultados a corto plazo.
El informe critica que al haber acudido al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en busca de personal, tras haber quedado agotadas las bolsas de interinos, desde hace dos años la Junta ha enviado a los juzgados trabajadores sin experiencia previa ni formación en materia judicial -se han dado casos de ceramistas, puericultoras o peluqueras-, por lo que el TSJA culpa a la Consejería de haber actuado con un "alto grado de improvisación" en el nombramiento de estos trabajadores.El Alto Tribunal andaluz avala estas afirmaciones con los datos estadísticos recopilados en el estudio, que ponen de manifiesto que de los 1.417 funcionarios de Justicia que hay en Sevilla y provincia, el 70,3% son trabajadores titulares de las plazas (997 personas) y el 29,7% (420) son interinos. De esos 420 interinos, 116 procedían del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en el periodo en que se realizó el estudio, entre abril y junio pasado.La situación reviste una especial gravedad en los juzgados de lo Penal de Sevilla, donde estalló el escándalo por los retrasos en la ejecución de la condena al pederasta Santiago del Valle. Dice el detallado análisis del TSJA que de los 104 funcionarios que deben cubrir esta planta, sólo 33 son titulares y 71 interinos, lo que representa una tasa de interinidad del 68,3%, la más alta de todas las jurisdicciones.El TSJA concluye que es preciso incrementar las plantillas de los órganos judiciales de Sevilla con al menos 282 nuevas plazas de funcionarios para adecuarlas a la carga de trabajo de estos juzgados. El informe dibuja un futuro poco halagüeño y hasta "desolador", por cuanto la creación de tres nuevos órganos judiciales a partir del próximo día 30, con una planta prevista de 25 nuevos funcionarios, vendrá a "agravar" la situación de déficit de funcionarios titulares en los juzgados de Sevilla, con el consiguiente incremento del número de interinos destinados en las sedes judiciales.El informe acoge con satisfacción el reciente Plan de Modernización de la Justicia aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en noviembre pasado, pero se muestra "pesimista" sobre que las medidas propuestas puedan ofrecer resultados a corto plazo.
15 diciembre 2008
ÚLTIMA HORA: El CGPJ decide ahora que la sanción a Tirado se estudie en un Pleno el próximo 23 de diciembre
El CGPJ ha decidido finalmente que no esperará al próximo año para decidir la sanción al juez Rafael Tirado por el retraso en la tramitación de la sentencia que condenó a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz. La sanción será revisada en un Pleno el próximo 23 de diciembre, para lo cual se ha retrasado la sesión prevista para este miércoles. De esta forma, se da tiempo al ponente del caso, el vocal Félix Azón, para acabar de elaborar la propuesta de sanción que deberá debatir el máximo órgano de gobierno de los jueces en voto nominal y secreto.
14 diciembre 2008
El Poder Judicial aplaza a enero la decisión sobre la sanción al juez Rafael Tirado
No se conocerá hasta mediados de enero. El CGPJ ha decidido retrasar al Pleno que celebrará después de las vacaciones de Navidad la votación sobre la sanción que debe imponerse al juez Rafael Tirado por el retraso en la ejecución de la condena impuesta a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz.
El retraso de la resolución -estaba previsto que se resolviera en el Pleno del próximo miércoles, día 17-, se debe a que el vocal Félix Azón, que ha sido designado ponente del caso, aún no ha elaborado la propuesta de sanción que debe elevar al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces.
El retraso de la resolución -estaba previsto que se resolviera en el Pleno del próximo miércoles, día 17-, se debe a que el vocal Félix Azón, que ha sido designado ponente del caso, aún no ha elaborado la propuesta de sanción que debe elevar al Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces.
Suma y sigue, el robo de la droga en la Jefatura ha obligado ya a liberar a cinco supuestos 'narcos'
El robo de los 100 kilos de cocaína en la Jefatura Superior de Policía de Blas Infante ha obligado a liberar hasta ahora a unos cinco presuntos narcotraficantes, después de que los contraanálisis hayan demostrado el cambiazo de los estupefacientes por otras sustancias como cafeína o yeso.El último caso conocido, en el que están implicadas cuatro personas -un español y tres colombianos- se produjo tras la aprehensión de más de 16 kilos de cocaína. La mayor parte de la droga, unos 15 kilos, fueron intervenidos en octubre de 2007 al ciudadano colombiano V. A. P. Q., que fue sorprendido con esta sustancia en el parque Amate de Sevilla. Tras la detención de este sospechoso, fueron arrestadas otros tres implicados, entre ellas dos mujeres colombianas a las que la Policía decomisó casi un kilo de cocaína.
Los cuatro sospechosos ingresaron inicialmente en prisión provisional por orden judicial.Al igual que ocurrió la semana pasada con un presunto traficante, que quedó libre a la espera de juicio mientras se practicaba un análisis a la muestra de droga que se le intervino, en el caso de estas cuatro personas el autor del robo realizó el cambio de la droga por otras sustancias. Así, cuando el área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno practicó los correspondientes contraanálisis a la supuesta cocaína intervenida a V. A. P. Q. se descubrió que había en su lugar sulfato de calcio, es decir, yeso, por lo que el juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, encargado del caso, ordenó la puesta en libertad de los detenidos.Toda La droga incautada en esta operación no fue sustituida por yeso, como ocurrió con los más de 900 gramos de cocaína que fueron aprehendidos a una de las mujeres colombianas. El contraanálisis de este alijo permitió determinar que, efectivamente, la sustancia era cocaína, pero para sorpresa de los peritos se trataba de una sustancia de mayor pureza, lo que pone de manifiesto que no se trataba de la misma droga, según fuentes del caso.La unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional investiga desde hace más de seis meses el robo de los 100 kilos de cocaína en y, aun cuando desde un primer momento se anunció una rápida resolución del caso, de momento no se ha producido ninguna detención. La dificultad para recabar pruebas en contra del autor o autores del robo podría explicar que no se haya practicado ningún arresto y que se estén realizando pruebas de ADN a varias decenas de policías de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco).
