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31 marzo 2008

Caso Mari Luz: Ningún funcionario tramitó la causa de Santiago del Valle durante cinco meses

Al margen de la polémica suscitada sobre la cobertura de la baja de un funcionario en el juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, lo cierto es que ningún empleado de este órgano judicial tramitó durante cinco meses la ejecución de la sentencia que condenó al presunto asesino de Mari Luz Cortés por los abusos sexuales a su propia hija y por la que tenía que haber sido encarcelado por dos años y nueve meses.

La ejecución de esta sentencia no contó con la funcionaria encargada de su tramitación entre el 29 de marzo de 2006 y el 22 de agosto de ese mismo año y nadie se encargó de sus ejecutorias durante ese período, según han confirmado fuentes próximas al juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla. La causa principal de esta situación fue la baja por enfermedad de la funcionaria del cuerpo de tramitación cuya identidad responde a las iniciales M. F. G. R. Esta mujer era la encargada de la ejecutoria número 31/06 correspondiente a Santiago del Valle García. El retraso de 40 días en su sustitución por un interino, el posterior disfrute de las vacaciones por parte de la funcionaria titular y, en última instancia, la petición de traslado de la trabajadora a otro juzgado motivaron que la plaza quedara libre durante cinco meses.

En el expediente administrativo, al que tuvo acceso este periódico, consta que la funcionaria M. F. G. R. se dio de baja por un esguince de tobillo el 29 de marzo de 2006 y el juzgado solicitó la cobertura de la misma al día siguiente, pero no es hasta el día 19 cuando la delegación de Justicia acuerda la sustitución en la comisión paritaria de interinos. La plaza se cubre el 8 de mayo, es decir, 40 días después de producirse. La sustituta cesa a los tres días, el 10 de mayo, por la incorporación de la funcionaria titular.

En el expediente figura a continuación que con fecha 10 de julio de 2006 cesan en sus puestos dos funcionarios de tramitación de este juzgado, entre ellos M. F. G. R., quien antes de cesar disfrutó de su mes de vacaciones correspondiente.

Estas dos vacantes fueron sustituidas por interinos con experiencia previa -aunque en otras jurisdicciones- el 31 de julio y el 22 de agosto, esta última fecha en el caso de la funcionaria que tramitaba la causa de Santiago del Valle. La nueva funcionaria, que procedía de un juzgado de Menores, se hizo entonces cargo de la parte que le correspondía de las 600 ejecuciones que tramita en la actualidad el juzgado de lo Penal número 1 y de las que se encargan tres funcionarios.

Aunque esta situación explica que la ejecución de la condena del presunto asesino de Mari Luz estuviera paralizada durante estos cinco meses (hasta agosto de 2006), a lo que no responde es a por qué el juzgado no realizó ninguna actuación procesal hasta septiembre de 2007, cuando la secretaria ordenó que se procediera a la detención e ingreso en prisión de Santiago del Valle, una orden que paradójicamente nunca llegó a la Policía. En el periodo que tenía que estar en prisión, el pederasta mató presuntamente a la pequeña Mari Luz Cortés en la barriada onubense del Torrejón.

Por su parte, el secretario general del PP-A, Antonio Sanz, exigió ayer a la Junta que tome medidas ante la "auténtica descoordinación judicial en lo que compete a la Administración regional" en vez buscar "excusas y mirar para otro lado". Según indicó Sanz en rueda de prensa, la Consejería de Justicia no debe "escurrir el bulto como ha hecho" tras el "cúmulo de despropósitos" en relación con el principal acusado de la muerte de la pequeña Mari Luz, por lo que insistió en la "necesidad de una investigación a fondo".

El secretario popular pidió directamente al Gobierno andaluz que no "escurra el bulto", porque esta "descoordinación" es "responsabilidad de la Junta, que no puede ocultar la carencia de medios materiales y personales" en materia de Justicia.

Caso Mari Luz: Los juzgados penales acumulan 7.000 sentencias en fase de ejecución

Los trece juzgados de lo Penal que hay en Sevilla tramitan actualmente 7.000 sentencias firmes que están en la fase de ejecución de la resolución acordada por el juez. En esta misma estapa del proceso judicial se encontraba el caso de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz Cortés, que no había ingresado en prisión pese a la condena firme de dos años y nueve meses de cárcel por haber abusado sexualmente de su propia hija.

Según datos del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) a fecha 30 de septiembre de 2007, los últimos de los que se dispone actualmente, cada juzgado de lo Penal de la capital hispalense tramita una media de 532 causas ejecutorias, lo que eleva el total de asuntos pendientes del cumplimiento de condena hasta los 6.916, una cifra que ha descendido levemente con respecto a las 7.085 que se contabilizaban a finales de 2006.

El juzgado de lo Penal número 1, que está ahora en el centro de la vorágine desatada por el caso del pederasta Santiago del Valle, tiene actualmente 600 sentencias en fase de ejecución.

El hecho de que estas sentencias se encuentren en la fase de ejecución no implica que en todos los casos las personas que hayan sido condenadas estén en libertad, como paradójicamente ocurrió en el caso del principal sospechoso del crimen de Mari Luz, puesto que la ejecución abarca desde que comienza el cumplimiento de la pena impuesta hasta que finaliza.

Además, no en todos los casos se trata de personas condenadas con penas de cárcel, puesto que la ejecución puede obedecer por ejemplo al pago de una multa que se está abonando en plazos, a la prestación de un trabajo en beneficio de la comunidad, o a la retirada de un permiso de conducir cuya ejecución no estaría resuelta hasta que terminara el periodo de prohibición de conducir.

De otro lado, no en todas las causas en ejecución se da la circunstancia de que la persona condenada no comparezca a los requerimientos judiciales para cumplir la pena impuesta, lo que en su caso implicaría que el juez debería dictar una orden de busca y captura para su localización. En el caso del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, su titular, Rafael Tirado, ha asegurado que lleva un control periódico del estado en el que se encuentran estas requisitorias y cada seis meses pedía a la Policía una relación de dichas órdenes. En la actualidad, este juzgado mantiene en tramitación 85 órdenes de busca y captura o de averiguación de domicilio y paradero.

