El auto de la juez, que ayer fue firmado pero que no será notificado a las partes hasta el lunes, recoge que el ex edil "se limitaba a firmar los cheques" que le pasaban sus subordinados, explica la resolución, que a renglón seguido aclara que José Antonio García "no tenía conocimiento ni sospechaba" la existencia de pagos indebidos por las obras.
En la misma línea, la magistrada argumenta que a esa ignorancia en relación con las irregularidades se suma el hecho de que todos lo pagos fueron aprobados por la Intervención General del Estado, lo que incide en la ausencia de indicios incriminatorios y conduce al sobreseimiento de la causa contra el ex responsable del distrito Macarena. La juez llega a esta conclusión después de una instrucción que se ha prolongado durante casi tres años -José Antonio García dimitió como concejal el 19 de marzo de 2005- y supone un cambio de criterio que coincide paradójicamente con la decisión de la Fiscalía de no presentar cargos contra el ex concejal.
En las dos ocasiones anteriores a ésta en la que la juez tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre la supuesta participación de José Antonio García en los hechos, en ambas el juzgado decidió mantener su procesamiento en la causa. El 8 de mayo de 2006, la juez procesó a García junto a los otros imputados, en un auto que volvió a confirmar en otra resolución de julio del mismo año. Hasta ese instante, la Fiscalía, cuya representación ejerce el teniente fiscal, Antonio Ocaña, seguía manteniendo la presunta implicación de José Antonio García.
El Ministerio Público cambió de posición en octubre del año pasado, al solicitar la libre absolución del ex concejal -al que sólo acusa el PA- con el mismo argumento aunque con una perspectiva totalmente contradictoria. En una vista celebrada en abril de 2006, la Fiscalía pidió el procesamiento de García y la continuidad de la causa mediante la ley del Jurado, reprochándole únicamente haber "firmado" los talones con los que se abonaron las 28 obras urgentes a la empresa Contratas y Obras de Sevilla.
Esa postura oficial contrasta con la que tanto el fiscal del caso como la juez instructora sostienen en sus últimos planteamientos: el hecho de que el responsable del distrito Macarena firmara los cheques no implica que estuviera al corriente de las irregularidades, una cuestión en la que convergen el sentido común y, ahora, la lógica jurídica.
El abogado José Manuel Sánchez del Águila, que representa a José Antonio García, "lamentó" ayer precisamente que, después de más de dos años se haya llegado a la "conclusión que la defensa ha repetido recurso tras recurso sobre la inocencia" del ex concejal. El letrado planteó en diciembre pasado, durante una vista preliminar que establece la ley del Jurado, la posibilidad de aplicar a este caso la doctrina expuesta por el Tribunal Supremo, que archivó la causa contra el presiente del Santander, Emilio Botín, al entender que la acción popular no puede sustentar una acción penal en solitario, si no está acompañada por la presentación de cargos por parte de la Fiscalía o la acusación particular. La juez no llega a aplicar esta sentencia porque, según recuerda, para que pueda considerarse como doctrina hacen falta al menos dos resoluciones en el mismo sentido, si bien esta tesis ha sido aplicada de nuevo esta misma semana en la condena al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa. "No aplica técnicamente la doctrina pero sí en la práctica, porque se ciñe a la postura del fiscal y ningunea a la acusación particular", aseveró Sánchez del Águila.
El auto abre juicio oral contra los otros tres imputados: el ex secretario José Marín, el contratista José Pardo y el colaborador Manuel Portela, a los que el fiscal pide penas de hasta cinco años y tres meses de prisión. La causa, salvo posibles recursos, será remitida a la oficina del jurado para que fije la fecha de la vista.
En la misma línea, la magistrada argumenta que a esa ignorancia en relación con las irregularidades se suma el hecho de que todos lo pagos fueron aprobados por la Intervención General del Estado, lo que incide en la ausencia de indicios incriminatorios y conduce al sobreseimiento de la causa contra el ex responsable del distrito Macarena. La juez llega a esta conclusión después de una instrucción que se ha prolongado durante casi tres años -José Antonio García dimitió como concejal el 19 de marzo de 2005- y supone un cambio de criterio que coincide paradójicamente con la decisión de la Fiscalía de no presentar cargos contra el ex concejal.
En las dos ocasiones anteriores a ésta en la que la juez tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre la supuesta participación de José Antonio García en los hechos, en ambas el juzgado decidió mantener su procesamiento en la causa. El 8 de mayo de 2006, la juez procesó a García junto a los otros imputados, en un auto que volvió a confirmar en otra resolución de julio del mismo año. Hasta ese instante, la Fiscalía, cuya representación ejerce el teniente fiscal, Antonio Ocaña, seguía manteniendo la presunta implicación de José Antonio García.
El Ministerio Público cambió de posición en octubre del año pasado, al solicitar la libre absolución del ex concejal -al que sólo acusa el PA- con el mismo argumento aunque con una perspectiva totalmente contradictoria. En una vista celebrada en abril de 2006, la Fiscalía pidió el procesamiento de García y la continuidad de la causa mediante la ley del Jurado, reprochándole únicamente haber "firmado" los talones con los que se abonaron las 28 obras urgentes a la empresa Contratas y Obras de Sevilla.
Esa postura oficial contrasta con la que tanto el fiscal del caso como la juez instructora sostienen en sus últimos planteamientos: el hecho de que el responsable del distrito Macarena firmara los cheques no implica que estuviera al corriente de las irregularidades, una cuestión en la que convergen el sentido común y, ahora, la lógica jurídica.
El abogado José Manuel Sánchez del Águila, que representa a José Antonio García, "lamentó" ayer precisamente que, después de más de dos años se haya llegado a la "conclusión que la defensa ha repetido recurso tras recurso sobre la inocencia" del ex concejal. El letrado planteó en diciembre pasado, durante una vista preliminar que establece la ley del Jurado, la posibilidad de aplicar a este caso la doctrina expuesta por el Tribunal Supremo, que archivó la causa contra el presiente del Santander, Emilio Botín, al entender que la acción popular no puede sustentar una acción penal en solitario, si no está acompañada por la presentación de cargos por parte de la Fiscalía o la acusación particular. La juez no llega a aplicar esta sentencia porque, según recuerda, para que pueda considerarse como doctrina hacen falta al menos dos resoluciones en el mismo sentido, si bien esta tesis ha sido aplicada de nuevo esta misma semana en la condena al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa. "No aplica técnicamente la doctrina pero sí en la práctica, porque se ciñe a la postura del fiscal y ningunea a la acusación particular", aseveró Sánchez del Águila.
El auto abre juicio oral contra los otros tres imputados: el ex secretario José Marín, el contratista José Pardo y el colaborador Manuel Portela, a los que el fiscal pide penas de hasta cinco años y tres meses de prisión. La causa, salvo posibles recursos, será remitida a la oficina del jurado para que fije la fecha de la vista.
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