Los cuatro sospechosos ingresaron inicialmente en prisión provisional por orden judicial.Al igual que ocurrió la semana pasada con un presunto traficante, que quedó libre a la espera de juicio mientras se practicaba un análisis a la muestra de droga que se le intervino, en el caso de estas cuatro personas el autor del robo realizó el cambio de la droga por otras sustancias. Así, cuando el área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno practicó los correspondientes contraanálisis a la supuesta cocaína intervenida a V. A. P. Q. se descubrió que había en su lugar sulfato de calcio, es decir, yeso, por lo que el juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, encargado del caso, ordenó la puesta en libertad de los detenidos.Toda La droga incautada en esta operación no fue sustituida por yeso, como ocurrió con los más de 900 gramos de cocaína que fueron aprehendidos a una de las mujeres colombianas. El contraanálisis de este alijo permitió determinar que, efectivamente, la sustancia era cocaína, pero para sorpresa de los peritos se trataba de una sustancia de mayor pureza, lo que pone de manifiesto que no se trataba de la misma droga, según fuentes del caso.La unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional investiga desde hace más de seis meses el robo de los 100 kilos de cocaína en y, aun cuando desde un primer momento se anunció una rápida resolución del caso, de momento no se ha producido ninguna detención. La dificultad para recabar pruebas en contra del autor o autores del robo podría explicar que no se haya practicado ningún arresto y que se estén realizando pruebas de ADN a varias decenas de policías de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco).
08 diciembre 2008
El hacinamiento de los archivos de Viapol
El sindicato CSI-CSIF ha denunciado ante el comité de seguridad y salud laboral de la Delegación provincial de Justicia la situación de hacinamiento en la que se encuentran los archivos de los juzgados de Primera Instancia y de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ubicados en la sede judicial del edificio Viapol. Falta de espacio, suelo irregular que provoca continuos tropiezos y una temperatura inadecuada son algunas de las deficiencias que el sindicato ha puesto en conocimiento de la Junta.La denuncia hace especial hincapié en el estado en el que se encuentran los juzgados de Primera Instancia números 19 y 20, donde los funcionarios trabajan en unas condiciones de habitabilidad que, según CSI-CSIF, "dejan bastante que desear". La situación es tan conflictiva que, en el juzgado de Primera Instancia número 19, los funcionarios han colgado un cartel en la puerta que avisa a los ciudadanos de que el órgano judicial y los trabajadores que pueden atenderles están situados justo "detrás de las cajas" (sic), en alusión a la ingente cantidad de archivadores de cartón y expedientes que reciben a los usuarios y dejan reducido a un angosto pasillo el acceso al juzgado. Algo parecido sucede en el juzgado de Primera Instancia número 20, donde, según explica CSI-CSIF, cuando un ciudadano o un trabajador entra en las dependencias, "empujando la puerta de acceso se encuentra, de repente, y a su derecha, con el pequeño habitáculo destinado al funcionario encargado de informar al usuario sobre el modo y forma de dirigirse al resto o, en su caso, indicarles el camino a los despachos de juez y secretaria". El sindicato considera que una circunstancia rutinaria se convierte de esta forma y en este juzgado en un "calvario" para el ciudadano, que recibe información "prácticamente fuera del juzgado, dirigido por pasillos estrechos y llenos de obstáculos y atendidos finalmente en un ambiente de absoluta indiscreción por la proximidad de los funcionarios y otros usuarios".Los representantes de los trabajadores señalan que las molestias también las sufren los propios funcionarios, muchos de los cuales se quejan de "hematomas constantes" por los tropiezos con los diversos obstáculos que hay en los juzgados, en los que tienen incluso que atravesar pasillos con unas distancias inferiores a los "50 centímetros". El sindicato pone de manifiesto un dato que revela la situación que, por ejemplo, se produce en el juzgado número 20: la totalidad de la superficie destinada en el órgano para los funcionarios y usuarios es aproximadamente de 45 metros cuadrados, está ocupada por 31 módulos de estanterías, 12 mesas de trabajo y 12 anexas, 20 sillas de distinto tipo, dos impresoras, fax y fotocopiadora.Esa insuficiencia de espacio para los archivos provoca que las estanterías estén abarrotadas, llegando en algunos casos hasta el techo, y que haya expedientes por los suelos. Una funcionaria de Viapol explicó ayer que llevan esperando desde febrero pasado la entrega de una estantería, después de que en esa fecha fuesen los técnicos a tomar las medidas.El reciente incremento de los asuntos que llegan a estos juzgados con motivo de la crisis -ejecuciones hipotecarias por impago de los créditos y reclamaciones de otras deudas- no contribuye a aliviar la situación de saturación que afecta a estos órganos.
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Administración de Justicia
Un informe de la Policía revela que el depósito de donde desaparecieron los 100 kilos de cocaína no era seguro
El antiguo calabozo de la Jefatura Superior de Policía de Blas Infante de Sevilla, del que fueron sustraídos 100 kilos de cocaína, no reunía las condiciones para garantizar la seguridad de las sustancias estupefacientes. Así se desprende de un informe elaborado por el jefe de la Udyco en junio pasado y que pone de manifiesto que la cerradura del calabozo que albergaba la droga aprehendida en las operaciones policiales se hallaba obstruida "con un trozo de cinta adhesiva", lo que en la práctica representaba anular este cierre. Esta circunstancia, unida a que todos los agentes de la Udyco -medio centenar- y otros funcionarios de la Brigada Provincial de Policía Judicial tenían acceso al calabozo, ha impedido que seis meses después de que se destapara el escándalo la unidad de Asuntos Internos haya culminado su investigación con la detención de algún sospechoso de unos robos que se llevaron a cabo en pequeñas cantidades y en un tiempo inferior a un año.
