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02 agosto 2006
El Código Civil determinará el destino del maletín con los 22 millones del caso Ollero
Al margen de la absolución de los cuatro acusados en el denominado caso Ollero, lo más destacado de la sentencia del caso Ollero es el destino que se dará al maletín con los 22 millones de pesetas intervenido al intermediario Jorge Ollero y que la Audiencia ha establecido según lo establecido en el Código Civil para las cosas que no tienen dueño. De esta forma, son varias las posibilidades que se abren. Una de ellas consiste en la entrega a este intermediario, de acuerdo con el artículo 464, según el cual, "la posesión de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale a título". Otras interpretaciones consideran que la decisión de la Audiencia equpara la intervención del maletín a la figura del hallazgo que aparece en los artículos 615 y 616, lo que representa un camino más complicado, en el que podría intervenir incluso el alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín, ante el que se consignaría el dinero y no podría ser entregado a la persona que lo halló hasta que pasen dos años desde la publicación del hallazgo. De todas formas, habrá que esperar incluso las posibles acciones legales de las herederas de Pedro Llach, el otro presunto comisionista que falleció antes del juicio, y que ya intentaron eprsonarse en la causa como perjudicados para reclamar el codiciado maletín. Al final, más allá de la gravedad del pago de las comisiones ilegales, la gente se va a quedar con la historia del maletín...
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