En cualquier caso, el escándalo por los errores del sistema judicial en el encarcelamiento del pederasta Santiago del Valle ha revelado que en Sevilla puede resultar conveniente la creación de, al menos, dos nuevos juzgados especializados en la ejecución de las sentencias firmes, según explicaron ayer fuentes jurídicas consultadas por este periódico. Este tipo de órganos, que sólo se encargan de velar por el cumplimiento de las sentencias y tramitar un proceso que a veces se prolonga en el tiempo, ya funcionan en seis ciudades españolas: Madrid, Barcelona, Valencia, Palma de Mallorca, Bilbao y San Sebastián.

En la mayoría de estas capitales hay más de un órgano judicial dedicado a estos menesteres, como en el caso de Madrid y Barcelona, con cuatro juzgados especializados, o Valencia, con tres. Las fuentes consultadas no dudaron en apuntar que, con la creación en Sevilla de dos de estos juzgados, el control de los asuntos que se hallan en fase de ejecución sería mucho más preciso que el que existe en la actualidad.

El propio decano de los jueces de Sevilla, Federico Jiménez Ballester, advirtió esta semana de que lo ocurrido en el caso de Santiago del Valle podría "volver a pasar", debido a la situación de sobrecarga de trabajo de los juzgados de lo Penal de Sevilla, que superan cada año los módulos de entrada de asuntos que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reconoce como adecuados.

29 marzo 2008

La crisis del caso Mari Luz: nadie asume responsabilidades

Una vez comprobado que el sistema judicial falló en el caso de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz, todas las partes intervinientes en el proceso dedicaron la jornada de ayer a tratar de justificar su intervención y derivar las posibles responsabilidades hacia otro lado. Ni el juez, ni la fiscal ni la Consejería de Justicia de la Junta se sienten culpables de que el principal sospechoso del crimen se hallara en libertad, a pesar de la condena firme que pesaba sobre él de dos años y medio de cárcel por haber abusado sexualmente de su hija.

El primero en marcar distancias fue el titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, el juez Rafael Tirado Márquez, quien sostiene que, durante dos años (entre marzo de 2006 y marzo de 2008), nadie le informó en su juzgado de que Santiago del Valle no había ingresado en prisión para cumplir la condena que le había impuesto por los abusos a su hija. El juez, que está bastante consternado por lo ocurrido y que incluso desde ayer cuenta con protección policial, insiste en que ha tramitado con "celeridad" la ejecutoria de la sentencia de Santiago del Valle. Entre enero de 2006, cuando la Audiencia devuelve los autos al juzgado tras confirmar íntegramente la sentencia -un fallo que se produce dos años y medio despúes de la primera resolución-, y marzo de 2006, el juez ordena que se proceda al cumplimiento de la sentencia y dicta una serie de oficios para averiguar el patrimonio del acusado, con la finalidad de conocer si dispone de recursos para pagar la indemnización a su hija a la que también fue condenado.

Rafael Tirado señala que en marzo de 2006 se produce otro acontecimiento que influye en la tramitación: la funcionara que lleva estos asuntos causa baja por enfermedad y su sustituta no se incorpora hasta agosto, cinco meses después. La Consejería de Justicia, según el magistrado, no suple esta ausencia de la funcionara salvo "tres días" en el mes de julio.

La consejera de Justicia, María José López, resta, en cambio, trascendencia a esta denuncia del magistrado, a pesar de que su departamento es el responsable de dotar a los órganos judiciales de los medios materiales y personales para que la Justicia funcione con agilidad y eficacia. Lo que no puede obviarse es que un juzgado que durante cinco meses no cuenta con la funcionaria encargada de tramitar la ejecución de las sentencias acumula un mayor retraso, que se hace aún más evidente si se tiene en cuenta que el juzgado de lo Penal tiene ahora 600 causas de ejecución abiertas.

Junto a la ausencia de la funcionaria, el juez esgrime en su defensa que durante dos años nadie le comunica ninguna novedad sobre el asunto, pero la ejecutoria de la sentencia sigue tramitándose en el órgano del que es máximo responsable, aunque con un resultado desigual y con un parón de un año y medio (entre marzo de 2006 y septiembre de 2007). En este momento interviene otro de los actores que pueden resultar claves en lo ocurrido: la secretaria del juzgado de lo Penal número 1, Juana Gálvez Muñoz, que firma una "diligencia de ordenamiento" en la que literalmente acuerda que, en cumplimiento de la resolución del juez (de 18 de enero de 2006) que denegó la suspensión de la condena a Santiago del Valle y su esposa, se procesa a la averiguación de domicilio y actual paradero de la mujer y, asimismo, "a la detención e ingreso en prisión" del pederasta. En el expediente de ejecución aparece que, tras esta diligencia, la secretaria remite un oficio a la Fiscalía de Sevilla (de fecha 9 de octubre de 2007) con la finalidad de que el Ministerio Público se pronuncie sobre si procede la detención e ingreso en prisión del condenado. Ese requerimiento, según el juzgado de lo Penal, no fue contestado por la Fiscalía, por lo que, cinco meses después (el 7 de marzo de 2008), se le vuelve a requerir y es entonces cuando la Fiscalía interesa la detención de Santiago del Valle.

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, niega la mayor y asevera que estos dos requerimientos no fueron efectuados en realidad, puesto que según la fiscal jefe, que fue la que representó al Ministerio Público en el juicio a Santiago del Valle, desde que la sentencia adquirió firmeza "no consta ninguna entrada de la causa" en la Fiscalía hasta el 7 de marzo de 2008, es decir, más de dos años después de que la Sección Séptima de la Audiencia confirmara la condena del pederasta.

Este tribunal tampoco sale bien parado en el informe elevado ayer por Segarra a la Fiscalía General del Estado, por cuanto la Sección Séptima tardó dos años y medio en resolver el recurso de apelación presentado por Santiago del Valle contra su condena por los abusos sexuales a su hija.

Entre unos y otros, la Policía es la que no tuvo ninguna intervención irregular, puesto que Santiago del Valle no fue puesto en busca y captura y, por tanto, no podía detenerlo.

28 marzo 2008

El vídeo del nazareno Ladrón

La Policía Judicial del distrito de Nervión está investigando el robo de la caja fuerte en un restaurante de la cadena Papasá el pasado Miércoles Santo. Lo curioso del robo es que el ladrón vestía la túnica de la Hermandad del Baratillo. Los dueños del establecimiento pedirán hoy mismo a la Policía que pida a la Justicia acceso al listado de hermanos, para ver si se localiza al sospechoso.