Ni siquiera la colocación de una "microcámara" en el calabozo usado como depósito -una vez detectada la sustracción de la droga- logró detectar al responsable o los responsables de un delito que se urdió desde dentro, según las líneas de investigación más razonables con las que trabaja la Policía.El informe de la Udyco fue enviado al juzgado el 13 de junio, ocho días después de que los agentes del grupo segundo de esta unidad detectaran el cambiazo de cinco kilos de cocaína que habían sido aprehendidos el 27 de febrero en el aeropuerto de San Pablo por otra sustancia que, después de un nuevo análisis químico, resultó ser cafeína. Este alijo fue depositado el mismo día, tras su análisis, en un "caja de cartón de las usadas para llevar folios" y almacenado en el antiguo calabozo donde la Policía sevillana guardaba las sustancias intervenidas.
Cuando la juez ordenó a finales de mayo la remisión de la droga al área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en la provincia para la realización de un segundo análisis, los policías descubrieron que faltaba uno de los seis lotes intervenidos y que los pesos de los restantes no coincidían. El análisis de los paquetes certificó que alguien había dado el cambiazo.El documento explica -a instancias de la propia juez, que ordenó un informe exhaustivo de lo ocurrido- que para acceder a ese calabozo es necesaria una "autorización" del jefe de la Udyco y sortear tres cierres: una llave maestra y dos candados con llaves distintas que fueron "colocados como medidas de seguridad añadida hace años cuando la Superioridad decidió que los alijos se depositaran en dichos calabozos". La persona que sustituyó la droga por sustancias similares tenía que abrir primero una puerta de hierro -con una llave maestra que es la misma para todas las celdas- y después salvar un primer candado. A un metro y medio se encuentra una segunda puerta -similar a la anterior- con otro candado y, una vez abierta, permite el acceso a la celda de los estupefacientes. Sin embargo, la cerradura de este calabozo esta obstruida con la cinta adhesiva, con lo que en realidad estaba abierto.
El responsable del informe atribuye la colocación de la cinta a que "el autor de la supuesta manipulación ha optado por anular esta cerradura, de tal forma que, a la hora de abrir la puerta, solamente tiene el obstáculo de los dos candados existentes", precisa el documento entregado a la juez. En cuanto a las personas que podían haber entrado en el calabozo con motivo de sus funciones policiales -específicamente para sacar un alijo o introducir uno nuevo-, el documento precisa que desde el 27 de febrero accedieron a esta celda un total de 12 agentes de los tres grupos de la Udyco, pero advierte que con anterioridad a esta fecha "la totalidad de funcionarios adscritos a estos grupos" han tenido acceso al mismo. Es más, otros policías autorizados por el jefe de la Udyco y pertenecientes tanto a comisarías locales como a otros grupos de la Brigada Provincial de Policía Judicial también accedieron al depósito de las sustancias estupefacientes. El informe apunta, asimismo, que en las dependencias de los calabozos están ubicadas las taquillas de los policías nacionales que se encuentran en prácticas, por lo que "en alguna ocasión que se ha tenido que bajar a los calabozos, se ha coincidido con algunos de los funcionarios en prácticas que estaban utilizando las taquillas asignadas".
El jefe de la Udyco también pone en conocimiento de la juez que, tras detectarse la sustracción, se procedió a instalar una microcámara, "en previsión de que pudiese identificarse al autor del delito que se investiga", una actuación que hasta la fecha no ha dado ningún resultado.En cualquier caso, los investigadores no dudan de que los robos se llevaron a cabo desde dentro e incluso algunas fuentes de la investigación aseguran que la unidad de Asuntos Internos que dirige el caso había identificado a un posible sospechoso, pero seis meses después sigue sin registrarse ninguna detención.
Ni siquiera la colocación de una "microcámara" en el calabozo usado como depósito -una vez detectada la sustracción de la droga- logró detectar al responsable o los responsables de un delito que se urdió desde dentro, según las líneas de investigación más razonables con las que trabaja la Policía.El informe de la Udyco fue enviado al juzgado el 13 de junio, ocho días después de que los agentes del grupo segundo de esta unidad detectaran el cambiazo de cinco kilos de cocaína que habían sido aprehendidos el 27 de febrero en el aeropuerto de San Pablo por otra sustancia que, después de un nuevo análisis químico, resultó ser cafeína. Este alijo fue depositado el mismo día, tras su análisis, en un "caja de cartón de las usadas para llevar folios" y almacenado en el antiguo calabozo donde la Policía sevillana guardaba las sustancias intervenidas.
Cuando la juez ordenó a finales de mayo la remisión de la droga al área de Sanidad de la Subdelegación del Gobierno en la provincia para la realización de un segundo análisis, los policías descubrieron que faltaba uno de los seis lotes intervenidos y que los pesos de los restantes no coincidían. El análisis de los paquetes certificó que alguien había dado el cambiazo.El documento explica -a instancias de la propia juez, que ordenó un informe exhaustivo de lo ocurrido- que para acceder a ese calabozo es necesaria una "autorización" del jefe de la Udyco y sortear tres cierres: una llave maestra y dos candados con llaves distintas que fueron "colocados como medidas de seguridad añadida hace años cuando la Superioridad decidió que los alijos se depositaran en dichos calabozos". La persona que sustituyó la droga por sustancias similares tenía que abrir primero una puerta de hierro -con una llave maestra que es la misma para todas las celdas- y después salvar un primer candado. A un metro y medio se encuentra una segunda puerta -similar a la anterior- con otro candado y, una vez abierta, permite el acceso a la celda de los estupefacientes. Sin embargo, la cerradura de este calabozo esta obstruida con la cinta adhesiva, con lo que en realidad estaba abierto.
