El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado finalmente que el asesino confeso, Miguel Carcaño, y los otros adultos implicados sean enjuiciados por un tribunal profesional y no ante un jurado popular, como habían solicitado la Fiscalía y la familia de la víctima. El argumento que esgrime el Alto Tribunal andaluz en su resolución consiste en que los magistrados consideran, al igual que en su día expuso el magistrado de la Audiencia de Sevilla Javier González –al que correspondió presidir el jurado–, que el objetivo principal que buscaban los imputados era la violación de Marta y que su crimen se cometió para ocultar ese delito.
El auto del TSJA analiza los escritos de calificación presentados por la Fiscalía y la acusación particular contra Carcaño y los otros imputados y señala que, si bien la Fiscalía no se pronuncia expresamente sobre la relación entre las previas agresiones sexuales y el posterior asesinato, “por muchas disquisiciones que quieran hacerse, las secuencias que se concretan en los escritos de calificación revelan una actividad de ocultación de los delitos de agresiones sexuales”. De esta forma, los magistrados consideran que los escritos de acusación del fiscal y de la acusación particular “no son incompatibles y conducen a la misma conclusión: el delito fin o el objetivo perseguido fueron las agresiones sexuales”.
En el caso del escrito de la Fiscalía, el TSJA considera que la imputación de los delitos de agresión sexual que incluyen el uso de armas peligrosas –Carcaño aseguró que amenazaron a Marta con una navaja, que fue recuperada– “denota la convicción del Ministerio Fiscal de que el impulso agresor inicial perseguía, como objetivo principal, la violación”. Siguiendo los acuerdos de la Sala Penal del Supremo para los delitos conexos, el TSJA entiende que si el delito principal es la violación, el caso debe ser enjuiciado por un tribunal profesional y no por el jurado popular.
El auto acuerda devolver las actuaciones al juzgado de Instrucción número 4 para que acuerde la “transformación y adecuación” del procedimiento a las normas del sumario ordinario. Contra la resolución del TSJA, según explica el propio auto, no cabe ningún recurso, aunque fuentes de la Fiscalía han explicado que van a estudiar si es posible presentar un recurso.
El juicio contra Carcaño, según las mismas fuentes, podría celebrarse antes del verano, aunque en los próximos meses tendrán que realizarse determinadas actuaciones judiciales como una declaración indagatoria de todos los imputados, lo que podía retrasar la celebración, sobre todo si las defensas plantean nuevos recursos.
El juez debe dictar ahora un auto de procesamiento y remitir la causa a la Sección Primera de la Audiencia para continuar la denominada fase intermedia que concluirá con la remisión a otra Sección para el enjuiciamiento.
Así todo, una vez que el TSJA ha resuelto cómo serán juzgados los adultos imputados por la desaparición de Marta, la Fiscalía anunció ayer que en los próximos días pedirá la prórroga de la prisión preventiva de Miguel Carcaño, el único implicado que sigue en la cárcel. La petición se planteará ante el juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Francisco de Asís Molina, que investigó el asesinato de Marta y que decretó en febrero de 2009 el ingreso en prisión del asesino confeso, por lo que está a punto de cumplir el tiempo máximo. La prórroga será, como es preceptivo, por otros dos años.
El auto del TSJA analiza los escritos de calificación presentados por la Fiscalía y la acusación particular contra Carcaño y los otros imputados y señala que, si bien la Fiscalía no se pronuncia expresamente sobre la relación entre las previas agresiones sexuales y el posterior asesinato, “por muchas disquisiciones que quieran hacerse, las secuencias que se concretan en los escritos de calificación revelan una actividad de ocultación de los delitos de agresiones sexuales”. De esta forma, los magistrados consideran que los escritos de acusación del fiscal y de la acusación particular “no son incompatibles y conducen a la misma conclusión: el delito fin o el objetivo perseguido fueron las agresiones sexuales”.
En el caso del escrito de la Fiscalía, el TSJA considera que la imputación de los delitos de agresión sexual que incluyen el uso de armas peligrosas –Carcaño aseguró que amenazaron a Marta con una navaja, que fue recuperada– “denota la convicción del Ministerio Fiscal de que el impulso agresor inicial perseguía, como objetivo principal, la violación”. Siguiendo los acuerdos de la Sala Penal del Supremo para los delitos conexos, el TSJA entiende que si el delito principal es la violación, el caso debe ser enjuiciado por un tribunal profesional y no por el jurado popular.
El auto acuerda devolver las actuaciones al juzgado de Instrucción número 4 para que acuerde la “transformación y adecuación” del procedimiento a las normas del sumario ordinario. Contra la resolución del TSJA, según explica el propio auto, no cabe ningún recurso, aunque fuentes de la Fiscalía han explicado que van a estudiar si es posible presentar un recurso.
El juicio contra Carcaño, según las mismas fuentes, podría celebrarse antes del verano, aunque en los próximos meses tendrán que realizarse determinadas actuaciones judiciales como una declaración indagatoria de todos los imputados, lo que podía retrasar la celebración, sobre todo si las defensas plantean nuevos recursos.
El juez debe dictar ahora un auto de procesamiento y remitir la causa a la Sección Primera de la Audiencia para continuar la denominada fase intermedia que concluirá con la remisión a otra Sección para el enjuiciamiento.
Así todo, una vez que el TSJA ha resuelto cómo serán juzgados los adultos imputados por la desaparición de Marta, la Fiscalía anunció ayer que en los próximos días pedirá la prórroga de la prisión preventiva de Miguel Carcaño, el único implicado que sigue en la cárcel. La petición se planteará ante el juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Francisco de Asís Molina, que investigó el asesinato de Marta y que decretó en febrero de 2009 el ingreso en prisión del asesino confeso, por lo que está a punto de cumplir el tiempo máximo. La prórroga será, como es preceptivo, por otros dos años.
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