El presunto asesino de Mari Luz tenía que estar en la cárcel cuando ocurrió la muerte, ¿pudo evitarse?

El sistema judicial volvió a fallar en el caso de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz. La lentitud de la Justicia y la burocracia en la fase de ejecución de una sentencia impidieron que el sospechoso estuviera encarcelado cuando se produjo la desaparición y muerte de la pequeña. Y todo ello pese a que sobre él pesaba una condena firme de dos años y nueve meses de prisión por abusar de su hija, cuando ésta tenía cinco años, la misma edad que Mari Luz. Esta sentencia, que data de 2002, comenzó a ejecutarse en enero de 2006 pero, paradójicamente, hasta la fecha de ayer no se cumplió porque Santiago del Valle se encontraba, en teoría, en paradero desconocido, sin que hasta el momento se dictase una orden de busca y captura.

El juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla condenó a Santiago del Valle el 15 de noviembre de 2002 por los abusos sexuales a su hija, en un juicio en el que la ahora fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, representó al Ministerio Público. La condena fue de dos años y nueve meses. Santiago del Valle y su mujer, Isabel García, que también fue condenada por permitir los abusos y atribuirlos inicialmente al profesor de Gimnasia de su hija, recurrieron el fallo y el caso llegó a la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla el 22 de abril de 2003. Este tribunal reclamó al juzgado, para su visionado, dos cintas que recogían el testimonio de la menor, en el que ratificaba los abusos, y las declaraciones que efectuaron los padres a Canal Sur Televisión, en la que pedían diez millones de las antiguas pesetas por retirar la denuncia contra el maestro.

Después de observar las grabaciones, en junio de 2003, transcurrieron dos años y medio hasta que la Sección Séptima dictó, con fecha 30 de diciembre de 2005, la sentencia que confirmaba íntegramente la condena ambos progenitores por los abusos sexuales.

El juzgado de lo Penal número 1 recibió el fallo con fecha 3 de enero de 2006 e inició la fase de ejecución de la sentencia. El magistrado dictó un auto en marzo de ese mismo año en el que rechazó suspender la condena del matrimonio, pero esa resolución no fue notificada a los padres porque no se les localizó. Poco después, el juez dictó una orden, de ámbito nacional, para la averiguación del paradero de la mujer de Santiago del Valle, como forma de llegar a él, y en septiembre de 2007, la Policía respondió que no había constancia del domicilio de ella. Sin embargo, fuentes de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil dijeron ayer a Europa Press que jamás recibieron tal orden de averiguación del paradero.

El juzgado pidió recientemente a la Fiscalía que se pronunciara si, ante la incomparecencia del matrimonio, procedía acordar la prisión de ambos cónyuges. El 18 de marzo pasado, la Fiscalía pidió al juez que acordara la prisión, una orden que sólo se hizo efectiva ayer. Esa condena firme no era la única de Santiago del Valle, quien en diciembre de 2004 había sido condenado a un año de cárcel por el juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla, por abusar de otra niña de 9 años, a la que siguió hasta el portal de su casa, donde le hizó tocamientos y la besó en la cara. Esta condena, que se produjo con el reconocimiento de los hechos por el acusado y sin que se llegara a celebrar el juicio, incluía además la prohibición de acercarse a la víctima durante tres años. Esta pena fue suspendida el 11 de febrero de 2005 porque, en esa fecha, Santiago del Valle no tenía antecedentes penales que pudieran computársele, puesto que la condena por los abusos sexuales a su hija aún no había sido declarada como firme por la Audiencia. Junto a estas dos condenas, Santiago del Valle fue enjuiciado en el año 2002 junto a su esposa por un delito de denuncia falsa, después de que acusara al profesor de Gimnasia de su hija de los abusos sexuales que él mismo había llevado a cabo y que le supuso además la retirada de sus dos hijos. En relación con estos hechos, el juzgado de lo Penal número 3 condenó a la madre a pagar una multa de 108,9 euros, mientras que, en el caso de Santiago del Valle García, el juez apreció la eximente de trastorno mental y le impuso, en su lugar, un año de tratamiento psiquiátrico en régimen ambulatorio.

25 marzo 2008

El fiscal imputa dos delitos a la "loca de los Bermejales"

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado al juzgado de Instrucción número 12 de Sevilla que abra unas nuevas diligencias previas contra Concepción Castilla, la vecina conflictiva de Los Bermejales que ha sido denunciada más de 600 veces, y a la que ahora considera presunta responsable de dos delitos. El Ministerio Público estima que la vecina ha podido incurrir en sendos delitos de quebrantamiento de condena y contra la Administración de Justicia, en relación con las supuestas amenazas vertidas contra un testigo a la salida de un juicio.

La decisión de la Fiscalía se produce en el marco de un procedimiento iniciado en el juzgado de Instrucción número 12 de la capital, donde inicialmente los hechos habían sido considerados como una falta, como ha ocurrido con las más de 600 denuncias que han llegado a los juzgados contra esta mujer.

La intervención de la Fiscalía se produce en el marco de una investigación iniciada por el Ministerio Público tras haber recibido una queja del defensor del Pueblo Andaluz presentada por los vecinos de Concepción Castilla.

Otro juzgado de la capital impuso recientemente una orden de alejamiento para el hijo de la denunciada, que está acusado a su vez de agredir a una vecina suya.

Farruquito ya tiene el tercer grado y sólo regresará a prisión para dormir

La Dirección General de Instituciones Penitenciarias concedió ayer a Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, el tercer grado penitenciario tras cumplir 14 meses de la condena de tres año que le impuso la Audiencia de Sevilla por el atropello mortal de Benjamín Olalla, según confirmó una portavoz de Instituciones Penitenciarias. La nueva clasificación penitenciaria del artista, que se produce tras la propuesta realizada en este sentido por la junta de tratamiento de la prisión Sevilla-II, supone un régimen más favorable para Farruquito, que a partir de ahora podrá salir del centro penitenciario durante el día para realizar sus cometidos profesionales y regresar a la cárcel únicamente para pernoctar.

La junta de tratamiento de la prisión hispalense debe asignar a Juan Manuel Fernández Montoya un horario, teniendo en cuenta que debe pasar dentro del recinto penitenciario, al menos, entre ocho y diez horas cada día, según han explicado las mismas fuentes. La asignación del horario se produce en función de las ofertas de trabajo que Farruquito presente a la junta de tratamiento, por lo que el bailaor podría comenzar a disfrutar del nuevo régimen penitenciario a finales de esta misma semana o principios de la próxima semana.