El responsable del informe atribuye la colocación de la cinta a que "el autor de la supuesta manipulación ha optado por anular esta cerradura, de tal forma que, a la hora de abrir la puerta, solamente tiene el obstáculo de los dos candados existentes", precisa el documento entregado a la juez. En cuanto a las personas que podían haber entrado en el calabozo con motivo de sus funciones policiales -específicamente para sacar un alijo o introducir uno nuevo-, el documento precisa que desde el 27 de febrero accedieron a esta celda un total de 12 agentes de los tres grupos de la Udyco, pero advierte que con anterioridad a esta fecha "la totalidad de funcionarios adscritos a estos grupos" han tenido acceso al mismo. Es más, otros policías autorizados por el jefe de la Udyco y pertenecientes tanto a comisarías locales como a otros grupos de la Brigada Provincial de Policía Judicial también accedieron al depósito de las sustancias estupefacientes. El informe apunta, asimismo, que en las dependencias de los calabozos están ubicadas las taquillas de los policías nacionales que se encuentran en prácticas, por lo que "en alguna ocasión que se ha tenido que bajar a los calabozos, se ha coincidido con algunos de los funcionarios en prácticas que estaban utilizando las taquillas asignadas".
El jefe de la Udyco también pone en conocimiento de la juez que, tras detectarse la sustracción, se procedió a instalar una microcámara, "en previsión de que pudiese identificarse al autor del delito que se investiga", una actuación que hasta la fecha no ha dado ningún resultado.En cualquier caso, los investigadores no dudan de que los robos se llevaron a cabo desde dentro e incluso algunas fuentes de la investigación aseguran que la unidad de Asuntos Internos que dirige el caso había identificado a un posible sospechoso, pero seis meses después sigue sin registrarse ninguna detención.
El jurado cree que la niñera boliviana cometió una imprudencia, no un homicidio
El jurado popular que ha enjuiciado a una niñera boliviana acusada de la muerte de un niño de ocho años con parálisis cerebral al que abandonó durante 43 horas consideró ayer que la acusada sólo es culpable de una imprudencia y no de un homicidio doloso. El veredicto emitido por los nueve ciudadanos que conforman el jurado consideró que Irene C. C., de 20 años, es culpable de un delito de homicidio por imprudencia, en el que ha apreciado tres circunstancias atenuantes en su conducta. El jurado popular aprecia como una atenuante la "rigidez cognitiva" de la acusada, que le impidió alertar a la Policía de la pérdida de las llaves del domicilio donde cuidaba al menor; también su arrepentimiento, en relación con la carta que envió a los padres pidiéndoles perdón tras la muerte del pequeño; y las dilaciones indebidas producidas en un caso cuya instrucción finalizó hace año y medio.
El veredicto declaró probado que los padres de la víctima contrataron en junio de 2006 a la niñera boliviana para la realización de las tareas del hogar y el cuidado de uno de sus cuatro hijos, que padecía una parálisis cerebral por la que requería de una ayuda constante, dado que no podía beber ni comer sólo o moverse por sí mismo.Con motivo de una celebración, la familia se desplazó el fin de semana del 26 de agosto de 2006 a la ciudad de Ceuta y el niño quedó al cuidado de la imputada.
El jurado también ha estimado como probado que sobre la 1:00 de la madrugada la niñera salió del domicilio ubicado en la avenida de San Francisco Javier y, tras haber bebido algunas cervezas con unas amigas, se marchó a una discoteca. Allí conoció a un chico de nacionalidad ecuatoriana a quien, en "prueba de amor", entregó las llaves del domicilio mientras iba al baño. A su regreso, el joven ya no estaba y a pesar de que lo buscó por dentro y fuera de la discoteca, no lo localizó.El jurado ha creído la versión de acusada, según la cual, desde ese momento y durante las horas siguientes estuvo buscando al joven para tratar de recuperar las llaves y volver al domicilio en el que había dejado al menor durmiendo la noche del sábado. No fue hasta la tarde del lunes 28 de agosto cuando los padres regresaron y hallaron al pequeño completamente deshidratado, por lo que lo trasladaron al hospital Virgen del Rocío, donde ingresó ya cadáver.La Fiscalía entendía que Irene C. C. era responsable de un delito de homicidio, porque su acción se había cometido con dolo o intención, pero frente a esta postura del Ministerio Público, el jurado entiende que la acusada simpre pensó que podría volver al domicilio sin que le pasara nada al menor porque aunque era consciente de lo que podía ocurrir "no se le presentó como probable la muerte del niño".En esta decisión ha influido el informe elaborado por dos psicólogos que examinaron a la niñera boliviana y que concluyeron que su excesiva "rigidez cognitiva" o "pensamiento en tubo" no le hacían ver otras alternativas a la recuperación de las llaves como haber llamado por ejemplo a la Policía.Tras el veredicto del jurado, el fiscal pidió dos años de cárcel para la cuidadoras, mientras que la acusación particular que ejercen los padres elevó la petición a cuatro años. La defensa solicitó la pena mínima de tres meses.
El veredicto declaró probado que los padres de la víctima contrataron en junio de 2006 a la niñera boliviana para la realización de las tareas del hogar y el cuidado de uno de sus cuatro hijos, que padecía una parálisis cerebral por la que requería de una ayuda constante, dado que no podía beber ni comer sólo o moverse por sí mismo.Con motivo de una celebración, la familia se desplazó el fin de semana del 26 de agosto de 2006 a la ciudad de Ceuta y el niño quedó al cuidado de la imputada.
