El jurado ha declarado inocente a la joven de Dos Hermanas acusada de haber asesinado a su bebé de un golpe en la cabeza, tras haber dado a luz en el suelo de su cuarto de baño. El veredicto emitido ayer por los nueve miembros del tribunal ciudadano, compuesto en su mayoría por mujeres de edades similares a la acusada, considera que M. T. G., de 28 años, no es culpable del asesinato del recién nacido, hechos por los que la Fiscalía de Sevilla había llegado a solicitar 20 años de prisión. El Ministerio Público consideró durante el juicio que la joven había decidido "ocultar" el embarazo a su familia para, posteriormente, "deshacerse de la criatura". Según la acusación pública, la mujer era consciente "del peligro al que exponía a su hija en camino" y "asumió este riesgo y no hizo nada por evitar que o bien el embarazo o bien el parto salieran mal" y se produjera el fallecimiento. La acusada había quedado embarazada a principios del verano de 2003, como consecuencia de unas relaciones sexuales que había mantenido con un joven al que conoció en una discoteca de Chipiona. El parto tuvo lugar en la madrugada del 22 de febrero de 2004, en el domicilio donde vivía con sus padres y un hijo suyo fruto de otra relación, y según la acusación pública la joven aguantó hasta que alumbró a una niña en el cuarto de baño.
El bebé pesaba 3,170 kilogramos y medía 50 centímetros. Según la Fiscalía, tras cortarle el cordón umbilical, la madre le golpeó en la cabeza "con la intención de acabar con su vida", ocasionándole un traumatismo craneoencefálico con una hemorragia en la región parieto-occipital izquierda que le causó finalmente la muerte al bebé. Durante la vista oral, la acusada negó los cargos y alegó que no se enteró de que estaba embarazada hasta unas semanas antes del alumbramiento. También afirmó que no contó su estado a su madre por miedo y precisó que al percatarse de su avanzado estado de gestación, se recostó en el suelo del cuarto de baño para evitar daños a la recién nacida. Los forenses apuntaron en su declaración en el juicio que la causa más probable del traumatismo que presentaba el bebé es un "golpe intencionado", una versión que según la defensa de la acusada contrastaba con las manifestaciones que los mismos peritos habían puesto de manifiesto durante la fase de instrucción, cuando habían afirmado que no creían que estuvieran ante un "patrón lesivo dirigido a causar la muerte". Tras el veredicto de inocencia dictado por el jurado, el presidente de la Audiencia de Sevilla, Miguel Carmona, que presidió el tribunal, ha absuelto a la joven, en una sentencia en la que recuerda que el Ministerio Público mantuvo una única calificación de los hechos, al estimar que se trataba de un delito de asesinato y sin plantear una acusación alternativa de homicidio por imprudencia o por una conducta omisiva, como podría desprenderse de las imputaciones realizadas por el fiscal respecto al riesgo en que puso al bebé y su acción posterior de "no hacer nada" para evitar que el embarazo o el parto se malograran. El magistrado señala a este respecto que no se mencionó tampoco qué mecanismo habría producido la muerte o si ésta se produjo por una causa relacionada con la falta de asistencia o por un golpe accidental o un sufrimiento tocológico.
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