La Dirección General de Instituciones Penitenciarias ha valorado, además de la propuesta de los profesionales que integran la junta de tratamiento, el hecho de que Juan Manuel Fernández Montoya ha cumplido ya más de un tercio de la condena y la ausencia de incidentes durante los permisos de salida de lo que ha ido disfrutando en los últimos meses.

Farruquito conoció precisamente la noticia de la concesión del tercer grado ayer, cuando debía regresar a Sevilla-II tras disfrutar de un nuevo permiso de salida de los seis que ya le ha autorizado el juzgado de Vigilancia Penitenciaria desde que ingresó de forma voluntaria en prisión, la tarde del 16 de enero de 2007.

Con la concesión de este beneficio penitenciario, el artista se encuentra a un paso de obtener la libertad condicional, que podría lograr una vez que cumpla las dos terceras partes de la condena impuesta por los delitos de homicidio por imprudencia y omisión del deber de socorro. A principios de 2009, Farruquito podría quedar en libertad.

Desde que ingresó en la prisión de Sevilla-II, Farruquito se ha adaptado a la vida en la cárcel, donde observa una buena conducta y no ha recibido ninguna nota desfavorable. El artista dedica una buena parte del día a sus ejercicios de baile y a su preparación física, aunque también ha recibido clases de informática dentro de los talleres formativos que se imparten en la prisión.

Hasta ahora, el artista se hallaba clasificado en segundo grado penitenciario, el mismo que disfrutan la mayoría de los 1.800 internos que hay en este recinto penitenciario.

La Audiencia Provincial de Sevilla decidió recientemente elevar de nuevo a 72.000 euros la cuantía de las multas a las que debe hacer frente el artista, aunque amplió a los dos años el plazo para poder pagarlas.

La decisión de los magistrados de la Sección Séptima de volver a subir las multas, que en su día había rebajado el juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla, obedeció, según el auto dictado por el tribunal, a que los jueces consideraron que el acusado no había declarado la realidad de su situación económica cuando pidió la rebaja de las sanciones.

La resolución de la Audiencia aludía igualmente a los gastos de la boda de Farruquito como un indicio de que su capacidad económica era superior a los 12.000 euros que el artista declaró como ingresos durante 2005.

24 marzo 2008

La Fiscalía denuncia a Lopera por delito societario

La Fiscalía de Sevilla ha presentado una denuncia contra el máximo accionista del Betis, Manuel Ruiz de Lopera, al que atribuye un delito societario por la supuesta "descapitalización" del club verdiblanco. La nota de la Fiscalía dice lo siguiente.
Por esta Fiscalía se ha procedido a interponer denuncia contra Manuel Ruiz de Lopera Avalos, por delito societario del artículo 295 del Código Penal, por entender que existen indicios de la comisión de los hechos que se derivan de la denuncia presentada por la Asociación Béticos por el Villamarín en la Fiscalía General del Estado.
Sin perjuicio del resultado de la investigación que se lleve a cabo en sede judicial, del estudio preliminar efectuado consideramos que se puede concluir la existencia de indicios de que el denunciado, en calidad de consejero delegado o administrador de hecho o de derecho del Real Betis Balombié SAD, con abuso de las funciones de su cargo y en beneficio propio o de un tercero, ha contraído obligaciones en perjuicio de la entidad a la que representa o de sus socios, de forma que se ha llegado a producir una descapitalización del Real Betis a través de la entidad Encaje del Deporte SA (Encadesa), que tiene atribuida la exclusividad de negociar, firmar, gestionar y cobrar todos los ingresos que se produzcan por la actividad del Real Betis y que gestiona sin transparencia los fondos del club deportivo beneficiándose así de la financiación de éste.
Conforme a los últimos estados de cuentas aprobados en los ejercicios económicos 2004/2005 y 2005/2006, el Real Betis tiene pérdidas de más de 11 millones de euros, teniendo deudas con la Hacienda Pública que ascienden en la temporada 2007/2008 a 8,29 millones de euros".

16 marzo 2008

Contsa sólo declaró el 12% de la deuda de un inversor en el juzgado Mercantil

Miguel López Lora, un inversor de la empresa Contsa, en la que depositó 484.380 euros, ha ampliado su denuncia en la vía penal contra el presidente de la sociedad, José Salas Burzón, al que acusa ahora de un delito de falsedad documental por no haber incluido la totalidad de su crédito en el proceso concursal abierto a raíz de la suspensión de pagos.

El inversor, que compareció ayer en rueda de prensa junto a su abogado, Juan de Dios Ramírez, explicó que Contsa sólo ha reconoce en el concurso de acreedores el 12% de su crédito, lo que representa unos 60.000 euros, y aseguró que ha llegado el momento de "desmontar esta farsa".

Según este afectado, que también considera que Salas Burzón ha podido incurrir además en un delito societario y otro de estafa, el número total de perjudicados supera con creces las 609 personas y entidades que Contsa ha incluido en el listado oficial de acreedores presentado en el juzgado de lo Mercantil, que tramita la suspensión de pagos. La propia intermediaria financiera ha reconocido que los afectados ascienden a unos 1.200, pero según Miguel López en realidad se han visto perjudicados más de 2.000 inversionistas, una cifra que le indicaron en su día algunas secretarias de la corporación Contsa.

El inversor animó al resto de acreedores que no figuran en el concurso abierto por la juez de lo Mercantil a que aporten sus contratos. De hecho, cada día acuden al juzgado de lo Mercantil una media de entre 10 y 15 personas, de las cuales el 90% descubren con sorpresa que sus nombres no figuran en el listado oficial de acreedores de Contsa. Esto no significa que no puedan personarse en el proceso, ya que la juez ha dado un plazo de 30 días -que aún no ha comenzado a contar oficialmente- a los afectados para que comuniquen a los administradores concursales las deudas que Contsa tiene con ellos.

El abogado del denunciante, Juan de Dios Ramírez, constató que muchos de los inversores no aparecen en la lista, mientras que "aparecen como acreedoras varias sociedades de Contsa Corporación Empresarial, como Contsa S. L., Contsa Patrimonio y Sociedades, y Contsa Abogados, a las que se les debe algo más de dos millones de euros" de los 49,4 millones en que se cifra la deuda en el juzgado de lo Mercantil.