El jurado también ha estimado como probado que sobre la 1:00 de la madrugada la niñera salió del domicilio ubicado en la avenida de San Francisco Javier y, tras haber bebido algunas cervezas con unas amigas, se marchó a una discoteca. Allí conoció a un chico de nacionalidad ecuatoriana a quien, en "prueba de amor", entregó las llaves del domicilio mientras iba al baño. A su regreso, el joven ya no estaba y a pesar de que lo buscó por dentro y fuera de la discoteca, no lo localizó.El jurado ha creído la versión de acusada, según la cual, desde ese momento y durante las horas siguientes estuvo buscando al joven para tratar de recuperar las llaves y volver al domicilio en el que había dejado al menor durmiendo la noche del sábado. No fue hasta la tarde del lunes 28 de agosto cuando los padres regresaron y hallaron al pequeño completamente deshidratado, por lo que lo trasladaron al hospital Virgen del Rocío, donde ingresó ya cadáver.La Fiscalía entendía que Irene C. C. era responsable de un delito de homicidio, porque su acción se había cometido con dolo o intención, pero frente a esta postura del Ministerio Público, el jurado entiende que la acusada simpre pensó que podría volver al domicilio sin que le pasara nada al menor porque aunque era consciente de lo que podía ocurrir "no se le presentó como probable la muerte del niño".En esta decisión ha influido el informe elaborado por dos psicólogos que examinaron a la niñera boliviana y que concluyeron que su excesiva "rigidez cognitiva" o "pensamiento en tubo" no le hacían ver otras alternativas a la recuperación de las llaves como haber llamado por ejemplo a la Policía.Tras el veredicto del jurado, el fiscal pidió dos años de cárcel para la cuidadoras, mientras que la acusación particular que ejercen los padres elevó la petición a cuatro años. La defensa solicitó la pena mínima de tres meses.
02 diciembre 2008
La niñera boliviana que abandonó a un niño enfermo dice que no llamó a la Policía por "miedo" dado que estaba ilegalmente en España
La Audiencia de Sevilla inició ayer el juicio contra la niñera boliviana Irene C. C., que se enfrenta a una condena de diez años, acusada de la muerte de un niño que sufría una parálisis cerebral y al que dejó abandonado durante 43 horas mientras sus padres se hallaban de viaje en Ceuta.Durante la primera sesión de la vista oral, la niñera trató de explicar a los nueve miembros del jurado por qué no avisó a la Policía ni puso en conocimiento de sus amigos que había perdido las llaves de la vivienda, que entregó a un chico ecuatoriano que conoció en una discoteca.
En su relato de los hechos, la acusada dijo que nunca dejó de pensar en el niño enfermo -que necesitaba la ayuda de otra persona para cubrir todas sus necesidades, ya que solo no podía comer ni beber, ni pedir ayuda porque no hablaba- y atribuyó el hecho de que durante esas más de 40 horas no avisara a la Policía al "miedo" que tenía por hallarse de manera irregular en España.Irene C. C. explicó ayer al jurado que comenzó a trabajar en el domicilio del pequeño, ubicado en la avenida de San Francisco Javier, por mediación de una religiosa, que le indicó que la familia buscaba una persona para la realización de las tareas del hogar. Según la acusada, una semana después de comenzar a trabajar en la casa, la madre del niño le dijo que tenía que darle de comer y beber al pequeño, que tenía ocho años, aunque a la cuidadora le daban "miedo" las crisis respiratorias que sufría.A finales de agosto, la madre le comentó que se quedaría cuidando al niño un fin de semana, mientras acudían a una reunión familiar en Ceuta. Los padres se marcharon el sábado 26 de agosto, sobre las diez de la mañana, después de dejarle preparadas las dosis de medicamentos que tenía que tomar el niño, separadas por días para facilitar la labor de la acusada hasta su regreso, previsto para el lunes 28.La cuidadora reconoció que estuvo todo el día con el niño, al que bajó por la tarde al parque, como de costumbre.
Después de darle la cena y los medicamentos, el niño se durmió sobre las diez de la noche. Irene C. C. permaneció en la vivienda hasta las doce de la noche, cuando decidió ir a casa de una amiga, donde estuvo bebiendo algunas cervezas. De ahí se marchó a una discoteca, aunque ayer dijo que ésta no fue su intención inicial y alegó que en todo ese momento se "preocupó" por el niño y "pensaba volver pronto" al domicilio.En la discoteca conoció a un joven ecuatoriano -que no puede declarar puesto que ha fallecido en un accidente de moto-, con el que continuó bebiendo y llegó a bailar. Según el testimonio de la boliviana, ya eran las 2.45 horas de la madrugada. "Yo sabía que el niño dormía tranquilo", respondió la cuidadora cuando el fiscal le preguntó si en ese momento también se preocupó por el pequeño. A continuación y mientras iba al baño, la acusada entregó las llaves de la casa al ecuatoriano -sobre las seis de la madrugada-, según dijo durante la instrucción del caso, "en prueba de amor", aunque ayer no hizo referencia a esta motivación durante su comparecencia ante el tribunal.A su regreso del baño, el joven ya no estaba, por lo que estuvo buscándole dentro y fuera de la discoteca, llegando a coger un taxi y pidiendo el número de teléfono a un amigo del ecuatoriano. Sobre las ocho de la mañana se fue a casa de una amiga, se duchó y volvió a salir sobre las nueve en dirección al barrio de la Macarena, donde vivía el joven al que había entregado las llaves. "Tenía la obsesión de encontrar la llave y de que iba a volver al trabajo y no iba a pasar nada", dijo la acusada, que regresó a mediodía al piso. Por la tarde continuó la búsqueda del ecuatoriano en unas canchas de baloncesto y por la noche se fue a dormir al domicilio de su amiga.
