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13 enero 2006

Los matrimonios gays y las responsabilidades domésticas


La reforma del Gobierno que permite la celebración de los matrimonios entre personas del mismo sexo ha permitido que una veintena de parejas ya se hayan casado en Sevilla. Lo que resulta más curioso de la normativa es que la nueva redacción del artículo 68 del Código Civil no deja impasible a nadie. Justicia sevillana ha tenido conocimiento de que cuando la persona que oficia la boda, bien sea el juez o una autoridad política, procede a la lectura del precepto más de uno (o una) sonríe e incluso se escucha cierto runruneo en la Sala, sobre todo, entre los familiares de los novios o de las novias, según cada caso. El murmullo se produce cuando, al hablar de los derechos y deberes de los cónyuges, se dice: "deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas..." (artículo 68 C. C.) Más de uno habrá imaginado que además de fregar los platos y recoger el piso, la norma le obliga quizás a esperar en casa para comprar la bombona de butano, entre otras labores...

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