Miguel López y su letrado revelaron que en una reunión celebrada el 9 de enero en la sede de Contsa y ante unos 90 inversores, el presidente de Contsa afirmó que la empresa estaba sufriendo una "inspección de Hacienda", por lo que no podía pagar los intereses, ya que era mejor no mover el dinero en esas circunstancias. Salas insistió en la versión que viene ofreciendo desde entonces respecto a que la corporación tiene patrimonio suficiente para devolver los depósitos.

Previamente a esa reunión, a finales de diciembre, Contsa realizó una ampliación de capitales y transformó a un grupo de inversores en accionistas de la entidad.

13 marzo 2008

Condena al Tomate por vulnerar los derechos de una familia gitana amiga del Farruquito


Los excesos del programa “Aquí hay tomate” sigue dando que hablar a pesar de su retirada de la parrilla de programación. La Audiencia de Sevilla ha condenado a Telecinco a pagar una indemnización de 216.000 euros a una familia amiga del bailaor Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, por haberla ridiculizado y vituperado al difundir imágenes sobre un bautizo gitano y el convite posterior. Las sentencias del juzgado de Primera Instancia número 11 de Sevilla y ahora de la Audiencia confirman que el tomate vulneró el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de 18 personas, entre ellas ocho menores, que asistieron al bautizo y fueron objeto de comentarios “machistas, jocosos, sarcásticos e hirientes” con la única finalidad de “estimular el regocijo, risa o divertimento de los televidentes a costa de ridiculizar unas conductas que se desarrollaron en un ámbito de su intimidad”. Los vídeos, emitidos el 18 de abril y el 10 de mayo de 2006, recogían la celebración familiar con la presencia de Farruquito, aunque los jueces consideran que el artista “sirvió únicamente de excusa para justificar la emisión de la grabación”, por cuanto las referencias que se hacen a su figura “quedan diluidas dentro del cóctel de comentarios jocosos, vejatorios, vituperadores, injuriosos, hirientes, burlescos, redundantes e innecesarios que la misma contiene respecto de los asistentes al bautizo”. Una voz en off comentaba las imágenes, con expresiones vejatorias sobre los rasgos físicos, la compostura o la vestimenta de las personas que cantaban o bailaban. Una parte considerable de la indemnización, 45.000 euros, se ha concedido al niño que fue bautizado y del que se llegó a decir “no es un pájaro, no es un avión, es el niño volador que pasa de brazo en brazo cual saco de patatas” y que era mostrado por su madre “como si fuera la Copa de Europa”.
El abogado Salvador Pérez Piña, que representa a la familia gitana, mostró ayer su satisfacción por una sentencia que, según dijo, reconoce que el derecho al honor y a la intimidad “no son sólo patrimonio de los famosos, sino que también ampara a las personas anónimas”. El letrado valoró la intervención del juez de Primera Instancia, que comprobó la identidad de cada una de las personas que aparecían en el vídeo, y de la Audiencia de Sevilla, que confirmó la indemnización.
La cadena defendió que las imágenes se difundieron por el interés del personaje público y alegó que la familia del bautizo aparecía de forma accesoria a la noticia, pero el tribunal insiste en que “si hay algo accesorio en la grabación es la figura de Farruquito, ya que la noticia de su asistencia al bautizo no hubiera perdido contenido si tan sólo hubieran sido emitidas imágenes en las que apareciera él, si hacer alusión específica –y menos aún denigrante– a terceras personas”.

Condena al Tomate por vulnerar los derechos de una familia gitana amiga del Farruquito

Los excesos del programa “Aquí hay tomate” sigue dando que hablar a pesar de su retirada de la parrilla de programación. La Audiencia de Sevilla ha condenado a Telecinco a pagar una indemnización de 216.000 euros a una familia amiga del bailaor Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, por haberla ridiculizado y vituperado al difundir imágenes sobre un bautizo gitano y el convite posterior. Las sentencias del juzgado de Primera Instancia número 11 de Sevilla y ahora de la Audiencia confirman que el tomate vulneró el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de 18 personas, entre ellas ocho menores, que asistieron al bautizo y fueron objeto de comentarios “machistas, jocosos, sarcásticos e hirientes” con la única finalidad de “estimular el regocijo, risa o divertimento de los televidentes a costa de ridiculizar unas conductas que se desarrollaron en un ámbito de su intimidad”. Los vídeos, emitidos el 18 de abril y el 10 de mayo de 2006, recogían la celebración familiar con la presencia de Farruquito, aunque los jueces consideran que el artista “sirvió únicamente de excusa para justificar la emisión de la grabación”, por cuanto las referencias que se hacen a su figura “quedan diluidas dentro del cóctel de comentarios jocosos, vejatorios, vituperadores, injuriosos, hirientes, burlescos, redundantes e innecesarios que la misma contiene respecto de los asistentes al bautizo”. Una voz en off comentaba las imágenes, con expresiones vejatorias sobre los rasgos físicos, la compostura o la vestimenta de las personas que cantaban o bailaban. Una parte considerable de la indemnización, 45.000 euros, se ha concedido al niño que fue bautizado y del que se llegó a decir “no es un pájaro, no es un avión, es el niño volador que pasa de brazo en brazo cual saco de patatas” y que era mostrado por su madre “como si fuera la Copa de Europa”.
El abogado Salvador Pérez Piña, que representa a la familia gitana, mostró ayer su satisfacción por una sentencia que, según dijo, reconoce que el derecho al honor y a la intimidad “no son sólo patrimonio de los famosos, sino que también ampara a las personas anónimas”. El letrado valoró la intervención del juez de Primera Instancia, que comprobó la identidad de cada una de las personas que aparecían en el vídeo, y de la Audiencia de Sevilla, que confirmó la indemnización.
La cadena defendió que las imágenes se difundieron por el interés del personaje público y alegó que la familia del bautizo aparecía de forma accesoria a la noticia, pero el tribunal insiste en que “si hay algo accesorio en la grabación es la figura de Farruquito, ya que la noticia de su asistencia al bautizo no hubiera perdido contenido si tan sólo hubieran sido emitidas imágenes en las que apareciera él, si hacer alusión específica –y menos aún denigrante– a terceras personas”.