Esa noche, cuando le llamaron los padres del menor, les dijo que todo "estaba bien".Al día siguiente, lunes 28 de agosto, regresó a la Macarena y buscó al joven por las panaderías de la zona, dado que le habían que trabajaba en una de ellas, pero siguió sin localizarle. Cuando a media tarde le llamó la madre del niño y comprobó que lloraba, le dijo que se había muerto "su madre en Bolivia", pero no le contó la verdad. La acusada admitió que en todo este tiempo se le pasó por la cabeza llamar a la Policía, pero no lo hizo por el "miedo" que tenía a que la expulsaran del país por ser una inmigrante irregular. Cuando los padres regresaron, encontraron al niño deshidratado y a pesar de que lo llevaron de inmediato al hospital, ingresó ya cadáver. En el juicio también declaró ayer la madre del menor, que afirmó que contrató a la boliviana porque le habían asegurado que tenía experiencia en el cuidado de enfermos.
En su relato de los hechos, la acusada dijo que nunca dejó de pensar en el niño enfermo -que necesitaba la ayuda de otra persona para cubrir todas sus necesidades, ya que solo no podía comer ni beber, ni pedir ayuda porque no hablaba- y atribuyó el hecho de que durante esas más de 40 horas no avisara a la Policía al "miedo" que tenía por hallarse de manera irregular en España.Irene C. C. explicó ayer al jurado que comenzó a trabajar en el domicilio del pequeño, ubicado en la avenida de San Francisco Javier, por mediación de una religiosa, que le indicó que la familia buscaba una persona para la realización de las tareas del hogar. Según la acusada, una semana después de comenzar a trabajar en la casa, la madre del niño le dijo que tenía que darle de comer y beber al pequeño, que tenía ocho años, aunque a la cuidadora le daban "miedo" las crisis respiratorias que sufría.A finales de agosto, la madre le comentó que se quedaría cuidando al niño un fin de semana, mientras acudían a una reunión familiar en Ceuta. Los padres se marcharon el sábado 26 de agosto, sobre las diez de la mañana, después de dejarle preparadas las dosis de medicamentos que tenía que tomar el niño, separadas por días para facilitar la labor de la acusada hasta su regreso, previsto para el lunes 28.La cuidadora reconoció que estuvo todo el día con el niño, al que bajó por la tarde al parque, como de costumbre.
Después de darle la cena y los medicamentos, el niño se durmió sobre las diez de la noche. Irene C. C. permaneció en la vivienda hasta las doce de la noche, cuando decidió ir a casa de una amiga, donde estuvo bebiendo algunas cervezas. De ahí se marchó a una discoteca, aunque ayer dijo que ésta no fue su intención inicial y alegó que en todo ese momento se "preocupó" por el niño y "pensaba volver pronto" al domicilio.En la discoteca conoció a un joven ecuatoriano -que no puede declarar puesto que ha fallecido en un accidente de moto-, con el que continuó bebiendo y llegó a bailar. Según el testimonio de la boliviana, ya eran las 2.45 horas de la madrugada. "Yo sabía que el niño dormía tranquilo", respondió la cuidadora cuando el fiscal le preguntó si en ese momento también se preocupó por el pequeño. A continuación y mientras iba al baño, la acusada entregó las llaves de la casa al ecuatoriano -sobre las seis de la madrugada-, según dijo durante la instrucción del caso, "en prueba de amor", aunque ayer no hizo referencia a esta motivación durante su comparecencia ante el tribunal.A su regreso del baño, el joven ya no estaba, por lo que estuvo buscándole dentro y fuera de la discoteca, llegando a coger un taxi y pidiendo el número de teléfono a un amigo del ecuatoriano. Sobre las ocho de la mañana se fue a casa de una amiga, se duchó y volvió a salir sobre las nueve en dirección al barrio de la Macarena, donde vivía el joven al que había entregado las llaves. "Tenía la obsesión de encontrar la llave y de que iba a volver al trabajo y no iba a pasar nada", dijo la acusada, que regresó a mediodía al piso. Por la tarde continuó la búsqueda del ecuatoriano en unas canchas de baloncesto y por la noche se fue a dormir al domicilio de su amiga.
Esa noche, cuando le llamaron los padres del menor, les dijo que todo "estaba bien".Al día siguiente, lunes 28 de agosto, regresó a la Macarena y buscó al joven por las panaderías de la zona, dado que le habían que trabajaba en una de ellas, pero siguió sin localizarle. Cuando a media tarde le llamó la madre del niño y comprobó que lloraba, le dijo que se había muerto "su madre en Bolivia", pero no le contó la verdad. La acusada admitió que en todo este tiempo se le pasó por la cabeza llamar a la Policía, pero no lo hizo por el "miedo" que tenía a que la expulsaran del país por ser una inmigrante irregular. Cuando los padres regresaron, encontraron al niño deshidratado y a pesar de que lo llevaron de inmediato al hospital, ingresó ya cadáver. En el juicio también declaró ayer la madre del menor, que afirmó que contrató a la boliviana porque le habían asegurado que tenía experiencia en el cuidado de enfermos.
