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07 septiembre 2007

Cuatrecasas abre oficina en el universo virtual de Second Life

Cuatrecasas ha abierto su oficina número 23 en el mundo virtual. En consonancia con los principios de modernidad e innovación que guian a la Firma, ésta acaba de instalarse en Second Life, confirmando su posición de vanguardia tecnológica entre los despachos internacionales.
La primera razón que mueve a Cuatrecasas a abrir oficina en este nuevo entorno, según el Director de IT de la Firma Francesc Muñoz, es conocer un nuevo medio que está teniendo un comportamiento similar al de la World Wide Web (inicio suave, fuerte crecimiento, etapa de desilusión posterior, …) “es un ciclo clásico schumpeteriano y que se repite constantemente ante la adopción de nuevas tecnologías”.
Asimismo, a este mundo virtual van personas y empresas del mundo real. Las empresas van a necesitar abogados que les ayuden y aconsejen cómo estar, qué se puede y qué no se puede hacer, cómo tributa el negocio que ya se está realizando en Second Life, asesorar respecto de patentes, marcas, dominios, etc.“por lo tanto el conocimiento de Second Life forma parte de nuestro deber como abogados para continuar dando el mejor servicio a nuestros clientes”, destaca Muñoz.
Por último, Second Life refuerza el proceso de captación de talento de la Firma: “existen ya más de 9 millones de avatares en Second Life, la gente joven, estudiantes y universitarios son los primeros que acceden al mundo virtual, queremos que los futuros abogados nos vean presentes en ese mundo también y nos reconozcan así como su mejor opción”, concluye Francesc Muñoz.
Según el Director de IT de Cuatrecasas, “a pesar de que existen dos caras en la moneda sobre si estar o no estar en Second Life, analistas como el Gartner vaticinan que en 2011 el 80% de las empresas tendrán presencia en un mundo virtual ya sea en Second Life u otro lugar”. Por ello, los principales objetivos que se plantea la Firma para instalarse en este mundo virtual son tres: explorar el nuevo medio, asesorar sobre el mismo y darse a conocer.

01 septiembre 2007

La petición de multa para los dibujantes de El Jueves

Agencias.- El fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Angel Carballo pedirá una multa de 3.600 euros para los dos autores de la caricatura de los Príncipes de Asturias que motivó el secuestro el pasado 20 de julio de la revista satírica 'El Jueves' por un presunto delito de injurias a la Corona, el dibujante Guillermo Torres y el guionista Manel Fontdevila, durante el juicio que se celebrará en su contra, informaron fuentes de la Fiscalía.

Así, la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitará un total de 10 meses de multa a razón de 12 euros al día. El fiscal pidió al juez que incoara procedimiento abreviado contra ambos caricaturistas para poder juzgarles por injuriar al sucesor de la Corona o utilizar su imagen con el fin de desprestigiarla.

La Fiscalía acusa a los dibujantes por los delitos previstos en los párrafos 1 y 2 del artículo 491 del Código Penal. Ambos llevan aparejados penas de multa a pagar diariamente por un periodo de 4 a 20 meses y de 6 a 24 meses, respectivamente, por injuriar al sucesor de la Corona o utilizar su imagen con el fin de desprestigiarla. Fuentes fiscales precisaron que el montante final de la multa será establecido por el juez en sentencia.

De este modo, la acusación pública renuncia a la posibilidad de solicitar para los humoristas penas de hasta dos años de prisión previstas en el artículo 390.3, que figuraba como indiciariamente cometido en el escrito de denuncia que dio origen a estas actuaciones. La diferencia entre las dos acusaciones depende de si la injuria se comete contra el Rey o sus herederos en el ejercicio de sus funciones institucionales o fuera de ellas, como es el caso

20 julio 2007

El auto del juez Del Olmo sobre el secuestro de El Jueves




El Código Penal prevé penas de multa y cárcel por injurias al Rey o a los miembros de la Casa Real

El secuestro de la publicación El Jueves, decretada por el juez Del Olmo, encuentra su fundamento en varios artículos del código penal, que contemplan penas de multa y cárcel por delitos de injurias y calumnias al Rey o a los miembros de la Casa Real.
Artículo 490.
1. El que allanare con violencia o intimidación la morada de cualquiera de las personas mencionadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de prisión de tres a seis años. Si no hubiere violencia o intimidación la pena será de dos a cuatro años.
2. Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas mencionadas en el apartado anterior, y con la pena de prisión de uno a tres años si la amenaza fuera leve.
3. El que calumniare o injuriare al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe heredero de la Corona, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.
Artículo 491.
1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.
2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
Las asociaciones de fiscales han considerado ajustado a Derecho la actuación del juez Del Olmo.

La portada secuestrada de El Jueves


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