12 marzo 2008

Damián Álvarez, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla


El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) eligió hoy a Manuel Damián Álvarez García, como nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla, en sustitución de Miguel Carmona, que ocupaba el cargo desde 1992 y que ahora aspira ser vocal del máximo órgano de gobierno de los jueces. Natural de Cazalla de la Sierra y de 57 años, Damián Álvarez es el magistrado más antiguo de la Audiencia Provincial de Sevilla y fue vocal del CGPJ entre 1996 y 2001. Damián Álvarez obtuvo diez de los 17 votos de los miembros presentes en el Pleno, frente a los otros dos candidatos: Víctor Nieto y Pedro Izquierdo.

11 marzo 2008

La prisión propone ya el tercer grado para el bailaor Farruquito


Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, está más cerca de poder disfrutar de un régimen más favorable en la prisión Sevilla-II, donde cumple condena por el atropello de Benjamín Olalla desde hace 15 meses.

La junta de tratamiento de la cárcel ha propuesto que se conceda al bailaor el tercer grado penitenciario, lo que le permitiría salir a diario de prisión para realizar sus cometidos profesionales y regresar cada noche sólo a pernoctar, según confirmaron ayer fuentes próximas a Instituciones Penitenciarias.

La propuesta de la junta de Sevilla-II, que está integrada por un grupo de educadores, trabajadores sociales, psicólogos y juristas, debe ahora ser confirmada o rechazada por la dirección general de Instituciones Penitenciarias. Para adoptar la decisión, uno de los aspectos que se tiene en cuenta es la pena cumplida por el bailaor, más de un tercio, y la ausencia de incidentes durante los permisos de salida de los que ha ido disfrutando hasta ahora el interno. El juzgado de Vigilancia Penitenciaria ha concedido a Farruquito, a propuesta de la junta de la prisión, seis permisos, lo que supone un total de 33 días: un primero de tres días, que lo disfrutó a finales de octubre pasado, y el resto, de seis días cada uno.

La revisión de las clasificaciones de la población reclusa se realiza de oficio por Instituciones Penitenciarias dos veces al año, por lo que si se tiene en cuenta que el artista fue catalogado en segundo grado en mayo de 2007, podría disfrutar de las salidas diarias en los próximos meses, antes del verano, período en el que ya habría cumplido la mitad de la condena de tres años impuesta por los delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro.

Cuando Farruquito logre el tercer grado, el siguiente paso sería la libertad condicional, que podría obtener al cumplir las dos terceras partes de la condena, es decir, a principios de 2009.

Juan Manuel Fernández Montoya ingresó la tarde del 16 de enero de 2007 en la prisión de Sevilla-II, donde está clasificado en segundo grado penitenciario, el mismo que disfrutan la mayoría de los 1.800 internos que hay en este recinto penitenciario. Desde que comenzó a cumplir la condena, el artista se ha adaptado a su nueva vida en la cárcel, donde observa una buena conducta y no ha recibido ninguna nota desfavorable. Farruquito dedica una buena parte del día a realizar ejercicios de baile y a su preparación física, aunque también recibe clases de informática dentro de los talleres que se organizan en la prisión.

Tras la sentencia de la Audiencia que enviaba de forma inexorable a prisión al bailaor, al elevar la condena a tres años, algunos letrados advirtieron del tono de "ejemplarización" de esta resolución que hoy el artista está cada vez más cerca de cumplir.

Caso Contsa: Archivada la causa por la muerte del hermano del presidente

El juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha archivado la causa abierta por la muerte de Rafael Salas Burzón, hermano del presidente de Contsa, que se precipitó el pasado 7 de febrero desde una ventana a un patio de luces de su domicilio, según confirmaron ayer fuentes judiciales.

La decisión de la instructora de sobreseer las actuaciones se produce después de que el informe forense elaborado a partir de la autopsia y las investigaciones policiales concluyeran que la muerte de Rafael Salas se debió a un suicidio y no a otras causas violentas. El cuerpo del hermano del intermediario financiero presentaba un traumatismo torácico y en las extremidades, así como una rotura de la arteria aorta ascendente a causa del traumatismo en el tórax. La víctima tenía 42 años y colaboraba con su hermano en la gestión de la inmobiliaria Contsa, que se encuentra en un proceso de suspensión de pagos que se declaró pocos días después del suicidio de esta persona.

El presidente de la corporación Contsa, José Salas, que compareció en este juzgado como portavoz de la familia, afirmó que su hermano sufría una depresión como consecuencia de la difícil situación por la que estaba atravesando la empresa.

La semana pasada, José Salas volvió a comparecer en los juzgados de Sevilla, en este caso para responder como imputado de las denuncias por estafa y delito societario que han presentado contra él dos de los 1.200 afectados por el impago de los intereses y del capital invertido en Contsa. En su declaración, José Salas explicó que era su hermano quien llevaba la contabilidad a pesar de que él era el administrador único.

La Fiscalía investiga el caso de la vecina conflictiva de Los Bermejales para solicitar una orden de alejamiento

La Fiscalía de Sevilla está investigando las denuncias presentadas por los vecinos de la barriada de Los Bermejales contra Concepción Castilla, con la intención de analizar si es posible elevar a delito las reiteradas faltas de acoso y amenazas que se atribuyen a la conflictiva residente, que acumula ya más de 600 denuncias.

Fuentes del Ministerio Público confirmaron que la Fiscalía, tras recibir una queja del defensor del Pueblo presentada por los vecinos de la mujer, está investigando todos los procedimientos que siguen abiertos y en los que está implicada Concepción Castilla, como denunciada o denunciante, dado que la mayoría de las más de 600 causas ya están cerradas, tras haberse celebrado un juicio de faltas. La finalidad de esta investigación consiste en determinar si, ante la comisión de reiteradas faltas, los hechos que se imputan a la vecina pueden constituir un delito, lo que abriría la posibilidad de solicitar una medida cautelar como por ejemplo una orden de alejamiento, que obligaría a la vecina a abandonar el bloque.

La intervención de la Fiscalía, que analiza desde hace varias semanas la queja del Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, se produce después de que los vecinos hayan denunciado el enésimo incidente con la familia de Concepción Castilla. En este caso, un portavoz de los vecinos aseguró que el pasado sábado un yerno de la mujer efectuó hasta cinco disparos contra un residente de la zona, que acababa de regresar de la Comisaría de Policía de denunciar un nuevo enfrentamiento.