La secretaria del caso Mari Luz pide que se suspenda cautelarmente la sanción que le impuso el Ministerio
La secretaria del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Juana Gálvez, presenta hoy en los juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo su recurso contra la suspensión de dos años de empleo y sueldo que le impuso el Ministerio de Justicia en relación con la tramitación de la condena a Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, por abusar de su propia hija. El recurso de la secretaria solicita, como medida cautelar, que se suspenda la ejecución de la sanción hasta que no se resuelva el recurso, lo que permitiría que la funcionaria continuara trabajando hasta que el tribunal se pronuncie sobre la sanción, según dijeron ayer fuentes del caso.El abogado Ramón Entrena Cuesta, que ha elaborado el recurso de la secretaria, explicó ayer que en el mismo se defiende el trabajo de Juana Gálvez “con toda clase de argumentos que están a nuestro alcance”, aunque no quiso avanzar los fundamentos del documento hasta que éste no se encuentre en poder del juez que debe examinar el asunto, para que sea el primero en conocer el recurso y evitar que tenga conocimiento por la prensa. En cualquier caso, el letrado anunció que en el recurso se defiende la labor de la secretaria judicial pero sin atacar a las restantes personas que están implicadas en la tramitación de la causa de Santiago del Valle en el juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla. “No nos metemos con nadie”, aseveró el letrado.
La intervención de la funcionaria en el proceso fue cuestionada por el titular del juzgado, Rafael Tirado, quien a lo largo de los diferentes escritos de alegaciones que ha presentado en su expediente disciplinario –por el que ha sido inicialmente castigado con una multa de 1.500 euros, aunque el caso está todavía abierto– ha culpado a la secretaria por no haberle informado del estado en el que se encontraba la causa ejecutoria del pederasta, llegando a poner de manifiesto que la “inactividad” de la secretaria fue clave en el retraso de la causa, puesto que ésta no estaba pendiente de ninguna resolución del propio juez.Este mismo argumento fue el que empleó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, para imponer a la secretaria la sanción de dos años, un castigo que superaba ampliamente los seis meses de suspensión que había propuesto la instructora del expediente disciplinario. El ministerio consideró que la actuación de Juana Gálvez constituía una falta grave por “negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dar cuenta al juez del estado en que se encuentra la tramitación de las causas, el impulso y ordenación del proceso y de sus competencias de organización, gestión, inspección y dirección técnico-procesal de los funcionarios”.
La resolución sancionadora, acordada de acuerdo con los artículos 155.6 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y 536b.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), consideró que Juana Gálvez incurrió “en un cúmulo de omisiones y errores que ponen de manifiesto un grave incumplimiento de sus deberes profesionales”.El Ministerio de Justicia justificó la imposición de una sanción superior a la propuesta por la instructora en la “gravedad del perjuicio” causado a los ciudadanos con su actuación. El propio titular de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, había llegado a asegurar que “tanto la naturaleza de las penas impuestas a Santiago del Valle cuya ejecución se dilató de manera indebida, como los hechos que motivaron la condena, fundamentalmente el delito de abuso sexual a su hija menor, requerían de un especial celo en la tramitación de la correspondiente ejecutoria”.
La intervención de la funcionaria en el proceso fue cuestionada por el titular del juzgado, Rafael Tirado, quien a lo largo de los diferentes escritos de alegaciones que ha presentado en su expediente disciplinario –por el que ha sido inicialmente castigado con una multa de 1.500 euros, aunque el caso está todavía abierto– ha culpado a la secretaria por no haberle informado del estado en el que se encontraba la causa ejecutoria del pederasta, llegando a poner de manifiesto que la “inactividad” de la secretaria fue clave en el retraso de la causa, puesto que ésta no estaba pendiente de ninguna resolución del propio juez.Este mismo argumento fue el que empleó el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, para imponer a la secretaria la sanción de dos años, un castigo que superaba ampliamente los seis meses de suspensión que había propuesto la instructora del expediente disciplinario. El ministerio consideró que la actuación de Juana Gálvez constituía una falta grave por “negligencia y retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones de dar cuenta al juez del estado en que se encuentra la tramitación de las causas, el impulso y ordenación del proceso y de sus competencias de organización, gestión, inspección y dirección técnico-procesal de los funcionarios”.
La resolución sancionadora, acordada de acuerdo con los artículos 155.6 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y 536b.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), consideró que Juana Gálvez incurrió “en un cúmulo de omisiones y errores que ponen de manifiesto un grave incumplimiento de sus deberes profesionales”.El Ministerio de Justicia justificó la imposición de una sanción superior a la propuesta por la instructora en la “gravedad del perjuicio” causado a los ciudadanos con su actuación. El propio titular de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, había llegado a asegurar que “tanto la naturaleza de las penas impuestas a Santiago del Valle cuya ejecución se dilató de manera indebida, como los hechos que motivaron la condena, fundamentalmente el delito de abuso sexual a su hija menor, requerían de un especial celo en la tramitación de la correspondiente ejecutoria”.
01 diciembre 2008
Se duplican en un año los recursos contra las multas
Los sevillanos impugnan cada vez más en los tribunales las sanciones impuestas por las Administraciones locales. Eso es lo que reflejan las estadísticas judiciales sobre los recursos contencioso-administrativos presentados a lo largo del año contra este tipo de infracciones, entre las que destacan mayoritariamente las multas de Tráfico, las sanciones a bares u otro tipo de establecimientos, y los incumplimientos de las distintas ordenanzas municipales.
Así, entre enero y septiembre pasado, se han presentado en Sevilla un total de 394 recursos en los juzgados de lo Contencioso contra resoluciones sancionadoras dictadas por los distintos Ayuntamientos de la provincia. Esta cifra supone que, en solo un año, se ha duplicado con creces el número de recursos, en concreto, se han registrado un 129% más de recursos con respecto a los litigios contabilizados en el mismo período del año 2007, que se quedaron en 172 hasta el mes de septiembre, según las estadísticas judiciales de ingreso de asuntos en los juzgados de lo Contencioso. De esta forma, los 394 pleitos de los ciudadanos superan ampliamente el número de recursos registrados en todo el año pasado, que fue de 299 casos.
De continuar la tendencia actual, este año podría cerrarse con más de 525 impugnaciones de sanciones municipales, una cifra que supera ampliamente los recursos presentados en los últimos años. El aumento de la litigiosidad de los ciudadanos experimentó un importante crecimiento en 2007, con los 299 recursos. Los años precedentes, las acciones legales de los ciudadanos no superaron los dos centenares. Así, hubo tan sólo 105 recursos en el año 2004, 144 en 2005, y 175 en el 2006.
La acción contenciosa-administrativa se ejerce una vez que el ciudadano ha perdido los correspondientes recursos en la vía administrativa, ante la propia entidad sancionadora. Por lo general, la mayoría de estos recursos acaban con la reafirmación de la multa impuesta, lo que deja como única salida a los infractores acudir a la vía de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, el fuerte incremento de la litigiosidad contra las Administraciones públicas puede encontrar su explicación en la propia dinámica de la sociedad, cada vez más consciente de sus derechos y de sus posibilidades de reclamar contra las resoluciones adversas, hoy en día se recurre todo. La mayor litigiosidad también obedece al efecto multiplicador que tiene el hecho de ganar un pleito o una multa al Ayuntamiento, lo que contribuye a que otros usuarios que se encuentran en una situación similar se decidan a acudir a los tribunales, a sabiendas de que este tipo de recursos conlleva, en ocasiones, otros gastos de abogado. Los recursos suelen presentarse por sanciones con una cuantía considerable, porque en otro caso no sería rentable.
Un ejemplo de este efecto está en lo que ocurrió hace unos años con las multas de la zona azul, que los tribunales anularon cuando las infracciones no llevaban el correspondiente refrendo de un policía local, dado que los empleados municipales de Aussa –la empresa encargada de la gestión de los aparcamientos regulados por horario– no tenían la condición de autoridad pública y, por tanto, sus multas no reunían los requisitos legales. Cuando los medios de comunicación difundieron varias de estas sentencias, los ciudadanos se animaron a recurrir estas sanciones.
El sindicato de la Policía Local de Sevilla, el Sppme, también vaticinó una mayor litigiosidad debido a que no se han corregido desde hace un año los 164 errores detectados en el catálogo de sanciones, lo que hace que los agentes no incluyan la cuantía ni los puntos del carné a detraer en las denuncias, lo que abre la vía a más pleitos. A pesar de que se han duplicado los litigios, esta cifra sigue siendo aún muy pequeña en comparación con las 111.009 multas de Tráfico que impuso en 2007 la PolicíaLocal.
Así, entre enero y septiembre pasado, se han presentado en Sevilla un total de 394 recursos en los juzgados de lo Contencioso contra resoluciones sancionadoras dictadas por los distintos Ayuntamientos de la provincia. Esta cifra supone que, en solo un año, se ha duplicado con creces el número de recursos, en concreto, se han registrado un 129% más de recursos con respecto a los litigios contabilizados en el mismo período del año 2007, que se quedaron en 172 hasta el mes de septiembre, según las estadísticas judiciales de ingreso de asuntos en los juzgados de lo Contencioso. De esta forma, los 394 pleitos de los ciudadanos superan ampliamente el número de recursos registrados en todo el año pasado, que fue de 299 casos.
De continuar la tendencia actual, este año podría cerrarse con más de 525 impugnaciones de sanciones municipales, una cifra que supera ampliamente los recursos presentados en los últimos años. El aumento de la litigiosidad de los ciudadanos experimentó un importante crecimiento en 2007, con los 299 recursos. Los años precedentes, las acciones legales de los ciudadanos no superaron los dos centenares. Así, hubo tan sólo 105 recursos en el año 2004, 144 en 2005, y 175 en el 2006.
La acción contenciosa-administrativa se ejerce una vez que el ciudadano ha perdido los correspondientes recursos en la vía administrativa, ante la propia entidad sancionadora. Por lo general, la mayoría de estos recursos acaban con la reafirmación de la multa impuesta, lo que deja como única salida a los infractores acudir a la vía de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, el fuerte incremento de la litigiosidad contra las Administraciones públicas puede encontrar su explicación en la propia dinámica de la sociedad, cada vez más consciente de sus derechos y de sus posibilidades de reclamar contra las resoluciones adversas, hoy en día se recurre todo. La mayor litigiosidad también obedece al efecto multiplicador que tiene el hecho de ganar un pleito o una multa al Ayuntamiento, lo que contribuye a que otros usuarios que se encuentran en una situación similar se decidan a acudir a los tribunales, a sabiendas de que este tipo de recursos conlleva, en ocasiones, otros gastos de abogado. Los recursos suelen presentarse por sanciones con una cuantía considerable, porque en otro caso no sería rentable.
Un ejemplo de este efecto está en lo que ocurrió hace unos años con las multas de la zona azul, que los tribunales anularon cuando las infracciones no llevaban el correspondiente refrendo de un policía local, dado que los empleados municipales de Aussa –la empresa encargada de la gestión de los aparcamientos regulados por horario– no tenían la condición de autoridad pública y, por tanto, sus multas no reunían los requisitos legales. Cuando los medios de comunicación difundieron varias de estas sentencias, los ciudadanos se animaron a recurrir estas sanciones.
El sindicato de la Policía Local de Sevilla, el Sppme, también vaticinó una mayor litigiosidad debido a que no se han corregido desde hace un año los 164 errores detectados en el catálogo de sanciones, lo que hace que los agentes no incluyan la cuantía ni los puntos del carné a detraer en las denuncias, lo que abre la vía a más pleitos. A pesar de que se han duplicado los litigios, esta cifra sigue siendo aún muy pequeña en comparación con las 111.009 multas de Tráfico que impuso en 2007 la PolicíaLocal.
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