La tensión que existe en el bloque de viviendas sociales del número 19 de la avenida de Grecia es cada día más fuerte, sobre todo a raíz de que los vecinos que se sienten acosados por Concepción Castilla hayan iniciado una campaña de movilizaciones y de entrevistas con representantes de los poderes políticos y judiciales de Sevilla.

Tras el incidente del sábado, algunos de los vecinos afectados ya han avisado de que no dudarán en tomarse la justicia por su mano en caso de que sea necesario, ya que consideran que han hecho todo lo posible por evitar la violencia después de interponer más de 600 denuncias desde el año 1999 hasta hoy y llevar el caso a distintas instancias. El presidente de la oficina del Defensor del Ciudadano, Francisco Romo, explicó ayer que su equipo se ha solidarizado con los afectados y han trasladado el asunto a los órganos competentes, ya que el Ayuntamiento no tiene competencias en el caso.

06 marzo 2008

Un juez de Girona niega discriminación lingüística en el despido de un médico sevillano

El juzgado de lo Social número 1 de Girona ha declarado improcedente el despido de un médico sevillano, pero no ha estimado que el cese estuviera provocado por una supuesta discriminación lingüística, por no hablar catalán, como sostenía el facultativo.
El profesional sanitario trabajaba para una mutua catalana que se dedicaba a la realización de visitas médicas y fue recibió una indemnización de 2.296 euros, que ahora el juez ha incrementado hasta los 3.525 en la sentencia, que ordena la readmisión en el puesto o el pago de esta cantidad.
A pesar de que la resolución considera que no hubo discriminación lingüística, dos testigos que declararon en el juicio indicaron qu el médico "había tenido ciertos roces por motivos lingüísticos con la jefa médica y con un comercial", y añadía que "se reían o le decían que las revisiones tenían que ser en catalán".
El abogado José Ignacio Bidón, que defendió al médico, dijo que una parte del interrogatorio de los testigos en el juicio se desarrolló en catalán, lo que "infringe la Constitución y la ley de Enjuiciamiento Civil".

05 marzo 2008

Varapalo de la Justicia a la Educación para la Ciudadanía: los padres tienen derecho a objetar contra la asignatura

La asignatura de Educación para la Ciudadanía no tiene por qué ser obligatoria en Andalucía. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó ayer la primera sentencia en España que reconoce el derecho de los padres a objetar contra la nueva enseñanza de Educación para la Ciudadanía. La resolución, aunque se aplica al caso concreto de los padres de un alumno de la localidad onubense de Bollullos Par del Condado, abre la vía a que los progenitores pueda ejercer el derecho a la objeción de conciencia ante la enseñanza.

Los magistrados del TSJA, tras analizar la jurisprudencia de los tribunales Supremo y Constitucional, así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, amparan esta objeción porque los decretos que regulan esta asignatura "emplean conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral y cívica, valoración ética, valores, o conflictos sociales y morales".

Ante esta situación, el tribunal andaluz entiende que "es razonable que los demandantes, por razones filosóficas o religiosas, que no tienen por qué exponer detalladamente, puedan estar en desacuerdo con parte de la asignatura". De ahí que, continúa el fallo, sea "lógico" que los padres soliciten que se excluya de esta materia a su hijo, "a falta de otras previsiones normativas que permitan salvaguardar su libertad ideológica o religiosa". Los magistrados concluyen que en el ordenamiento español, la ley puede regular el derecho a la objeción de conciencia, pero "la falta de regulación, de reconocimiento legislativo, no puede impedir su ejercicio cuando están en juego derechos fundamentales".

La sentencia recuerda que el Tribunal Europeo de Derecho Humanos consagra el derecho de los padres a que se respete en la educación de sus hijos "sus convicciones religiosas y filosóficas, y el deber del Estado de respetar las convicciones tanto religiosas como filosóficas de los padres en el conjunto del programa de la enseñanza pública". Según este órgano, corresponde al Estado y a cada centro docente suministrar a los padres la información necesaria para que puedan ejercer su derecho a educar a sus hijos, pero en el caso de los padres de Bollullos "esa información no se ha suministrado y, además, los contenidos tienen un alto grado de indefinición, lo que no facilita el ejercicio de los derechos de los padres".

El tribunal refuerza este argumento al afirmar que el interés público está "en la garantía de los derechos, que al final es lo que justifica la existencia del Estado y sus potestades". Entre estos derechos se encuentran la libertad ideológica y religiosa, recogida en el artículo 16.1 de la Constitución, y el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, según el artículo 27.3 de la Constitución. "La salvaguarda de estos derechos mediante la objeción de conciencia no pone en peligro el ordenamiento jurídico democrático, simplemente refleja su funcionamiento", apuntan los jueces, que insisten en que en último caso corresponde al legislador "crear instrumentos para hacer compatibles esos derechos con que la enseñanza básica sea obligatoria y gratuita".

Las resoluciones impugnadas son, según el fallo, "nulas" por vulnerar derechos fundamentales, lo que conduce a que el hijo de los demandantes "no debe cursar la asignatura" y quedará exento de ser evaluado de la misma.

Hasta ahora, los tribunales superiores de Justicia de Asturias y Cataluña habían rechazado los recursos presentados por algunos padres al estimar que la asignatura no vulneraba los derechos fundamentales de los progenitores.

EL Lute es absuelto de los malos tratos que denunció su ex mujer

La Justicia ha sentenciado que Eleuterio Sánchez, El Lute, el que fuera uno de los presos más celebres de España y modelo de la reinserción, es inocente de los delitos de malos tratos y amenazas que le imputaba su ex mujer. El titular del juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla, Francisco Guerrero, considera que los testimonios de la ex esposa de El Lute y de un amigo suyo "no son creíbles pues se aprecian móviles espurios" y así señala que la denunciante y el acusado "llevan tiempo en situación de crisis matrimonial, antes de estos hechos, y discuten por el reparto de los bienes, imputándose mutuas infidelidades".

Eleuterio Sánchez, a quien inicialmente la Fiscalía llegó a pedir 20 meses de prisión por delitos de malos tratos y amenazas, estaba acusado de agredir a su esposa el 16 de febrero de 2006, en el domicilio que ambos compartían en Tomares. La mujer declaró que El Lute le golpeó y le dejó "las formas de sus manos" marcadas en las piernas, pero la Fiscalía retiró la acusación por este delito antes de que finalizara la vista oral al entender que no había quedado acreditada dicha agresión.

La sentencia considera que "llama poderosamente la atención que no se haya aportado parte alguno de asistencia médica de los hechos" y señala que la ex mujer ha dado diversas versiones para tratar de justificar que no presentara ninguna denuncia. Así, el fallo recuerda que Carmen Cañavate dijo en primer lugar que un abogado amigo de la familia le manifestó que no denunciara por la posible repercusión mediática, que una ATS o un médico le dijeron lo mismo y que, finalmente, ella también manifestó que no quería que realizara ningún parte de lesiones, lo que contradice rotundamente el protocolo de actuación sanitaria en los casos de violencia doméstica.

El segundo hecho que se imputaba a El Lute ocurrió el 28 de febrero de 2006, cuando se desplazó a la localidad onubense de Punta Umbría y descubrió a su mujer con un amigo, iniciándose entonces una discusión entre ambos en la que, según la denunciante, el acusado le dijo "estás condenada a muerte". El juez considera que tampoco ha quedado acreditado que profiriera tales amenazas, ni siquiera a través del testimonio del amigo de la mujer.

04 marzo 2008

Contsa propone un plan de pago a los inversores en cinco años

José Salas Burzón, presidente del Grupo Contsa, se reunió ayer con más de 1.200 afectados por la suspensión de pagos de la empresa para proponerles un plan que contempla el abono del cien por cien del capital invertido en un período máximo de cinco años.

La reunión, celebrada por la tarde en el hotel Al-Andalus y a la que asistieron acreedores, clientes y proveedores, no tenía mayor validez jurídica que la de explicar personalmente a los afectados la situación de la empresa, puesto que al haber declarado el juzgado de lo Mercantil el concurso necesario de la empresa, José Salas se encuentra suspendido para el ejercicio de las facultades de administración y disposición del patrimonio, que corresponde a los administradores judiciales.

La propuesta de Salas para devolver en cinco años la totalidad de los depósitos contempla, según explicó el presidente de Contsa en una rueda de prensa posterior a la reunión, el pago de un diez por ciento antes de que transcurra el primer año, mientras que en los ejercicios siguientes se abonaría el resto, a razón del 15, 20, 25 y 30 por ciento anual. Los intereses por el capital depositado se abonarían hasta la fecha de presentación del concurso voluntario de Contsa, a primeros de febrero pasado.

Para hacer frente a este calendario de pagos, José Salas considera que la única opción viable es la venta de los activos de la empresa, que cuenta incluso con propiedades en Bulgaria y Miami, según precisó. Todo ello, continuó Salas Burzón, en función de la situación actual del mercado inmobiliario, puesto que si se produce una recuperación del sector en los próximos meses, el patrimonio de Contsa "valdrá más".

El inventario de bienes y derechos aportado por el presidente de Contsa al juzgado de lo Mercantil de Sevilla, sostiene que la empresa dispone de un activo que roza los 80 millones de euros y de un pasivo de cerca de 49 millones, y ha declarado una lista integrada por 609 acreedores. "Hay patrimonio suficiente" para devolver el capital, pero no de manera inmediata, porque entonces "se cubriría con una pérdida".

El presidente de Contsa se mostró muy satisfecho con el resultado de la reunión. "Ha salido fantástica", llegó a comentar a los periodistas en relación con el apoyo recibido de los afectados, a los que también pidió su colaboración para que ahora le designen como tercer administrador judicial. "En un 99 por ciento la gente está conmigo, con una empresa como la nuestra, que es rentable", afirmó.

La intención de Salas de ser nombrado administrador judicial contrasta con la decisión de la juez de lo Mercantil, que ha emplazado a la inmobiliaria Metrovacesa, otro acreedor de Contsa, para que designe al administrador concursal en representación de los acreedores.

José Salas indicó que todavía es factible su designación y anunció que sus abogados ya han recurrido el auto que declaró el concurso necesario, en atención a la reclamación formulada por dos acreedores que exigen la devolución de casi un millón de euros y que, según el intermediario financiero, "no han atendido a razones". El presidente de Contsa dijo que no era preciso haber acudido al concurso necesario y añadió que se sintió "traicionado" por estas personas, que eran "amigos".

El presidente de Contsa reiteró que la solución a la crisis de la sociedad pasa por vender el patrimonio y llegó incluso a afirmar que si el caso no hubiera llegado a los tribunales los inversores "ya habrían cobrado este mes", dado que la entidad tiene "seis millones de euros pendiente de cobro" y además había acordado la venta de dos locales en Sevilla a entidades bancarias que iban a reportar unos ingresos de un millón de euros, una operación que espera que sea aprobada por los administradores concursales.

Las denuncias judiciales, en opinión del máximo responsable de Contsa, no hacen más que "retrasar" el proceso. "Sólo hay una solución, no es cuestión de denuncias sino de vender los activos" y por ello estimó que es mejor contar con su presencia en el proceso como administrador, puesto que los dos nombrados por la juez -un abogado y un economista- no son expertos inmobiliarios. "O malvenden los administradores judiciales o lo vendo yo", llegó a decir José Salas en su alocución ante los 1.200 afectados de Contsa, según comentaron algunas de los asistentes.

A pesar de la situación por la que atraviesa Contsa, su presidente entiende que la sociedad aún puede retomar su actividad, siempre que mejore la situación del mercado inmobiliario. "Todos los grandes inversores están dispuestos a seguir poniendo capital", dijo Salas, que reveló que ya ha recibido incluso dos ofertas de sendos grupos de inversiones para comprar la empresa, eso sí, pero a un "40 por ciento de su valor".

El máximo responsable del grupo Contsa también se refirió a las afirmaciones realizadas por muchos inversores respecto al origen del capital invertido en la empresa y la posible existencia de listas A y B, las últimas en alusión al dinero negro. "Para mí nunca ha habido dinero negro, la empresa siempre ha declarado las inversiones", aseveró José Salas.

El presidente de Contsa compareció ante los afectados el mismo día en que se conoció que un tercer acreedor que invirtió 484.380 euros ha presentado una nueva denuncia en la que le atribuye presuntamente un delito societario, por captar sus ahorros con engaños a pesar de conocer la crisis y sin que le advirtiera de la inestabilidad de la compañía.

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